1º Juzgado de Letras de Los Andes

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CONTRERAS

Rol

C-1062-2024

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1, con fecha 12 de junio de 2024, comparece el abogado don Juan Manuel Carvacho Fajardo, domiciliado en Avenida Santa Teresa N 46, Los Andes, ° en representaci n convencional de ó Banco De Cr dito eé Inversiones, sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci nó ó domiciliada al efecto en calle Esmeralda N 347, Los Andes; º deducen demanda ejecutiva en contra de Luis Areli Contreras P ezá , trabajador, domiciliado en calle Alto del R o Blanco N 135, Vista Cordillera 2,í ° Comuna y Provincia de Los Andes, a fin que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma de $ó 42.630.993, por concepto de capital, m s intereses correspondientes, gastos y costas.á Funda su demanda en que con fecha 26 de septiembre 2019, el demandado, suscribi un ó Pagar é por la suma de $68.103.597, valor que se oblig a pagar en 9ó 6 cuotas, iguales, mensuales y sucesivas por un valor de $1.123.456, cada una, con vencimiento la primera de ellas el 5 de diciembre de 2019, las restantes los 5 de cada mes, debiendo vencer la ltima el d a 5ú í de noviembre 2027. La demandada se encuentra en mora desde la cuota con vencimiento 5 de diciembre de 2023 y todas las siguientes. No habiendo dado cumplimiento a lo estipulado en referido pagar yé estando en el pagar la firma del suscriptor autorizada por Notario P blicoé ú tiene m rito ejecutivo en su contra, sin necesidad de protesto y, siendo laé deuda l quida, actualmente exigible y de acci n no prescrita, viene ení ó deducir demanda ejecutiva, de conformidad con los art culos 434 y dem sí á pertinentes del C digo de Procedimiento Civil.ó A folio 8 del cuaderno principal consta la notificaci n de la demanda,ó que se practic el 27 de junio de 2024.ó A folio 3 del cuaderno de apremio consta el requerimiento de pago que se practic con fecha 28 de junio de 2024. ó A folio 9 del cuaderno principal, con fecha 5 de julio de 2024, la parte ejecutada, opuso las excepciones del art culo 464 N 2,4,7,9 y 11 delí ° C digo

Fundamentos

considerando: Código: RLXNXSZRRZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1062-2024 Primero: Que, la excepci n contemplada en el N 2 del art culo 464ó ° í del C digo de Procedimiento Civil, esto es, ó “La falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca ení ó su nombre , se funda en que el demandante no acompa los documentos” ñó fundantes de su representaci n legaló . Segundo: Que, el ejecutante sostuvo que tal excepci n debe seró rechazada, ya que, la personer a con que act a en estos autos proviene delí ú acta acompa ada a los autos y de la copia autorizada de la misma queñ consta en el archivo del Tribunal, la cual cumple con todos los requisitos legales de validez y forma para comparecer por el ejecutante como lo demuestran el propio documento referido y adem s las decenas y decenasá de juicios en que as se ha comparecido.í Tercero: Que, se acompa a la demanda, a folio 1, copia de lañó Escritura P blica Acta N mero seiscientos noventa de la reuni n deú ú ó directorio del Banco de Cr dito e Inversiones celebrada el 17 de julio deé 2023, otorgada en la Cuadrigesima Notaria de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, donde consta la personer a del abogado Juan Manuelí Carvacho Fajardo. Adem s, fue acompa ada la copia de escritura p blicaá ñ ú en que consta personer a del representante legal del Banco de Cr dito eí é Inversiones. Estos instrumentos p blicos, de conformidad con lo dispuestoú en el art culo 6 del C digo de Procedimiento Civil, deben ser consideradosí ° ó poder suficiente para actuar en juicio a nombre de otro. Por las razones expuestas, la excepci n de falta de personer a deber ser rechazada.ó í á Cuarto: Que, la excepci n contemplada en el N 4 del art culo 464ó º í del C digo de Procedimiento Civil, esto es, ó “la ineptitud del libelo ,” se funda en que el demandante de autos, en la individualizaci n deló demandado s lo hace alusi n a su nombre y domicilio, desconociendo loó ó dispuesto por el articulo 254 N 2 y 3, ya que no se ala su profesi n u oficio° ñ ó ni tampoco del ejecutado. Quinto: Que, el ejecutante sostuvo que tal excepci n carece deó fundamento, ya que ya que el libelo es claro en todas sus formas y peticiones y la profesi n del ejecutado est claramente se alada en laó á ñ demanda, al individualizar al ejecutado como trabajador. Sexto: Que, de la lectura de la demanda ejecutiva, aparece que en sta el ejecutante es una persona jur dica, y que se encuentra correctamenteé í individualizado el ejecutado, en cuanto a su nombre, domicilio y profesi n uó oficio, se al ndose que es trabajador , datos suficientes para la correctañ á “ ” singularizaci n, cumpliendo con todos los requisitos del art culo 254 eló í C digo de Procedimiento Civil, por lo que la excepci n no podr prosperar.ó ó á S ptimoé : Que, la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o co

Fallo

se declaran admisibles las excepciones, dict ndose actoá seguido la correspondiente interlocutoria de prueba. A folio 21 del cuaderno principal se cit a las partes a o r sentencia.ó í Con lo relacionado y considerando: Código: RLXNXSZRRZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1062-2024 Primero: Que, la excepci n contemplada en el N 2 del art culo 464ó ° í del C digo de Procedimiento Civil, esto es, ó “La falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca ení ó su nombre , se funda en que el demandante no acompa los documentos” ñó fundantes de su representaci n legaló . Segundo: Que, el ejecutante sostuvo que tal excepci n debe seró rechazada, ya que, la personer a con que act a en estos autos proviene delí ú acta acompa ada a los autos y de la copia autorizada de la misma queñ consta en el archivo del Tribunal, la cual cumple con todos los requisitos legales de validez y forma para comparecer por el ejecutante como lo demuestran el propio documento referido y adem s las decenas y decenasá de juicios en que as se ha comparecido.í Tercero: Que, se acompa a la demanda, a folio 1, copia de lañó Escritura P blica Acta N mero seiscientos noventa de la reuni n deú ú ó directorio del Banco de Cr dito e Inversiones celebrada el 17 de julio deé 2023, otorgada en la Cuadrigesima Notaria de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, donde consta la personer a del abogado Juan Manuelí C

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C-1062-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : C-1062-2024 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/CONTRERAS Los Andes, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, con fecha 12 de junio de 2024, comparece el abogado don Juan Manuel Carvacho Fajardo, domiciliado en Avenida Santa Teresa N 46, Los Andes, ° en representaci

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