3º Juzgado de Letras de la Serena

BANCO DE CHILE/MOLLER

Rol

C-4005-2024

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha ó 16 de octubre de 2024, comparecen do a Daniela Rubilar Urrutia, don Javier G mezñ ó Leiva, do a B rbara Palma San Mart n y don Iv n Mart nez Araya,ñ á í á í abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica delí giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de suó denominaci n, representada a su vez por su gerente general donó Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Carrera 380 Of. 423A, La Serena, para efectos de notificaci n los correos electr nicos son los siguientes:ó ó drubilar@socofin.cl; jgomezl@socofin.cl; bpalma@socofin.cl; imartinez@socofin.cl; abogado1GH@socofin.cl; deduciendo demanda ejecutiva en contra de do a ñ Lysette Solange Moller Gaule, ignoran profesi n u oficio, con domicilio en Sixto Cort s Alcayaga 2560ó é Departamento 1408 C, comuna de La Serena y en Sixto Cort sé Alcayaga 2560 Departamento 408, comuna de La Serena, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que exponen. Código: TQDSXSWPEYN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:drubilar@socofin.cl mailto:abogado1GH@socofin.cl mailto:imartinez@socofin.cl mailto:bpalma@socofin.cl C-4005-2024 Foja: 1 Se alan que suñ representado es due o y leg timo tenedor delñ í pagar signado con el N°120130687164046268, suscrito por do aé ñ Bel n Paz P rez Leiva y por don H ctor Moreno Flores, ambos ené é é representaci n del Banco de Chile y estos a su vez en representaci nó ó de do a Lysette Solange Moller Gaule, ya individualizada, seg n constañ ú en el documento debidamente firmado por el demandado, denominado “Solicitud y Contrato de Cr dito de consumo en cuotas”.é Detallan que dicho pagar fue suscrito por un capital original deé $5.164.349.-, capital al que se le debe aplicar una tasa de inter sé mensual de 1,21%, seg n se se ala en el mismo documento.ú ñ Agregan que se estipul que el capital y los intereses de estaó obligaci n se pagar an en 36 cuotas de acuerdo al siguiente programaó í de amortizaciones: 35 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $179.206, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 05 de enero de 2022 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer aní sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada. Y una cuota de $175.992, que se pagar a el 05 de diciembre de 2024. Se haceí presente que como se estipul en el mismo pagar , el monto de cadaó é una de las cuotas indicadas incluye pago de capital e intereses. Mencionan que en el mismo pagar se estipul que se acepta queé ó el acreedor en forma exclusiva y privativa pod a destinar en cadaí oportunidad el importe total de las cuotas a la amortizaci n del capitaló y/o de los intereses, o de ambos a la vez, en la proporci n que estimeó conveniente. Hacen presente que se pact que, el simple retardo y/o mora enó el pago ntegro y oportuno de todo o parte de una de las cuotas,í facultar a al Banco de Chile para exigir el pago total de la deuda oí Código: TQDSXSWPEYN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4005-2024 Foja: 1 del saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento laá obligaci n como de plazo vencido, pudiendo protestar y/o presentar aó cobro este pagar . Sin perjuicio de lo anterior, a contar del simpleé retardo y/o mora y hasta el pago efectivo, la obligaci n devengar a eló í inter s m ximo convencional que la ley permite estipular paraé á operaciones de cr dito en moneda nacional no reajustable, pero s lo sié ó ste fuere superior al inter s que se encontrare rigiendo para laé é obligaci n a la fecha de producirse el simple retardo o mora, pues enó caso contrario se continuar a devengado este ltimo.í ú Afirman que el deudor s lo pag hasta la cuota N°28, inclusive,ó ó con lo que amortizo el capital hasta por la cantidad de $3.810.031. Habiendo dejado de pagar la cuota N°29, con vencimient

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibieron a prueba. Por resoluci n de fecha ó 21 de enero del a o en cursoñ , se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los abogados do a Daniela Rubilar Urrutia, donñ Javier G mez Leiva, do a B rbara Palma San Mart n y don Iv nó ñ á í á Mart nez Araya, actuando en representaci n de Socofin S.A. y este aí ó su vez en representaci n del Banco de Chile, han deducido demandaó ejecutiva en contra de do a Lysette Solange Moller Gaule, fundada enñ el pagar N°120130687164046268, por la suma de $5.164.349.-,é pagadera en 36 cuotas mensuales, fundada en que el pagar no fueé pagado a partir de la cuota N°29, que venc a el 06 de mayo deí 2024, por lo que la ejecutada adeuda la suma de $1.354.318, en capital, m s intereses y costas.á SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso, las excepciones del art culo 464 N° 2 y 14 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, laí ó falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci ní ó legal de que comparezca a su nombre; y la nulidad de la obligaci n. ó TERCERO: Que, en apoyo a su demanda ejecutiva, el ejecutante acompa la prueba documental que singulariz como:ñó ó 1. Pagar N°120130687164046268é Código: TQDSXSWPEYN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4005-2024 Foja: 1 2. Solicitud y Contrato de Cr dito de consumo en cuotas, y laé correspondiente “hoja resumen”. 3. Copias de las escrituras p b

Texto Completo (Preview)

C-4005-2024 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-4005-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/MOLLER La Serena, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha ó 16 de octubre de 2024, comparecen do a Daniela Rubilar Urrutia, don Javier G mezñ ó Leiva, do a B rbara Palma San Mart

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