COMERCIALIZADORA CLEAN GOOD SPA/I.MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
Rol
C-1591-2024
Fecha
29 de enero de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que se han rese ado en la parte expositiva de estañ sentencia. Segundo. La parte demandada contesta allanándose a la demanda, respecto de los per odos comprendidos desde el a o 2018 o de la m s antigua registrada por la demandada,í ñ á hasta la cuota del 1 semestre del a o 2021, vencida el 31 de julio de 2021, por ser efectivos los° ñ argumentos de hecho y de derecho en que se sustenta la acción, solo respecto de dicho período. Tercero. La demandada en el mismo escrito de contestación, demanda reconvencionalmente por concepto de morosidad en el pago de patente comercial Rol 2-20907, a sociedad Comercializadora Clean Good SpA ,ya individualizada, por concepto de cobro de patente, que representa la suma de $419.825-, reajuste de $53.198-, y multa de $170.140-, lo que asciende a $643.163.- Sostiene, que demanda el cobro del pago de la patente comercial desde el segundo semestre del a o 2021 al segundo semestre del a o 2024, debido a que la Ley N 21.210 queñ ñ ° moderniza la legislaci n tributaria, introdujo modificaciones respecto a las sociedades deó inversi n pasivas, con el fin de mejorar la pol tica de recaudaci n estatal, en este caso, deó í ó aquellas empresas que buscaban eludir o disminuir el pago de impuestos o su carga tributaria. Cuarto. La demandante principal evac a la r plica ratificando los
Fundamentos
Considerando que ha transcurrido con creces el plazo que la ley franquea al acreedor para incoar el respectivo cobro, solicita se declaren prescritas las acciones y la correspondiente deuda u obligaciones, por concepto de cuotas insolutas de contribuci n de patente comercial,ó respecto de las cuotas devengadas desde el a o 2018 y, en todo caso, desde la m s antiguañ á registrada por la demandada de corresponder, hasta la cuota del primer semestre del a o 2021,ñ vencida el 31 de julio de 2021, sin perjuicio de alegarla, adem s, respecto de toda y/o cualquieraá otra posterior que, devengada y exigible, satisfaga las condiciones de la prescripci n liberatoria,ó a n durante la secuela del juicio hasta la dictaci n de sentencia definitiva firme y ejecutoriada. Alú ó amparo de las normas del juicio ordinario de mayor cuant a porque: a) En la mayor a de losí í juicios semejantes la demandada se allana a esta clase de acciones. En tal caso el tribunal quedar a en condiciones de citar a las partes a o r sentencia tan pronto conste en la causaí í eventual allanamiento; b) Ello tambi n contribuir a dar mayor celeridad a la tramitaci n de laé á ó presente causa y, con ello, a un mejor y m s expedito servicio por parte de la Corporaci n deá ó Asistencia Judicial -cuyo profesional patrocina esta acci n ; y tambi n propender a una menoró ¬ é á carga de trabajo por parte de los profesionales letrados de la corporaci n demandada y, poró supuesto, del propio tribunal. A folio 12, con fecha 31 de diciembre de 2024, la demandada contesta allan ndose yá demanda reconvencionalmente. A folio 16, con fecha 09 de enero de 2025, la demandada reconvencional contesta allan ndose.á A folio 24, con fecha 28 de enero de 2025, se cita a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO. Primero. A folio 1 y rectificaci n a folio 6, comparece Marco Antonio Bravo Roldanó empresario, en representaci n de ó COMERCIALIZADORA CLEAN GOOD SPA, RUT 76.902.991-5, del giro de comercio de su denominaci n; ambos con domicilio para estos efectosó en Pedro De Valdivia 50 Camino Del Sol Etapa 3, comuna de La Cruz, regi n de Valpara so, eó í interpone demanda de prescripci n extintiva de la acci n para el cobro de patentes municipales,ó ó en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ, corporaci n aut noma de derechoó ó Código: YBRXXSMXFSM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 p blico, representada por su alcaldesa Filomena Navia Hevia, trabajadora social, conforme a loú dispuesto en el art culo 63 de la Ley N 18.695, Org nica Constitucional de Municipalidades,í ° á ambos con domicilio en calle Gabriela Mistral N 3, La Cruz, Regi n de Valpara so, o por quien° ó í legalmente la subrogue, a fin que se declare que la acci n de cobro de las patentes municipalesó Rol N 2-20907, correspondiente los per odos que abarcan desde el a o 2018 y, en todo caso,° í ñ desde la m s antigua registrada por la demandada , hasta la cuota del prime
Fallo
se declarar , en definitiva.á D cimoé . En relaci n a la demanda reconvencional, correspond a probar la efectividadó í de adeudar la demandada Comercializadora Clean Good Spa., a la demandante reconvencional I. Municipalidad de La Cruz, la suma total de $643.163.- por concepto de morosidad en el pago de patente comercial y la fecha en que se constituy en mora.ó Con la prueba documental acompa ada consistente en Certificado de deuda Municipalñ emitido por la Municipalidad de la Cruz y lo se alado por la demandada reconvencional en suñ contestaci n y d plica, se ha logrado acreditar que la demandada reconvencional adeuda a laó ú Municipalidad de La Cruz las cuotas por patente comercial con vencimiento desde el mes de julio del a o 2021 al segundo semestre del a o 2024, por la suma de total de $643.163.-ñ ñ Und cimo.é La prueba que no se analiza en lo particular, en nada influye en lo dispositivo de esta sentencia. Por las consideraciones anotadas y visto, adem s lo dispuesto en los art culos 1698, 2492,á í 2493, 2513, 2514,2515, 2521 y 2523 del C digo Civil, 144, 160, 170, 342, 346 del C digo deó ó Procedimiento Civil, se resuelve: I.-Que, se acoge la demanda deducida con fecha 20 de agosto de 2024, por Comercializadora Clean Good Spa., en contra de la I. Municipalidad La Cruz, ambos ya individualizados, y se declara que se encuentra prescrita la acci n de la demandada para eló cobro de patente comercial Rol 2-20907, desde el segundo semestre del a o 2018 y 31 de julioñ de 202
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-1591-2024 CARATULADO : COMERCIALIZADORA CLEAN GOOD SPA/I.MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ Quillota, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Vistos. A folio 1 y rectificaci n a folio 6, comparece Marco Antonio Bravo Roldan empresario,ó en representaci n de ó COMERCIALIZADORA CLEAN GOO
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