13º Juzgado Civil de Santiago

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES/

Rol

V-264-2023

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1, con fecha 2 de octubre de 2023, comparece Jorge Antonio Daza Lobos, en calidad de Subsecretario de Transportes y, en representación de la Subsecretaría de Transportes, ambos con domicilio en calle Amunátegui 139, Santiago, quien interpone solicitud de extravío del vale vista nominativo, ante el Banco Estado, en virtud de los hechos y

Fundamentos

fundamentos de derechos que a continuación se exponen. Refiere que el Servicio que representa es beneficiario del vale vista nominativo tomado por Ramón Patricio Cuevas Esparza, cédula de identidad N°13.140.109-4, ante la entidad bancaria Banco Estado, individualizado dicho instrumento como Vale a la Vista - 03, Número de operación 0300- 00.971.022.256, por un monto de $2.510.000. Añade que el mencionado instrumento fue emitido con el fin de garantizar las obligaciones de la tomadora respecto del Contrato correspondiente de servicio de transporte relacionado a la boleta de garantía de fiel cumplimiento del “Contrato para el otorgamiento de subsidio al servicio de transporte escolar terrestre – 2021 por el servicio ID CTE1733 de los establecimientos educacionales Escuela Básica Enrique Zañartu Prieto/ Escuela Alto Cabrero/ Liceo Manuel Arístides Zañartu/ Escuela Quinel, en la Región del Biobío y su Anexo”. Luego, producto de la custodia del documento, y del tratamiento documental del cual fue objeto, el título se habría extraviado en la Oficina de Partes de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. Ignorándose totalmente el actual paradero del documento, por lo que se hace necesario la declaración judicial del extravío de este instrumento. Previas citas legales, solicita se declare el extravío del título de crédito antes individualizado, y se le autorice a ejercer los derechos que les correspondan como beneficiarios del documento. A folio 6, con fecha 25 de octubre de 2023, se dio curso a la gestión. A folio 7, con fecha 12 de diciembre de 2023, consta presentación efectuada por el solicitante en que acompaña publicación de la solicitud de autos, Código: UWQYXSFXFXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en el Diario Oficial el día 1 del mismo mes y año, la que se tuvo por agregada a folio 8, conforme consta en autos. A folio 12, con fecha 11 de noviembre de 2024, consta notificación practicada de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil el 6 de noviembre de 2024, a Oscar González Narbona, en representación del Banco del Estado de Chile. A folio 13, con fecha 14 de noviembre de 2024, consta oficio proveniente del Banco del Estado de Chile, respecto a la solicitud de autos. A folio 17, con fecha 18 de diciembre de 2024, se certificó la no oposición de terceros a la presente solicitud. A folio 19, con fecha 16 de enero de 2025, encontrándose la causa en estado, se trajeron los autos para fallo. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, a folio 1, con fecha 2 de octubre de 2023, comparece Jorge Antonio Daza Lobos, en calidad de Subsecretario de Transportes y, en representación de la Subsecretaría de Transportes, a Santiago, quien interpone solicitud de extravío del vale vista nominativo, tomado por Ramón Patricio Cuevas Esparza, ante la entidad bancaria Banco Estado, individualizado dicho instrumen

Fallo

Por estas consideraciones, y con el mérito de los antecedentes, habiéndose dado cumplimiento a los trámites y requisitos legales, establecidos en los artículos 88, 89, 90 y 92 de la Ley N° 18.092 y Ley N°18.552, se resuelve: I.- Que, se acoge la solicitud de marras, y en consecuencia, se declara el extravío del Vale Vista nominativo en favor de la Subsecretaría de Transportes, tomado por Ramón Patricio Cuevas Esparza, cédula de identidad N°13.140.109-4, ante la entidad bancaria Banco Estado, individualizado como Vale a la Vista - 03, Número de operación 0300-00.971.022.256, por un monto de $2.510.000. II.- Que, se autoriza al solicitante para ejercer los derechos que le competen respecto al documento individualizado, en su calidad de tomador o beneficiario, de conformidad a lo señalado por el artículo 88 de la Ley N° 18.092. Regístrese y dese copia autorizada una vez ejecutoriada que sea la presente resolución, para los efectos previstos en el artículo 92 de la Ley Nº 18.092. Notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol V-264-2023. Pronunciada por Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticinco Código: UWQYXSFXFXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-29T09:51:08-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-264-2023 CARATULADO : SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES/ Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticinco Vistos: A folio 1, con fecha 2 de octubre de 2023, comparece Jorge Antonio Daza Lobos, en calidad de Subsecretario de Transportes y, en representación de la Subsecretaría de Transportes, ambos con domicilio e

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