1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

TAPIA/CALLSOUTH S.A.

Rol

O-7483-2024

Fecha

6 de enero de 2025

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos expuestos en la demanda y con el sólo ánimo de poner término al presente juicio, pagará a la actora, doña EVA ANDREA TAPIA MUÑOZ, cédula de identidad N° 13.240.980-3, la suma única y total de $8.000.000.- El pago se realizará a más tardar el día 24 de enero de 2025, mediante depósito o transferencia electrónica a la cuenta de la abogada patrocinante de la demandante, quien tiene facultades para percibir, doña Gabriela Andrea Soto Castro, cédula de identidad N° 13.657.986-K, cuenta corriente del Banco BCI N°  86344722, correo electrónico gasady@gmail.com. 2. La parte demandante acepta la suma ofrecida y la modalidad de pago en los términos expuestos. 3. La parte demandada solidaria indica que el pago efectuado deberá ser imputado al demandado principal en caso de obtener la demandante sentencia favorable; subrogándose respecto de dicho pago y reservando acciones en contra del demandado principal para repetir. 4. La parte demandante proseguirá su juicio respecto del demandado principal y viene en este acto en desistirse de las acciones en contra de la demandada SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACION DE CREDITO COMERCIALES S.A, desistimiento que es aceptado por la contraparte y que el Tribunal tiene presente para todos los efectos legales. 5. Las partes acuerdan que, en caso de incumplimiento o simple retardo de la presente conciliación, la demandada se obliga al pago del equivalente al 30% del saldo insoluto del monto señalado en el numeral primero. La cláusula penal antes señalada se hará efectiva solo una vez que sean remitidos los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional. 6. Mediante el presente acuerdo las partes se otorgan el más amplio, completo, total y recíproco finiquito, señalando que nada se adeudan por ningún concepto, renunciando a toda acción que pudiere derivar del presente litigio y de los hechos que se han ventilado en este juicio, salvo las acciones tendientes a hacer cumplir el presente acuerdo. 7. Cada parte pagará sus

Fundamentos

considerando y teniendo presente. Primero: Que comparece Eva Andrea Tapia Muñoz, cédula identidad N° 13.240.980-3, domiciliada Los Estanques Nº1974, Oficina 504, Providencia, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de CALLSOUTH S.A., representada por Don Gabriel Humberto Barrionuevo, domiciliado para estos efectos en calle Manuel Rodríguez Sur Poniente N° 2, comuna de Santiago, en razón de las siguientes consideraciones.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 161, 162, 163, 167, 168, 169, 172, 173, 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara lo siguiente: I. Que se acoge la demanda de despido injustificado, nulidad de despido y cobro de prestaciones, interpuesta por doña Eva Andrea Tapia Muñoz en contra de CALLSOUTH S.A., representada legalmente por don Gabriel Humberto Barrionuevo, y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) La suma de $1.370.029, por indemnizaciones sustitutiva del aviso previo. b) La suma de $8.220.174, por indemnización por años de servicio. c) La suma de $2.466.052, por recargo legal del 30% de la indemnización por años de servicio. d) La suma de un $1.124.426, por diferencia de remuneración del mes de julio de 2024. e) La suma de $1.300.042, por remuneración del mes de agosto del 2024. f) La suma de $2.805.568 por concepto de feriado legal y proporcional. g) Cotizaciones de AFP Planvital y de salud en FONASA del mes de agosto 2024, en base a una remuneración mensual de $1.370.029, y Cotizaciones de cesantía de AFC Chile SA., de los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2024, en base a remuneración mensual de $1.370.029. h) Remuneraciones que se deben a la fecha del despido ocurrida con fecha 30 de agosto del 2024, hasta el integro pago de las cotizaciones previsionales adeudadas en base a remuneración mensual de $1.370.029. II. Que se condena en costas a la demandada, las que se adeudan

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 03/01/2025, Santiago RUC 24- 4-0618469-9 RIT O-7483-2024 CARATULADO TAPIA/CALLSOUTH S.A. MAGISTRADO RAMON DANILO BARRIA CARCAMO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisca Valdés Pizarro HORA DE INICIO 10:00 HORA DE TERMINO 10:21 SALA 2.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440618469-9-1348 PARTE DEMANDANTE EVA ANDREA TAPIA MUÑOZ Rut N° 1

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