NAVARRETE/ASESORIAS DE GESTION DE PERSONAL TERRA SPA
Rol
M-4012-2024
Fecha
3 de enero de 2025
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. ADMISIÓN TACITA: Consta íntegramente en audio. EL TRIBUNAL RESUELVE: Atendida la rebeldía de la demandada y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos se omite la recepción de la causa a prueba y se hace efectivo el apercibimiento del artículo 453 N°1 inciso 7° y se procederá a dictar sentencia conforme lo dispone el artículo 63 del acta 71 de la Corte Suprema, los
Fundamentos
fundamentos quedaran registrados en audio y solamente lo resolutivo de la sentencia quedará disponible en el acta. SENTENCIA Santiago, dos de enero de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que compareció el juicio don Guillermo Navarrete Venegas domiciliado en Los Arándanos 851 Comuna de Colina, quién interpone demanda sobre nulidad de despido, despido injustificado, de cobro prestaciones en contra de Asesorías de Gestión de Personal Terra SpA, representada legalmente por don Alejandro Díaz, ambos domiciliados en teatinos número 333, piso 9, Comuna de Santiago. Resolutiva: Visto además lo dispuesto el artículo 7, 8, 9, 73, 161, 162, 168, 453 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda de autos interpuesta por don Guillermo Navarrete Venegas en contra de Asesorías de Gestión de Personal Terra SpA. y en consecuencia la demandada deberá pagar lo siguiente: 1. La suma de $500.000, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2. La suma de $500.000, por concepto de remuneración de abril y mayo del 2024. 3. Las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido y la convalidación del mismo, además de las cotizaciones de seguridad social debidas, en base a una remuneración de $500.000. 4. Que las cantidades referidas deberán ser pagadas con los reajustes intereses señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 5. Que se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida fijándose en la suma de $80.000. II. Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas personalmente en esta audiencia. Dirigió la audiencia doña Angelica Pérez Castro, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a dos de enero de dos mil veinticinco.
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Santiago, 02 de enerdo de 2025 RUC 24- 4-0602679-1 RIT M-4012-2024 CARATULADO Navarrete / Asesorias de Gestion de Personal Terra SpA. MAGISTRADO Angelica Paulina Perez Castro ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Fuentes Yessi HORA DE INICIO 11:11 HORA DE TERMINO 11:20 SALA 3.1 Nº REGIS
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