Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

OLAVE/FERSAM SPA

Rol

M-615-2024

Fecha

3 de enero de 2025

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · HECHOS A PROBAR X · PRUEBA DEMANDANTE X · PRUEBA DEMANDADA X · OBSERVACIONES X · SENTENCIA X Proveyendo el escrito de fecha 03 de enero en curso: Por cumplido lo ordenado y por acompañados los documentos digitalizados por la parte demandante, sin perjuicio de su revisión en audiencia, ofrecimiento e incorporación en la etapa procesal que corresponda. Se deja constancia que siendo las 12:30 horas, se realizaron diversos llamados a viva voz en las dependencias físicas del Tribunal a la demandada FERSAM S.P.A., la cual no se encontraba presente en el hall del Tribunal y encontrándose ésta válidamente emplazada conforme consta en carpeta digital, no ha comparecido nadie en representación y, se va a hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, vale decir que la audiencia se va a realizar esa ausencia afectándole todas las resoluciones que se dicten necesidad de ulterior notificación. Llamado a conciliación: Atendida la rebeldía de la demandada se tiene por frustrado el llamado a conciliación. Hechos a probar: El Tribunal recibe la causa a prueba y fija como hechos a ser probados los siguientes: 1° Existencia de relación laboral entre las partes. Fecha de inicio, labores pactadas, jornada y lugar de trabajo, continuidad de las labores, órdenes e instrucciones recibidas por el demandante y cualquier otro indicio de subordinación o dependencia. Todo el resto de los puntos de pruebas para el caso de haber existido relación: 2° Remuneración pactada, efectivamente percibida para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo. 3° Fecha y forma en que se puso término a la relación laboral. En su caso, contenido de la carta de aviso de despido y la efectividad de los hechos que en aquella se describen y cumplimiento de las formalidades legales. 4° Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social a la época del término de la relación laboral. En caso de adeudarse, época y monto

Fundamentos

CONSIDERANDOS:

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 7, 8, 41, 63, 73, 162, 163, 168, 172, 420, 446, 453 y siguientes, todos del Código del Trabajo, y artículo 1698 del Código Civil, SE DECLARA: I. Que SE ACOGE la demanda interpuesta con fecha 20 de noviembre de 2024, por lo que se declara la existencia de relación laboral entre don YONATAN OLAVE CUERO y SERVICIOS FERSAM SPA, ambos ya individualizados, de carácter continuada desde el 12 de agosto de 2024 y hasta el 05 de octubre de 2024, y se declara que el despido verbal del actor, producido en dicha última fecha, es injustificado y/o carente de causa; y en consecuencia, la demandada deberá pagar a la actor: Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $880.000.- II. Que la demandada deberá pagar, además, la suma de $123.787 por feriado proporcional (4,22 días). III. Que se declara la nulidad del despido, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5° del artículo 162 del Código del Trabajo, por lo que se condena al demandado al pago de las remuneraciones, cotizaciones de seguridad social en Fonasa, AFP UNO y AFC, y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la fecha del despido y hasta su convalidación, en base a una remuneración mensual de $880.000.- IV. Que se condena en costas a la demandada, fijándose prudencialmente en 2 UTM. V. Que, las sumas señaladas deberán ser pagadas con los intereses Y reajustes legales, establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VI. E

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA ÚNICA MEDIANTE MODALIDAD HÍBRIDA FECHA Antofagasta, tres de enero del año dos mil veinticinco. MAGISTRADO IVÁN MAURICIO PEREIRA ARRIAGADA. HORA DE INICIO 12:38 horas. HORA DE TERMINO 13:28 horas. ENCARGADO DE ACTA Daphner Flores Campusano. SALA 6 RUC 24-4-0624063-7 RIT M-615-2024 Registro de audio N° 2440624063-7-1335 P

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