BANCO DE CHILE/FLORES
Rol
C-1843-2024
Fecha
27 de enero de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 17 de abril de 2024, comparece do a Daniela Rubilar Urrutia,ñ Javier G mez Leiva, do a B rbara Palma San Martin y don Iv n Mart nez Araya,ó ñ á á í abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranzaí a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por suó ó gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Blanco 1199 4° piso oficina 41, comuna de Valpara so, quienes viene en interponer demanda ejecutiva en contra de laí Sociedad Contratista Jos Patricio Flores Ibaceta Empresa Individual deé Responsabilidad Limitada, representada por don Jos Patricio Flores Ibaceta,é ignoran profesi n u oficio, ambos con domicilio en Punitaqui 1015, Mirador Re acaó ñ Alto, comuna de Vi a del Mar y en Lago General Carrera 1252 lote 49, comunañ de Vi a del Mar.ñ Con fecha 17 de abril de 2024, la parte ejecutante acompa pagar .ñó é Con fecha 22 de agosto de 2024, la parte ejecutada opone excepciones. Con fecha 27 de agosto de 2024, la parte demandante evacu traslado.ó Con fecha 28 de agosto de 2024, se recibi la causa a prueba.ó Se cit a las partes a o r seó í ntencia
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 17 de abril de 2024, comparece do a Danielañ Rubilar Urrutia, Javier G mez Leiva, do a Barbara Palma San Martin y don Iv nó ñ á Mart nez Araya, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dicaí í del giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representada a suó ó vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Blanco 1199 4° piso oficina 41, comuna de Valpara so, quienes viene en interponer demanda ejecutiva en contra deí la Sociedad Contratista Jos Patricio Flores Ibaceta Empresa Individual deé Responsabilidad Limitada, representada por don Jos Patricio Flores Ibaceta,é ignoran profesi n u oficio, ambos con domicilio en Punitaqui 1015, Mirador Re acaó ñ Alto, comuna de Vi a del Mar y en Lago General Carrera 1252 lote 49, comunañ de Vi a del Mar.ñ Código: CEGTXSFXZHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1843-2024 Foja: 1 Expresa que, el Banco de Chile, due o y leg timo tenedor del pagarñ í é signado con el N°011481427504, suscrito por el demandado ya individualizado por la suma de $13.000.000.- con fecha 28 de enero de 2024 y cuyo vencimiento es el d a 2 de noviembre de 2023.í Indica que, en dicho documento se constituy en ó avalista y codeudor solidario de las obligaciones contra das por el deudor principal en los t rminosí é expuestos en el pagar ,é don Jos Patricio Flores Ibacetaé , ignoran profesi n uó oficio, domiciliado en Lago General Carrera 1252, Lomas del Bosque, comuna de Vi a del Mar, en Punitaqui 1015, mirador Re aca Alto, comuna de Vi a del Marñ ñ ñ y en Lago General Carrera 1252 Lote 49, comuna de Vi a del Mar. ñ Refiere que, se pact que en caso de mora o simple retardo en el pago deló capital, se devengar un inter s penal igual al m ximo convencional que la leyá é á permite estipular, el que regir desde la mora o simple retardo hasta el d a de suá í pago efectivo. Se ala que, este pagar no fue pagado a ñ é su vencimiento, adeudando en consecuencia la suma $13.000.000, a la que hay que agregar y calcular los intereses penales y las costas de esta causa. Agrega que, las partes pactaron que las obligaciones derivadas del pagaré tendr an el car cter de indivisible pudiendo el Banco cobrarlas ntegramente a cadaí á í uno de los herederos o sucesores a cualquier t tulo, en los t rminos que establecení é los art culos 1526 N° 4 y 1528 del C digo Civil.í ó A ade que, como consta, del pagar que se acompa a, el deudor y elñ é ñ avalista y codeudor solidario, relevaron al portador del documento de la obligaci nó de protesto. Explica que, las firmas del suscriptor y del avalista y codeudor solidario puestas en el pagar , fueron autorizadas por notario, por lo que dicho ins
Fallo
por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el art culo 1698í del C digo Civil; en los art culos 160, 170, 346, 434, 470 y 471 del C digo deó í ó Procedimiento Civil; y en el art culo 102 de la Ley N°18.092, í se declara: I.- EN CUANTO AL FONDO: Que, se niega lugar a las excepciones opuestas por la parte ejecutada, en consecuencia, se deber seguir adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero pagoá ó a la parte ejecutante. II.- EN CUANTO A LAS COSTAS: Que, se condena en costas a la parte ejecutada, por haber resultado totalmente. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol N° 1843-2024.- Dictada por do a ñ Ximena Torres Valenzuela, Juez Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , veintisiete de enero de dos mil veinticinco Código: CEGTXSFXZHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-27T10:39:16-0300
Texto Completo (Preview)
C-1843-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-1843-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/FLORES Vi a del ñ Mar, veintisiete de enero de dos mil veinticinco VISTO: Con fecha 17 de abril de 2024, comparece do a Daniela Rubilar Urrutia,ñ Javier G mez Leiva, do a B rbara Palma San Martin y don Iv n Mart nez Araya,ó ñ á á í abogados, mandatari
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