16º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE./MÉNDEZ

Rol

C-8720-2024

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 16 de mayo de dos mil veinticuatro, compareció Cristi n Rodr guez Josseá í , en representaci n del banco Scotiabank Chile,ó continuadora legal del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile, domiciliados en calle Morand N 226, comuna de Santiago, quien deduce acci né ° ó ejecutiva en contra don Crist bal Enrique M ndez Rubio, domiciliado enó é calle Luis Hern ndez Parker N 970, comuna de Maip .á ° ú Que, con fecha 23 de julio de dos mil veinticuatro, comparece el ejecutado, quien opone las excepciones de los numerales 2, 4, 7, 9 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Que, con fecha 13 de agosto de dos mil veinticuatro, se declaran admisibles las excepciones y se reciben a prueba. Que, con fecha 26 de diciembre de dos mil veinticuatro, se cita a las partes a o r sentencia.í Considerado: Primero: Que, compareci Cristi n Rodr guez Josse, enó á í representaci n del Banco Scotiabank Chile, continuadora legal del Bancoó Bilbao Vizcaya Argentaria Chile, quien deduce acci n ejecutiva en contraó don Crist bal Enrique M ndez Rubio, todos ya individualizados.ó é Se ala que su representada es due a de tres pagar s.ñ ñ é Código: NHUZXSBPHDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8720-2024 Foja: 1 1.- Pagar N 710143329760 suscrito por apoderados de los litigantesé ° el 11 de abril de dos mil veinticuatro, por la suma de $3.118.432 pesos. En caso de mora o retardo en el pago, devengar a una tasa de inter sí é equivalente al m ximo convencional que corresponda durante la mora hastaá el pago efectivo. 2.- Pagar N 710144412820, suscrito por apoderados de los litigantesé ° el 11 de abril de dos mil veinticuatro, por la suma de $410.165 pesos. En caso de mora o retardo en el pago, devengar a una tasa de inter sí é equivalente al m ximo convencional que corresponda durante la mora hastaá el pago efectivo. 3.- Pagar N 710137237250 suscrito el 15 de febrero de dos milé ° veintitr s

Fundamentos

fundamentos en que se basa la excepci n carecen deó asidero jur dico para ser acogidos, por lo que ser desestimada la excepci ní á ó analizada, como se dir en lo resolutivo de esta sentencia.á Duod cimoé : Que, respecto a la omisi n del protesto, debe rechazarseó de plano, toda vez que los t tulos de cr dito poseen firma autorizada anteí é notario, por lo que son perfectos en virtud de esta circunstancia. Código: NHUZXSBPHDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8720-2024 Foja: 1 Luego, el protesto se torna inocuo, toda vez que no resulta necesario para perseguir el cobro de las obligaciones. D cimo terceroé : Que, en relaci n a las excepciones de los numeralesó 9 y 11, el ejecutado expone lo siguiente. Reconoce la existencia de la obligaci n, pero menciona que el montoó adeudado es mucho menor al se alado por la contraria, debido a haberseñ realizado abonos a la obligaci n.ó Luego, expone que ha estado en conversaciones con la actora, que se tradujeron en que esta ltima otorg un plazo para regularizar el pago delú ó t tulo de cr dito cuya ejecuci n se persigue.í é ó D cimo cuarto: é Que, el art culo 1698 del C digo Civil establece elí ó principio que corresponde probar la obligaci n o su extinci n a quienó ó quiera servirse de esta o aquella. Ello, se traduce en autos en que corresponde a la ejecutada aportar elementos que den cuenta o del pago parcial de la obligaci n, o de haberseó otorgado plazo alguno para su cobro, situaci n que no ocurre, toda vez queó el ejecutado no aport prueba alguna.ó Por ello, es que ambas excepciones deben rechazarse, como se dir ená lo resolutivo del fallo.

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se reciben a prueba. Que, con fecha 26 de diciembre de dos mil veinticuatro, se cita a las partes a o r sentencia.í Considerado: Primero: Que, compareci Cristi n Rodr guez Josse, enó á í representaci n del Banco Scotiabank Chile, continuadora legal del Bancoó Bilbao Vizcaya Argentaria Chile, quien deduce acci n ejecutiva en contraó don Crist bal Enrique M ndez Rubio, todos ya individualizados.ó é Se ala que su representada es due a de tres pagar s.ñ ñ é Código: NHUZXSBPHDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8720-2024 Foja: 1 1.- Pagar N 710143329760 suscrito por apoderados de los litigantesé ° el 11 de abril de dos mil veinticuatro, por la suma de $3.118.432 pesos. En caso de mora o retardo en el pago, devengar a una tasa de inter sí é equivalente al m ximo convencional que corresponda durante la mora hastaá el pago efectivo. 2.- Pagar N 710144412820, suscrito por apoderados de los litigantesé ° el 11 de abril de dos mil veinticuatro, por la suma de $410.165 pesos. En caso de mora o retardo en el pago, devengar a una tasa de inter sí é equivalente al m ximo convencional que corresponda durante la mora hastaá el pago efectivo. 3.- Pagar N 710137237250 suscrito el 15 de febrero de dos milé ° veintitr s por apoderados de los litigantes por la suma de $5.951.606 pesos,é pagaderos en 48 cuotas de $207.388 pesos a contar del 3 de abril de dos mil veintitr s.é En caso d

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C-8720-2024 Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8720-2024 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE./M NDEZÉ Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Que, con fecha 16 de mayo de dos mil veinticuatro, compareció Cristi n Rodr guez Josseá í , en representaci n del banco Scotiabank Chile,ó continuadora legal del Banc

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