HERRERA/
Rol
V-338-2022
Fecha
24 de enero de 2025
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece con fecha 29 de septiembre de 2022, don Jorge Antonio Guerra Ormaz bal, chileno, c dula de identidadá é N 12.435.009-3, domiciliado en Avda. Rosario Norte #615, oficina 1001,º comuna de Las Condes, mandatario especial de don GABRIEL REINALDO HERRERA LARENAS, chileno, jubilado de las Fuerzas Armadas, viudo, c dula de identidad N 7.775.578-0, Curador Definitivoé º General y Representante legal de su hija do a ñ B rbara Daniela Herreraá Santana, chilena, discapacitada, c dula de identidad N 17.586.882-8, todosé º domiciliados para estos efectos en calle Tacna #19, Codigua, Melipilla y expone: Que don Gabriel Reinaldo Herrera Larenas es padre, curador definitivo general y representante legal de su hija, do a B rbara Danielañ á Herrera Santana, quien se encuentra declarada interdicta por causa de demencia, como as fuera declarado en la sentencia definitiva dictada en losí autos rol C-5086-2015 del Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Puente Alto, de fecha 22 de mayo de 2015. Dicha sentencia se encuentra inscrita a fojas 3373, n mero 5077 en el Registro de Prohibiciones del Conservadorú de Bienes Ra ces de Puente Alto, del a o 2015.-í ñ Manifiesta que do a B rbara Daniela Herrera Santana, junto a suñ á padre, son due os entre otros del Sitio o Lote A-Tres, resultante de lañ subdivisi n del lote A, que a su vez es parte de la fusi n y posterioró ó subdivisi n de tres predios ubicados en la comuna y provincia de Melipilla,ó que tiene una superficie aproximada de 1.334,46 mts2, y seg n sus t tulosú í tiene los siguientes deslindes especiales: AL NORTE: En 23,40 metros con calle Baquedano; AL SUR: En 23,308 metros en parte con lote B y en Código: JFDRXSGBLWK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 parte con lote C; AL ORIENTE: En 57,14 metros con lote A-Cuatro, y AL PONIENTE: En 57,14 metros con lote A-Dos.- Este inmueble fue adquirido por el modo sucesi n por causa deó mue
Fundamentos
considerando que el inmueble tiene un aval oú fiscal de $8.319.919., no se encuentra edificado, actualmente no les reporta frutos, ni otra utilidad econ mica, pues no tienen su domicilio en el referidoó predio; ni tampoco genera alg n riesgo para la manutenci n futura de laú ó interdicta, pues adem s del predio en cuesti n, la comunidad hereditaria esá ó due a de otros dos inmuebles, tal como se acredita con copia del certificadoñ de posesi n efectiva y la inscripci n especial de herencia que a estaó ó presentaci n acompa a.-ó ñ Código: JFDRXSGBLWK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Manifiesta que los derechos que la interdicta tiene en el inmueble de marras tendr an una valoraci n de $6.333.333., considerando la oferta deí ó compra recibida, y que la comunidad hereditaria due a de este predio estñ á compuesta adem s por su padre.-á Por lo anteriormente expuesto, solicita respetuosamente al tribunal se sirva admitir a tramitaci n la presente solicitud de autorizaci n judicial paraó ó enajenar las acciones y derechos que tiene do a B rbara Daniela Herrerañ á Santana, quien es due a, conjuntamente con su padre don Gabriel Reinaldoñ Herrera Larenas, del Sitio o Lote A-Tres, resultante de la subdivisi n deló lote A, que a su vez es parte de la fusi n y posterior subdivisi n de tresó ó predios ubicados en la comuna y provincia de Melipilla, que tiene una superficie aproximada de 1.334,46 mts2, cuyo dominio consta inscrito a fojas 506 vuelta, n mero 922 del Registro de Propiedad del Conservador deú Bienes Ra ces de Melipilla del a o 2022, por causa de utilidad en favor deí ñ la interdicta, do a B rbara Daniela Herrera Santana y, en definitiva,ñ á otorgarla por ser til y beneficioso para la interdicta.-ú Por lo antes expuesto y disposiciones legales que invoca solicita admitir a tramitaci n la presente solicitud de autorizaci n judicial paraó ó enajenar las acciones y derechos que tiene do a B rbara Daniela Herrerañ á Santana, quien es due a, conjuntamente con su padre don Gabriel Reinaldoñ Herrera Larenas, del LOTE A-TRES, resultante de la subdivisi n del loteó A, que a su vez es parte de la fusi n y posterior subdivisi n de tres prediosó ó ubicados en la comuna y provincia de Melipilla, que tiene una superficie aproximada de 1.334,46 mts2, cuyo dominio consta inscrito a fojas 506 vuelta, n mero 922 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesú Ra ces de Melipilla del a o 2022, por causa de utilidad en favor de laí ñ interdicta, do a B rbara Daniela Herrera Santana y, en definitiva, otorgarlañ á por ser til y beneficioso para la interdicta.-ú SEGUNDO: Que, se agregaron a los autos los siguientes antecedentes: 1.- 2 Copias digitalizadas de Inscripci n de la sentencia que declar laó ó interdicci n de do a B rbara Daniela Herrera Santana, de fojas 3373,ó ñ á n mero 5077 del Registro de Prohibiciones del Conservador de Bienesú Ra ces de Puente Alto del a o 2025.-í ñ Código: J
Fallo
Por lo expuesto, es opini n de ese Defensor que se han cumplido losó requisitos y formalidades legales para autorizar la enajenaci n de losó derechos singularizados en autos, y mediante la realizaci n de una p blicaó ú subasta, todo ello salvo mejor parecer del tribunal.- QUINTO: Que, se han corregido observaciones efectuadas por el defensor publico: 1) Se ha acompa ado copia del expediente de interdicci n, en dondeñ ó consta la publicaci n de la sentencia y la aceptaci n del cargo deó ó curador por el solicitante y padre de la interdicta. 2) Se acompa tasaci n coñó ó mercial, que sit a el valor del sitio en 450ú unidades de fomento; 3) Se ha precisado que la venta recae sobre el lote A-tres y la inscripci n especial de herencia.ó SEXTO: Que, en virtud de lo expuesto, y concordando con lo estimado en las conclusiones por el Defensor P blico Ad-Hoc se hanú cumplido los requisitos y formalidades legales para autorizar la enajenaci nó del bien singularizados en autos, y mediante la realizaci n de una p blicaó ú subasta.- S PTIMO:É Que, atendido el m rito de los antecedentes que obrané en autos, junto a la informaci n sumaria de testigos rendida e informeó favorable del se or Defensor P blico una vez salvadas las omisiones,ñ ú y por ultimo encontr ndose acreditada la utilidad y necesidad de la venta delá Código: JFDRXSGBLWK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 inmueble, se acoger la solicitud de autos, auto
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 36 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : V-338-2022 CARATULADO : HERRERA/ Melipilla, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco.- VISTOS: PRIMERO: Que comparece con fecha 29 de septiembre de 2022, don Jorge Antonio Guerra Ormaz bal, chileno, c dula de identidadá é N 12.435.009-3, domiciliado en Avda. Rosario Norte #615, oficina 1
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