Juzgado de Letras y Gar. de los Vilos

PORTILLA/

Rol

V-109-2019

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 1 de mayo de 2019, don HUMBERTO PORTILLA ALVARADO, Chileno, Casado, Administrador de Empresas, Cedula de Identidad 7.708.747-8, domiciliado en calle Las Heras N° 825, Coquimbo; presentó manifestación minera, a fin de que se le otorgara concesión de explotación del yacimiento denominado "PRIMERO DE MAYO, 1 AL 80" , ubicado en terrenos abiertos y sin cultivos de la comuna de Canela, Cuarta Región, provincia del Choapa, conformado por 80 pertenencias mineras de 1 hectáreas cada una. El punto de interés queda determinado por las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte 6.517.700,00 metros y Este 277.840,00 metros. La superficie manifestada, quedará comprendida dentro de un rectángulo de 1.000 metros en la orientación Norte-Sur U.T.M. y 800 metros en la orientación Este-Oeste U.T.M.-, encerrando en consecuencia una superficie total de 80 hectáreas. SEGUNDO: Que con fecha 3 de diciembre de 2019, se presentó solicitud de mensura abarcando una superficie total de 8 hectáreas, acompañando documentos fundantes de la petición: Copia autorizada de la inscripción de la manifestación, la que se inscribió a fs. 91 vta Nº 86 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Los Vilos, año 2019, el día 9 de mayo de 2019. Se acompañó además, Boletín Oficial de Minería Nº 42.358 de fecha 20 de mayo de 2019, donde se publicó la copia de la inscripción de la manifestación de autos; comprobantes de haberse pagado la tasa, patente proporcional y plano de la manifestación. Código: HFDCXSVZKRK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que con fecha 7 de enero de 2025, se acompañó Boletín de Minería Nº 42.540 de fecha 30 de diciembre de 2019, en donde se publicó la solicitud de mensura de autos; y con fecha 14 de enero de 2025, se certificó que no se presentó oposición a la solicitud de mensura y el plazo para hacerlo se encuentra vencido. CUARTO: Que con fecha 1 de marzo de 2021, se presentó actas y plano de mensura. La mensura finalmente comprende una superficie total de 8 hectáreas. Dichos documentos fueron guardados en custodia bajo el N° 34, 96 y 176 todas del año 2021 .- QUINTO: Que, con fecha 4 de noviembre de 2024, se agregó informe del Servicio Nacional de Geología y Minería de La Serena Of. Ord. Nº 2616/2024, de fecha 25 de octubre de 2024, el cual señala que de la revisión de los antecedentes, el cual señala que los aspectos técnicos relacionados con la operación de la mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. Además, se comprobó que el hito de mensura y el linderos vértice L2 ha sido correctamente construido. SEXTO : Que, encontrándose el procedimiento de constitución, conforme a las disposiciones legales vigentes y no existie

Fallo

SE DECLARA: I.- Que queda constituida en favor de Humberto Portilla Alvarado, cédula de identidad n° 7.708.747-8, la concesión de Código: HFDCXSVZKRK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl explotación de las pertenencias mineras denominadas “ PRIMERO DE MAYO 1 al 8”, cubriendo una superficie total de 8 hectáreas, ubicadas en Quebrada Amolanas, comuna de Canela, Provincia De Choapa, Región De Coquimbo. Las coordenadas de los vértices del perímetro de la mensura, son los siguientes: Vértices Norte (mts) Este (mts) L1 6.543.570,00 247.980,00 L2 6.543.570,00 248.180,00 L3 6.543.170,00 248.180,00 L4 6.543.170,00 247.980,00 COORDENADAS U.T.M. DEL PUNTO DE INTERES: Norte 6.543.070,00 metros y Este 248.350,00 metros. II.- Se aprueba Acta de Mensura y Plano revisado por el Departamento de Propiedad Minera del Servicio Nacional de Geología y Minería IV Región. III.- Publíquese extracto de esta sentencia constitutiva en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería. IV.- Inscríbase este fallo y el Acta de mensura, como asimismo, archívese el Plano en el Registro de Propiedad de Minas del Conservador de Minas de Los Vilos, en la forma y oportunidad que señala el artículo 89 del Código de Minería. V.- Remítase al Servicio Nacional de Geología y Minería de La Serena, el original del Plano, copia del Acta de Mensura y de esta sentencia. Notifíquese esta sentencia por el estado diario conforme lo dispone

Texto Completo (Preview)

FOJA: 68 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de los Vilos CAUSA ROL : V-109-2019 CARATULADO : PORTILLA/ Los Vilos, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 1 de mayo de 2019, don HUMBERTO PORTILLA ALVARADO, Chileno, Casado, Administrador de Empresas, Cedula de Identidad 7.708.747-8, domiciliado en calle Las Heras

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica