1º Juzgado de Letras de San Bernardo

VERGARA/

Rol

V-89-2024

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que el 29 de agosto de 2024, a folio 1, comparece don MARCELO OSVALDO VERGARA, trabajador dependiente, cedula de identidad N°12.109.581-5, domiciliado en Bartolomé Díaz, 505, olivo A, San Bernardo, quien pide ordenar al Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, con domicilio en calle A. Prat N° 314, comuna de San Bernardo, inscriba la Posesión efectiva número 30.000 del año 2021, respecto del causante don Juan Osvaldo Vergara Ortiz; la Escritura Pública de Cesión de Derechos otorgada el 24 de julio de 2021, bajo el número de repertorio 898-2021, entre Luisa Del Carmen Gutiérrez Yáñez y Marcelo Osvaldo Vergara Otárola; y la Cesión de Derechos otorgada el 08 de agosto de 2022, bajo el número de repertorio 978-2022, entre José Michel Vergara Otárola y otros a Marcelo Osvaldo Vergara Otárola y en definitiva le ordene practicar la inscripción de los títulos mediante el cual se establece a don Marcelo Osvaldo Vergara Otárola como único dueño del inmueble, en virtud de los siguientes antecedentes: Expresa que mediante distintos actos se ha solicitado al Conservador de Bienes raíces de San Bernardo la inscripción de la posesión efectiva del causante don Juan Osvaldo Vergara Ortiz, fallecido con fecha 11 de septiembre de 2020, número de inscripción 30.000 del año 2021 y dos cesiones de derechos entre las cuales se cede a don Marcelo Osvaldo Vergara Otárola el 100% de los derechos del inmueble ubicado en Bartolomé Díaz número quinientos cinco que corresponde al lote número cuatro de la manzana veintiséis del plano de loteo de la población “El Olivo”, que fue aprobado por la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, el cual fue archivado bajo el número diez al final del registro de Propiedad del año mil novecientos ochenta y uno del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, cuyos deslindes son los siguientes: AL NORTE: Con calle Bartolomé Díaz; AL SUR: Con otros propietarios; ORIENTE: Con lote cinco de la misma manzana; y al PONIENTE: Con lote tres de la misma man

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que 29 de agosto de 2024, folio 1, comparece don MARCELO OSVALDO VERGARA, quien pide ordenar al Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, inscriba la Posesión efectiva número 30.000 del año 2021, la Escritura Pública de Cesión de Derechos otorgada el 24 de julio de 2021, bajo el número de repertorio 898-2021, y la Cesión de Derechos otorgada el 08 de agosto de 2022, bajo el número de repertorio 978-2022, y en definitiva le ordene practicar la inscripción de los títulos mediante el cual se establece al solicitante como único dueño del inmueble, por los argumentos que esgrime y que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que con fecha 14 de noviembre de 2024, folio 6, se acompañó el informe de la Sra. Conservadora de Bienes Raíces de San Bernardo, el cual señala en síntesis que efectivamente en la Carátula 264555, con fecha veintiuno de Septiembre de dos mil veintiuno, ingresó a este Conservador, a solicitud de don Martín Nicolás Montupil Tello, la escritura de Separación de Bienes y Liquidación de Sociedad Conyugal, siendo rechazado su requerimiento y no practicada la Código: JYTFXSYJXRK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inscripción de adjudicación solicitada por ser necesario aclarar, por cuanto, al momento de adquirir el titular se encontraba casado con dos personas. Asimismo, informa que don Martín Nicolás Montupil Tello, ingresó en la carátula 264556, con igual fecha, la posesión efectiva de la herencia quedada al fallecimiento de don Juan Osvaldo Vergara Ortíz, concedida por Resolución Exenta N°32460 de fecha quince de Mayo de dos mil veintiuno, del Director Regional Región Metropolitana de Santiago, en la que se incluye el inmueble adjudicado al causante en la escritura a que se ha hecho referencia, posesión efectiva que se anotó en el Libro Repertorio bajo el N°5846, siendo rechazada la solicitud de inscripción de herencia a la espera de aclararse la solicitud de la carátula 264555. Finalmente, que doña Daniela Escobar Rubio, con fecha cuatro de octubre de dos mil veintidós, en las carátulas 307035 y 307036, ingresó para inscribir las escrituras de cesión de derechos celebradas. Respecto de ambas solicitudes fue rechazada la solicitud por ser necesario previamente aclarar e inscribir la carátula 307034, que, como dijo, corresponde a la solicitud de inscripción de la herencia de don Juan Osvaldo Vergara Ortiz, por la cual registralmente se incorporarían como titulares los cedentes. TERCERO: Que, el solicitante como apoyo a su petición, acompañó la siguiente prueba documental: 1.- Duplicado de Certificado de posesión efectiva del causante don Juan Osvaldo Vergara Ortiz, número de inscripción 30.000 del año 2021. 2.- Copia de Cesión de Derechos, otorgada el 24 de julio de 2021, ante Notario de San Bernardo Claudio Alfonso Ortiz Cerda, bajo número de repertorio 898-2021 3.- Copia de Cesión de Derechos, otorgada el 8 de agosto de 2022, ante Notario de S

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES Y VISTO además lo dispuesto en los artículos artículos 565, 576, 577, 580, 582, 588, 670 y siguientes, 686 inciso primero y 687 inciso primero del Código Civil, 108 y 134 del Código Orgánico de Código: JYTFXSYJXRK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Tribunales, 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, 18, 31, 32, 52 numeral primero, 54 inciso primero, 79 inciso segundo, 88 y 90 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, SE DECLARA: Que SE ACOGE lo solicitado en lo principal de la presentación de fecha 29 de agosto de 2024, folio 1 y, EN CONSECUENCIA, se ordena a la Conservadora de Bienes Raíces de San Bernardo, proceda a inscribir en el Registro de Propiedad la resolución de posesión efectiva otorgada el 15 de mayo de 2021 y las cesiones de derechos hereditarios a favor de don Marcelo Osvaldo Vergara Otárola, correspondientes a las fechas 24 de julio de 2021 y 8 de agosto de 2022, bajo los Repertorios N° 898-2021 y N° 978-2022, respectivamente, quedando don Marcelo Osvaldo Vergara Otárola como el exclusivo propietario del inmueble ubicado en Calle Bartolomé Díaz N°505, San Bernardo, al haber consolidado todos los derechos hereditarios en su persona, una vez ejecutoriada la presente resolución. Regístrese, Notifíquese, dese copia y archívese. Rol N°V-89-2024.- DICTADO POR DON SERGIO RAÚL VIAL LOPEZ, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento

Texto Completo (Preview)

FOJA: 13 trece NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : V-89-2024 CARATULADO : VERGARA/ San Bernardo, veintisiete de enero de dos mil veinticinco VISTOS: Que el 29 de agosto de 2024, a folio 1, comparece don MARCELO OSVALDO VERGARA, trabajador dependiente, cedula de identidad N°12.109.581-5, domiciliado en Bartolomé Díaz, 505, olivo A, San Bernardo

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