20º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/

Rol

V-105-2024

Fecha

22 de enero de 2025

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, al folio 1, comparece don Paul Mc Donnell Huerta, abogado, en representación de del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria. ambos con domicilio en Huérfanos 1102, piso 4, comuna de Santiago. Manifiesta que su representado es dueño de los dineros que corresponden a los saldos inmovilizados documentado en un conjunto de cuatro vales vistas emitidos por el BANCO DEL ESTADO DE CHILE, según el siguiente detalle: 1°.- un vale a la vista emitido a nombre del Banco de Crédito e Inversiones con fecha 28/01/2021 por la suma de $ 797.000.- 2°- un vale a la vista emitido a nombre del Banco de Crédito e Inversiones con fecha 14/04/2021 por la suma de $ 575.628.- 3°.- un vale a la vista emitido a nombre del Banco de Crédito e Inversiones con fecha 23/08/21 por la suma de $ 1.286.755.- 4°.- un vale a la vista emitido a nombre del Banco de Crédito e Inversiones con fecha 08/10/21 por la suma de $ 1.122.643.- 5°.- un vale a la vista emitido a nombre del Banco de Crédito e Inversiones con fecha 21/10/21 por la suma de $ 3.176.191.- 6°.- un vale a la vista emitido a nombre del Banco de Crédito e Inversiones con fecha 26/11/21 por la suma de $ 8.028.000.- Expone que esos valores se encuentran a disposición de este banco según consta la publicación efectuada en el Diario Oficial el 13 de marzo de 2024, páginas 1, 31, 47, 72, 84, 86 y 92, cuyas copias acompaña. Afirma que los documentos están extraviados. Previas citas legales, previos trámites de rigor, solicita declarar el extravío de los instrumentos singularizados precedentemente, autorizando a su representado para ejercer los derechos que le corresponden en calidad de dueño y titular de aquellos. SEGUNDO: Que, al folio 10, consta notificación en virtud del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil a don Oscar González Narbona por el Banco del Estado de Chile. TERCERO: Que, al folio 13, consta publicación en el Diario Oficial, efectuada con fecha 1 de octubre de 2

Fundamentos

considerando primero de este fallo, a fin de que, mediante copia autorizada de esta sentencia, el peticionario ejerza los derechos que le corresponden como beneficiario los seis vale vista antes señalados. Regístrese y dese copia autorizada de esta sentencia. Regístrese y archívese en su oportunidad . Dictada por Manuel Pedreros Oñate, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del Código de Procedimiento Civil en Santiago, veintidós de enero de dos mil veinticinco Código: JRCWXSYDLXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-22T14:37:12-0300

Fallo

SE RESUELVE: Que ha lugar a lo solicitado en lo principal del folio 1 y, en consecuencia, se declaran extraviados los documentos individualizados en el considerando primero de este fallo, a fin de que, mediante copia autorizada de esta sentencia, el peticionario ejerza los derechos que le corresponden como beneficiario los seis vale vista antes señalados. Regístrese y dese copia autorizada de esta sentencia. Regístrese y archívese en su oportunidad . Dictada por Manuel Pedreros Oñate, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del Código de Procedimiento Civil en Santiago, veintidós de enero de dos mil veinticinco Código: JRCWXSYDLXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-22T14:37:12-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-105-2024 CARATULADO : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ Santiago, veintidós de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, al folio 1, comparece don Paul Mc Donnell Huerta, abogado, en representación de del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria. ambos con domicilio

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