SANDOVAL/
Rol
V-77-2024
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes voluntarios digitales del ingreso civil, rol V 77- 2024, comparece doña Camila Andrea Sandoval Ancoar, chilena, R.U.N. 18.491.632-0, estudiante, domiciliada en Cádiz N°2430, población Quinto Centenario, comuna de Osorno, solicitando se autorice el cambio de su nombre, en el sentido de reemplazar su apellido paterno, esto es “SANDOVAL” por “GONZÁLEZ”, quedando en definitiva como “Camila Andrea González Ancoar”, en atención a los siguientes antecedentes: 1. Que nació con fecha 17 de enero de 1992, y fue inscrita en la circunscripción de Osorno del Servicio de Registro Civil, bajo el Nº1.442 Registro S del año 1993, con el apellido “GONZÁLEZ”, el que corresponde a su padre biológico. 2. Cuando tenía 9 años aproximadamente, su madre Ana Delia Ancoar Añazco contrajo matrimonio con Mauricio Alejandro Sandoval Sandoval, legitimándome en dicho acto como hija matrimonial; dado que su madre quería formar una familia y establecer un vínculo entre su cónyuge y ella, razón por la cual cambió su apellido “GONZÁLEZ” por “SANDOVAL”. 3. Su matrimonio tuvo una duración muy breve, menos de un año, por lo que su relación con Mauricio fue muy poco significativa, no existiendo ningún tipo de vínculo con el Sr. Sandoval. 4. A los 18 años conoció a su padre biológico y si bien es cierto su relación con él no es tan cercana, sí se siente identificada con el apellido “GONZÁLEZ”, sobre todo por el hecho de haberlo tenido durante gran parte de su infancia. 5. Por mucho tiempo ha sentido malestar e incomodidad con su actual apellido, la asistencia especializada realizó informe que recalca la importancia de cambiar su apellido paterno. Código: DGWQXSBXPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 6. Los
Fundamentos
fundamentos de esta petición son manifiestamente afectivos y emocionales, principalmente el menoscabo psicológico que ha significado para ella llevar ese apellido. Solicita que el Tribunal reemplace su apellido paterno “SANDOVAL” por “GONZÁLEZ”, ordenando en definitiva la rectificación de su partida de nacimiento en el sentido de quedar como “Camila Andrea González Ancoar”. En el folio 13, rinde información sumaria de testigo acerca de lo señalado en el escrito de solicitud. En el folio 19, consta certificado de haberse efectuado publicaciones pertinentes en el Diario Oficial. En el folio 18, consta certificado de no oposición de terceras personas respecto de la solicitud. En el folio 5, se agrega informe de Carabineros de Chile, Prefectura de Osorno N° 24, 1° Comisaria Osorno. En el folio 6, se agrega informe de Policía de Investigaciones de Chile, Brigada de Investigación Criminal Osorno. En el folio 10, se agrega informe de la Fiscalía Local de Osorno. En el folio 21, se agrega informe del Servicio de Registro Civil e Identificación. En el folio 24, se traen los antecedentes para fallo. Que en folio 25, se decreta medida para mejor resolver se cite a la audiencia respectiva a los menores de edad Franco Ignacio Herrera Sandoval y a Kevin Esteban Herrera Sandoval, a fin de manifestar su parecer con el cambio de nombre. Que a folio 32 se tuvo por fracasada medida para mejor resolver. Que a folio 33, se decretó medida para mejor resolver se cite a la audiencia respectiva a los menores de edad Franco Ignacio Herrera Sandoval y a Kevin Esteban Herrera Sandoval, a fin de manifestar su parecer con el cambio de nombre. Código: DGWQXSBXPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En el folio 37, consta audiencia en que los menores de edad Franco Ignacio Herrera Sandoval y a Kevin Esteban Herrera Sandoval manifiestan su parecer respecto de la gestión de estos antecedentes. Que a folio 38 se tuvo por cumplida medida para mejor resolver. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, para los efectos de acreditar la circunstancia señalada en los expositivo de la presente sentencia, la solicitante acompañó los siguientes antecedentes probatorios: 1. Certificado de nacimiento de la solicitante, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 2. Certificado de nacimiento de Franco Ignacio Herrera Sandoval y Kevin Esteban Herrera Sandoval. 3. Informe correspondiente a evaluación psicológica. SEGUNDO: Que, además, la solicitante rindió información sumaria de testigos en el folio 13 consistente en los dichos de José Orlando Vallejos Pino y doña Enelyn Ana Barria Oyarzo, quienes se encuentran contestes en señalar que conocen a la solicitante desde hace más de 5 años con el apellido González TERCERO: Que, a partir de los informes evacuados por La Fiscalía Local de Osorno, Policía de Investigaciones de Chile, Brigada de Investigación Criminal Osorno y de Carabineros de Chile, Prefectura de Osor
Fallo
se declara: I. Que se hace lugar a lo solicitado en el folio 1, por lo que se autoriza el cambio de apellido de doña Camila Andrea Sandoval Ancoar, chilena, R.U.N. 18.491.632-0 y se ordena rectificar la partida de nacimiento N°1442, Registro S, del año 1993, de la circunscripción de Osorno, del Servicio de Registro Civil e Identificación, en el sentido de modificar su apellido paterno, debiendo ser registrada como “Camila Andrea González Ancoar”: practicarse una nueva inscripción de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 17.344. II. Respecto de los menores de edad e hijos de la solicitante, don Franco Ignacio Herrera Sandoval y don Kevin Esteban Herrera Sandoval, de conformidad al artículo 4 inciso segundo, no se deberá modificar su partida de nacimiento, debiendo conservase en el estado actual. Transcríbase y notifíquese por estado diario. Rol V 77- 2024. Dictó don Guillermo Francisco Olate Aranguiz, Juez Interino del Segundo Juzgado de Letras de Osorno. Código: DGWQXSBXPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-21T14:04:23-0300
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Osorno, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes voluntarios digitales del ingreso civil, rol V 77- 2024, comparece doña Camila Andrea Sandoval Ancoar, chilena, R.U.N. 18.491.632-0, estudiante, domiciliada en Cádiz N°2430, población Quinto Centenario, comuna de Osorno, solicitando se autorice el cambio de su nombre, en el sentido de reemplazar su apel
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