2º Juzgado de Letras de Los Angeles

MORALES/

Rol

V-165-2024

Fecha

20 de enero de 2025

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO S : Que, en folio 1, con fecha 26 de julio de 2024, se presenta don Genaro Alfonso Morales Alveal, chileno, profesor, divorciado, cédula nacional de identidad número 6.978.914-5, domiciliado en Los Jazmines N° 91, Comuna de El Monte, Región Metropolitana; y expone: Que, es dueño de una propiedad denominada Hijuela Llaima, que se encuentra ubicada en la Localidad de Millantu, Sector Millantu, de la comuna de Los Ángeles, inscrito a fojas 4.703 No 3.022 del año 2005 y de Fojas 1.318 N° 864 del 2008, ambas del Registro de Propiedad. Indica que dicha propiedad consta de dos lotes, y la presente solicitud versa sobre uno de ellos, denominado HIJUELA UNO cuyos deslindes son los siguientes: NORTE: Camino vecinal que lo separa de la sucesión María Arenas, de Elena de las Mercedes Alveal Mellado y de la suc. Bernardo Jara Mellado; SUR: Fundo Forestal Mininco S.A., separado por cerco; ESTE: Secesión Antonia Morales en línea quebrada en tres parcialidades, separado por cerco y Fundo Bellavista Forestal Mininco S.A., separado por cerco; OESTE: Sucesión María Florentina Lizama Navarrete en línea quebrada en dos parcialidades, separado por cerco y Casimiro Isla Arenas, separado por cerco. Dicho predio figura en el Rol de Avalúo con el número 1560- 61 de la Comuna de Los Ángeles. Señala que el inmueble fue adquirido vía cesión de derechos hereditarios por parte de sus hermanos/as: don Edmundo Iván Morales Alveal, Héctor Segundo Morales Alveal, Ana Ilse Morales Alveal, y Julia Del Carmen Morales Alveal. Agrega que, como preparación para realizar negocios a futuro, elaboraron un plano a través del uso de la tecnología satelital, que conlleva los estándares más elevados de precisión dentro del uso de la tecnología de medición actualizada; arrojando como cabida/medida del predio en cuestión “cuatro coma cincuenta y un hectáreas”, a diferencia de lo que señala erróneamente el plano original – cinco coma veintiuna hectáreas”-. Explica que este desperfecto se puede corresponder

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: Código: YSYXXSXVMLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1°.- Que, conforme se desprende de la parte expositiva precedente, el solicitante reclama de la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles de practicar la subinscripción de la corrección de superficie del predio de su propiedad, inscrito a fojas 4.743 No 3.022 del año 2005 y de Fojas 1.318 N° 864 del 2008 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, por existir diferencia entre la superficie real del predio (4,51 hectáreas) y la consignada en su título de dominio (5,21 hectáreas), solicitando se acoja su reclamación y se ordene la subinscripción referida. 2°.- Que, se solicitó informe al Señor Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles quien, en folio 6, señala que se ha solicitado unilateralmente que se ordene al funcionario informante que anote al margen de las inscripciones de fojas 4.743. N° 3.022 del año 2005; y de fojas 1.318, N° 864 del año 2008, ambas del Registro de Propiedad. que la superficie del predio a que tales actuaciones se refieren (HIJUELA UNO), es de 4,51 hectáreas. Refiere que tenidas a la vista las inscripciones citadas, copias de las cuales acompaña a su informe, se constata que, en las mismas, respecto de la HIJUELA UNO, se consigna una superficie de 5.21 hectáreas, con los deslindes que en tales actuaciones se pormenoriza. Indica que la solicitud unilateral de rectificación de inscripciones que nos ocupa ya fue formulada al funcionario que suscribe, requerimiento que rehusó con arreglo a los artículos 13, 52 y 53 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, por ser legalmente inadmisible. Explica que la diferencia que se observa entre lo asentado en el Registro y lo sostenido por don Gerardo Alfonso Morales Albeal, se explica expresando que, como preparación para realizar negocios a futuro, se elaboró un plano a través del uso de tecnología satelital de estándares elevados de precisión, arrojando como resultado que la HIJUELA UNO en estudio tiene una superficie de cuatro coma cincuenta y una hectáreas. Sostiene que puesto que las normas que regulan los Registros conservatorios son de orden público por tener interés en ellos la sociedad toda, la disensión suscitada en concepto del informante debe ser conocida, ponderada y dilucidada por los Tribunales Ordinarios de Justicia, que son propiamente los llamados a calificar las circunstancias extra registrales (nuevo levantamiento planimétrico y minuta de deslindes) enderezados a establecer la exacta superficie y linderos de los predios materia de las inscripciones, salvaguardándose los derechos de terceros. Agrega que, en efecto, se está en presencia de un asunto que requiere debate y prueba, actividades conducentes a un juez. De ocuparse en ello, al Conservador informante podría fustigársele que tal proceder implicaría atribuirse facultades jurisdiccionales. Indica que lo anterior d

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas legales que cita, pide al tribunal ordene al Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, que anote al margen de las inscripciones de Fojas 4.703 No 3.022 del año 2005 y de Fojas 1.318 N° 864 del 2008, ambas del Registro de Propiedad corrigiendo la superficie del predio señalado, para que el documento que sirve de respaldo, garantía y prueba de su dominio, pueda reflejar la cabida total y real a la cual se extiende; pasando así de 5,21 a 4,51 hectáreas. En folio 12, con fecha 04 de diciembre de 2024, rectificó la solicitud de folio 1, en el sentido que el número de inscripción correcto de una de las inscripciones que pretende corregir es el de fojas 4743, número 3022, del año 2005 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles. En folio 1, acompañó plano confeccionado y suscrito don Mario Candia Romero Topógrafo e Ingeniero Geomensor, del inmueble Hijuela Llaima, hijuela uno; certificado de Avalúo Fiscal Detallado de la propiedad Rol 1560-61 de la Comuna de Los Ángeles; Copia de la inscripción de dominio de Fojas 1318 Número 864 del Registro de Propiedad del año 2008 del Conservador de Bienes Raíces de San Los Ángeles; Copia del certificado de carátula número 442165, folio número 27022. En folio 8, con fecha 4 de septiembre de 2024, rola informe del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles. En folio 12, acompañó copia con vigencia de inscripción de fojas 4743, número 3022 del ano 2005, del Registro de Propied

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-165-2024 CARATULADO : MORALES/ Los Angeles, veinte de enero de dos mil veinticinco VISTO S : Que, en folio 1, con fecha 26 de julio de 2024, se presenta don Genaro Alfonso Morales Alveal, chileno, profesor, divorciado, cédula nacional de identidad número 6.978.914-5, domiciliado en Los Jazmines N° 91, Comun

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