1º Juzgado de Letras de Melipilla

SEPÚLVEDA/

Rol

V-139-2023

Fecha

20 de enero de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que comparece con fecha 30 de mayo de 2023, do añ MAR A ORFELINA SEP LVEDA MAUL NÍ Ú É , chilena, soltera, empleada, c dula nacional de identidad N 8.916.575-K, domiciliada ené ° Baquedano N 11, Codigua, comuna de Melipilla y expone: ° Que de conformidad a lo dispuesto en el art culo 254 y siguientes delí C digo Civil, viene en solicitar autorizaci n para enajenar los derechosó ó hereditarios que a su pupilo don Juan Carlos Sep lveda Maul nú é , chileno, soltero, sin profesi n, cedula nacional de identidad N 11.199.617-2, mayoró ° de edad, de su mismo domicilio, le pertenecen en el bien ra z que seí individualizar .-á Funda su solicitud en que don Juan Carlos Sep lveda Maul n, enú é conjunto con sus hermanos los se ores Celia de las Mercedes, Manuel Jes s,ñ ú Sonia Beatriz, Nelly del Pilar, Mar a Orfelina y Rosa Amelia, todosí Sep lveda Maul n son comuneros en las siguientes herencias:ú é a) Como hijo, en la herencia intestada quedada al fallecimiento de su padre don Juan Alberto Sep lveda, c dula nacional de identidadú é N 4.835.282-0, hecho acaecido el d a 17 de febrero de 1978. La posesi n° í ó efectiva de los bienes fue concedida por resoluci n exenta dictada por eló Director Regional Metropolitano del Servicio del Registro Civil n meroú diecinueve nueve mil novecientos noventa y ocho, de fecha 31 de marzo de 2016, la cual se inscribi en el registro nacional de posesiones efectivas deló mismo ente p blico bajo el numero veinte mil setecientos tres del a o dosú ñ mil diecis is.- é b) Como hijo, en la herencia intestada quedada al fallecimiento de su madre do a Mar a del Tr nsito Maul n Padilla, c dula nacional deñ í á é é Código: YEVUXSDPXJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 identidad N 2.735.128-K, hecho acaecido el d a diecinueve de julio de° í 1996. La posesi n efectiva de los bienes fue concedida por resoluci n exentaó ó dictada por el Director Regional Metropo

Fundamentos

considerando los derechos de un 20% del pupilo, este acceder a, a los $10.000.000 propuestos en al solicitud.í Código: YEVUXSDPXJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 SEXTO: Que, asimismo, se ha acreditado que el terreno tiene la categor a de sito eriazo y que tiene beneficio alguno actual para el pupilo yí que los ingresos de los interesados no son suficientes para afrontar la enfermedad del interdicto, por lo que est acreditada la utilidad de la venta.á S PTIMOÉ : Que, atendido el m rito de los antecedentes que obrané en autos, junto a la informaci n sumaria de testigos rendida e informe deló se or Defensor P blico y por ltimo encontr ndose acreditada la utilidad yñ ú ú á necesidad de la venta del inmueble, se acoger la solicitud de autos,á autorizando la enajenaci n de aquel bien.-ó Y visto adem s lo dispuesto en los art culos 393 del C digo Civil,á í ó 1563 del C digo Org nico de Tribunales y 891 y siguientes del C digo deó á ó Procedimiento Civil,

Fallo

SE DECLARA: Que, SE CONCEDE autorizaci n para enajenar los derechos que eló pupilo don Juan Carlos Sep lveda Maul n tenga sobre el inmuebleú é denominado Sitio n mero catorce, del predio denominado "Las Acacias deú Codigua", que tiene una superficie aproximada de cinco mil diecis is metrosé cuadrados y los siguientes deslindes: Norte: con caser os de Codigua y sitiosí n meros doce y trece; Oriente: en parte con sitios n meros doce y trece yú ú en parte con camino que lo separa del caser o de Codigua; Sur: con caminoí interior que lo separa el caser o de Codigua, y Poniente: con caser o deí í Codigua.- Las inscripciones especiales de herencia en el cual consta el dominio de ste rolan inscritas a fojas mil trescientos setenta y nueve vuelta, n meroé ú dos mil quinientos treinta y cuatro, del a o dos mil diecis is, fojas milñ é seiscientos quince, n mero tres mil treinta y dos fojas, del a o dos milú ñ diecisiete y fojas mil setecientos ocho, n mero tres mil ciento cincuenta yú uno, del a o dos mil veintid s, todas, del Registro de Propiedad delñ ó Conservador de Bienes Ra ces de Melipilla.- í Rol de aval o 2019-167 deú Melipilla. – Dicha propiedad debe enajenarse en una suma no inferior a $10.000.000. La autorizaci n se confiere por el plazo de ó seis meses contado desde la presente sentencia y la enajenaci n deber efectuarse en p blica subasta,ó á ú debiendo el peticionario acompa ar a los autos las bases del respectivoñ Código: YEVUXSDPXJX Este documento tiene firma electrón

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 26 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : V-139-2023 CARATULADO : SEP LVEDA/Ú Melipilla, veinte de enero de dos mil veinticinco.- VISTOS: PRIMERO: Que comparece con fecha 30 de mayo de 2023, do añ MAR A ORFELINA SEP LVEDA MAUL NÍ Ú É , chilena, soltera, empleada, c dula nacional de identidad N 8.916.575-K, domiciliada ené ° B

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