FISCO DE CHILE- C.D.E/ AGRICOLA LOS LILENES SA
Rol
C-1178-2023
Fecha
20 de enero de 2025
Materia
EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En lo principal de folio N 1, comparece don Michael Wilkendorf° Simpfendorfer, Abogado Procurador Fiscal de Valpara so, por el Fisco deí Chile, corporaci n de derecho p blico, ó ú quien deduce reclamaci n de montoó de indemnizaci n por expropiaci n en contra de Agr cola Los Lilenes S.A.,ó ó í sociedad del giro de su denominaci n, representada por don Carlos Josó é Gonz lez Larra n, agricultor, y don Juan Carlos Gonz lez Pellegrini,á í á empresario. En el folio N ° 15, se notifica la demanda a la parte demandada. En el folio N ° 16, la demandada contesta el reclamo deducido. En el folio N 19, se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que° é consta en autos. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LAS TACHAS: PRIMERO: Que, en el folio N 98, la demandada formula tacha al° testigo de la demandante, don Ricardo Antonio Strickler Arellano, en virtud de lo dispuesto en el art culo 358, N 4, N 5 y N 6 del C digo deí ° ° ° ó Procedimiento Civil. Respecto de los numerales 4 y 5, el testigo ha se aladoñ en su respuestas que ha prestado servicios como perito tasador en varias oportunidades, no recuerda cu ntas, en materia de expropiaci n para elá ó Fisco. Se ala adem s haber recibido pago de honorarios por tales peritajes añ á los que ha hecho referencia, raz n por la cual se configuran los supuestosó contenidos en los numerales 4 y 5, respecto de la dependencia del testigo con la parte que lo presenta; dependencia que no guarda relaci n con unó contrato de trabajo, sino de la realizaci n de peritajes de tasaci n contra eló ó pago de honorarios. Respecto del numeral 6, conforme a las respuestas dadas por el testigo, se dan los presupuestos contenidos en dicho numeral, en cuanto a que carece de la imparcialidad necesaria para declarar en juicio por tener en ste un inter s directo o indirecto. Esto por cuanto se ala seré é ñ nombrado perito tasador en diversas ocasiones, realizando peritajes o informes periciales a cambio de pago de honorarios, por lo tanto, claramente tiene un inter s en el resultado de este juicio, ya que, de sué resultado, y de lo que diga en su declaraci n, puede depender suó nombramiento en otros juicios de expropiaci n como perito tasador.ó SEGUNDO: Que, evacuando el traslado, la demandante solicita el rechazo de la tacha deducida, toda vez que no se configuran las causales del art culo 358 del C digo de Procedimiento Civil invocadas. El testigo no esí ó funcionario fiscal, por lo cual no mantiene una relaci n laboral ni deó subordinaci n o dependencia con el Fisco, lo cual no satisface de maneraó alguna lo exigido tanto por la causal N 4 como N 5, invocadas por la° ° Código: SXHUXSEBKGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl parte reclamada, ya que el testigo desarrolla libremente el ejercicio de su profesi n. Las razones expuestas sustentan tambi n el rechazo a laó é inhabilidad contemplada en el numeral 6 del citado art culo, dado que laí falta de imparcialidad necesaria de los testigos por tener en el pleito un inter s directo o indirecto, debe referirse a un inter s de car cter pecuniario,é é á lo cual ha sido sostenido por la jurisprudencia y la doctrina. Conforme a ello, no basta para configurar la se alada inhabilidad la mera expectativañ que pueda tener respecto del resultado del juicio. TERCERO: Que, la forma en que el testigo se ala haber prestadoñ sus servicios profesionales no se condicen el supuesto de hecho de las causales de los n meros 4 y 5 del art culo 358 del C digo de Procedimientoú í ó Civil, pues no supone v nculo de subordinaci n y, o dependencia, motivoí ó por el cual se desestimar n estas alegaciones. En relaci n a
Fallo
por tanto, claramente tiene un inter s en el resultado del juicio, ya que de ste, y de lo que se ale en sué é ñ declaraci n, puede depender su futuro nombramiento en otros juicios deó expropiaci n como perito a favor del CDE. Hace presente adem s que haó á se alado haber sido informado de esta causa v a correo electr nico,ñ í ó entreg ndosele el informe de la comisi n de peritos y dem s antecedentesá ó á del juicio para que los estudiara, lo que fue remitido por sus propios dichos hace 2 o 3 semanas. Es decir, el testigo ha sido preparado para esta declaraci n con posterioridad a su designaci n como testigo, es decir, eló ó CDE lo incorpora en su lista de testigos y mucho tiempo despu s le remiteé los antecedentes, lo que claramente revela que existe una relaci n directa eó interesada de parte del testigo con la parte que lo presenta. Código: SXHUXSEBKGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que, evacuando el traslado, la demandante solicita el rechazo de la tacha deducida, toda vez que no se configuran las causales del art culo 358 del C digo de Procedimiento Civil invocadas. El testigo no esí ó funcionario fiscal, por lo cual no mantiene una relaci n laboral ni deó subordinaci n o dependencia con el Fisco, lo cual no satisface de maneraó alguna los presupuestos exigidos por las causales de los numerales 4 y 5, invocados por la parte reclamada, ya que el testigo desarrolla libremente el ejercicio de su
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-1178-2023 (V-144-2022). CARATULADO : FISCO DE CHILE-C.D.E./ AGR COLA LOS LILENESÍ S.A. MATERIA : RECLAMACI N EXPROPIACI N D.L 2186.Ó Ó Valpara so, veinte de enero de dos mil veinticinco.í VISTO: En lo principal de folio N 1, comparece don Michael Wilkendorf° Simpfendorfer, Abogado Procurador Fiscal de Valpa
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