Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia

TOLEDO/CORPORACIÓN EDUCACIONAL ECOLÓGICA SAN FELIPE

Rol

O-117-2024

Fecha

27 de diciembre de 2024

Materia

Despido indirecto, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia preparatoria en procedimiento de aplicación general en los antecedentes Rit Nº O-117-2024, compareciendo doña Paola Ximena Peña Marín, abogada, en representación de doña MARCELA ANTONIETA TOLEDO AGUILERA, profesora, domiciliada en Sotomayor N° 1126 de esta ciudad, legalmente asistido por la misma letrada y las demandada CORPORACIÓN EDUCACIONAL ECOLÓGICA SAN FELIPE, representada legalmente por doña Darling Maudelina Hualme Reyes, ambas con domicilio en Avenida Ramón Picarte 2805 de esta comuna, asistida en juicio por el abogado don Cristian Gonzalo Martínez Pardo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció doña Paola Ximena Peña Marín, abogada, en representación de doña Marcela Antonieta Toledo Aguilera, quien interpuso demanda en procedimiento de aplicación general despido indirecto y cobro de prestaciones laborales en contra de Corporación Educacional Ecológica San Felipe, representada legalmente por doña Darling Maudelina Hualme Reyes, solicitando declarar que el autodespido se ajusta a derecho, por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y vulneración de derechos fundamentales del trabajador, así como las indemnizaciones que en derecho proceden, con los aumentos, reajustes, intereses, estableciendo y ordenando en definitiva el pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1- Indemnización sustitutiva del aviso previo por un monto de $1.645.757. 2- Indemnización por años de servicios desde el 2 de agosto de 2018 al 1 de marzo de 2024, esto es por 6 años de servicios por un monto de $ 9.874.542.- 3- Aumento de un 80% de la indemnización por años de servicios por un monto de $ 7.899.633.- o lo que se determine. 4- Indemnización por vulneración de derechos fundamentales, 11 remuneraciones por un monto de $ 18.103.327.- o lo que se determine. 5- Reajuste e intereses y Costas. Indica que su representada, doña Marcela Antonieta Toledo Aguilera, profesora, ingreso a trabajar para la demandada, con fecha 2 de agosto de 2018, para desempeñarse en el colegio de enseñanza básica denominado Colegio Ecológico San Felipe como Encargada de la Unidad Técnico-Pedagógica. Agrega que posteriormente el año 2022 asumió como directora del establecimiento, labor que mantuvo hasta la fecha de su autodespido. Narra que desde que doña Marcela asumió como directora fue víctima de permanentes hostigamientos de parte de Doña Maudelina Reyes, quien cumple funciones administrativas en el establecimiento, pues es la madre de la representante legal. Estos hostigamientos generaron un maltrato permanente hacia su persona, los cuales se fundan en las siguientes conductas: a) Se le realizaron acusaciones respecto de ser causante de acciones de incumplimientos de profesores, exponiendo brutalmente su historial médico, que es privado y que hizo sentir discriminada, vulnerada, humillada e imposibilitada de defenderse. Esto se constituyó en una tortura constante, pues se realizaron juicios permanentes respecto de su persona que eran instigados por doña Maudelina Reyes. b) Se le restringía la posibilidad de desarrollar su labor de directora del establecimiento con el despliegue debido, pues la Sra. Reyes le imposibilitaba incluso realizar los Consejos de Profesores y Profesoras para evitar que se expresaran consultas y reclamos a los sostenedores del establecimiento y posteriormente se le adjudicaba la responsabilidad de no querer hacer consejo de profesores. c) Los requerimientos que expresaba a los sostenedores del establecimiento a través de Doña Maudelina nunca fueron acogidos ni eran escuchados, lo que imposib

Fallo

por tanto procede que el tribunal ordene el pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones que enderecho corresponden, al siguiente tenor: monto de ultima liquidación de sueldo febrero 2024: $1.645.757.- a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por un monto de $1.645.757. b) Indemnización por años de servicios desde el 2 de agosto de 2018 al 1 de marzo de 2024, esto es por 6 años de servicios por un monto de $ 9.874.542.- c) Aumento de un 80% de la indemnización por años de servicios por un monto de $ 7.899.633.- o lo que se determine. d) Indemnización por vulneración de derechos fundamentales, 11 remuneraciones por un monto de $ 18.103.327.- o lo que se determine. e) Reajuste e intereses y Costas. SEGUNDO: Que don Álvaro Barra Tejeda, abogado, en representación de la demandada Corporación Educacional Ecológica San Felipe, solicita tener por contestada la demanda y en virtud de los argumentos que expone, rechazarla en todas sus partes, con expresa condenación en costas. Indica que la demandante, doña Marcela Antonieta Toledo Aguilera, prestó funciones como directora del Colegio Ecológico San Felipe de Valdivia, en virtud de un contrato previo firmado a plazo fijo, entre 01 de marzo de 2022 y el 28 de febrero de 2023; periodo al final del cual, se puso a término a su contrato, firmando el respectivo finiquito, prestando la trabajadora su total conformidad y, el más absoluto y total finiquito a la relación laboral previa convenida entre las partes. Añade que e

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Valdivia, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia preparatoria en procedimiento de aplicación general en los antecedentes Rit Nº O-117-2024, compareciendo doña Paola Ximena Peña Marín, abogada, en representación de doña MARCELA ANTONIETA TOLEDO AGUILERA, profesora, domiciliada en Sotomayor N° 1126 de esta ciudad, legalmente asis

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