1º Juzgado de Letras de Los Andes

GONZÁLEZ/H.O.A. SERVICIOS SPA

Rol

O-79-2023

Fecha

27 de diciembre de 2024

Materia

Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, a folio 1 y rectificada a folio 16, comparecen Luis Cristopher Gómez Carvacho, RUT N°16306579-7, trabajador dependiente, domiciliado en Valle Alegre N°151, Comuna de Calle Larga; y Alejandro Rodolfo González Morales, RUT N°16.305.722-0, trabajador dependiente, domiciliado en Río Mataquito Nº206, Comuna de Los Andes; interponiendo demanda por nulidad de despido y cobro de prestaciones en procedimiento de aplicación general en contra de su ex empleador H.O.A. SERVICIOS SpA., RUT N°76.736.162-9, con casa matriz en Área Codelco Andina, Comuna de Los Andes, representada legalmente por Javier Hidalgo Ortega, con domicilio en Hacienda Chacabuco, parcela C-64, Comuna de Colina; contra la empresa B. BOSCH S.A. RUT N°84.716.400-K, representada por Ximena Angelica Muller Rodríguez, con domicilio en Américo Vespucio N°2150, Quilicura; y contra la empresa Codelco Chile - División Andina, RUT N°61.704.000-K, representada legalmente por Máximo Pacheco Matte, con domicilio en Huérfanos N°1270, Santiago; estas últimas demandadas en su calidad de solidariamente responsables de las obligaciones laborales y previsionales de dar que correspondan a la primera, en virtud de lo que dispone el artículo 183-B del Código del Trabajo. Se deja constancia que, en su oportunidad, la demanda se dirigió también contra la empresa Schwager Energy S.A., RUT N°96.766.600-9, representada legalmente por Álex Acosta Maluenda, ambos con domicilio en Avenida del Parque 4680-A of.301-302 de ciudad Empresarial, Huechuraba, Santiago; sin embargo, la parte demandante se desistió de la demanda en su contra, incidente que fue acogido por el tribunal mediante resolución firme. En síntesis, la demanda se funda en los siguientes antecedentes: Duración de relación laboral: La relación por cada uno de los demandantes es la siguiente: a. Luis Gomez Carvacho: Inicio 26 de mayo de 2020, término 30 de mayo de 2023. b. Alejandro González Morales: Inicio 15 de diciembre de 2020, término 30 de abril de 2023. c. En cada una de las relaciones laborales, no se formalizó el término de contrato de trabajo, no existiendo finiquito suscrito a la fecha por ninguno de los trabajadores. 2. El trabajo convenido por ambos trabajadores fue el de chofer para transportar personal de la empresa Bbosch, como posteriormente Schwager Energy S.A., quienes a su vez prestaban servicios para Codelco Andina. 3. Los servicios fueron prestados en dependencias de la demandada principal, comuna de Los Andes, pero que constaba de un recorrido que incluía las localidades de San Esteban, San Felipe, Los Andes y Saladillo. 4. La jornada de trabajo es excepcional en un turno de 7x7 días de trabajo y descanso, alternados desde martes a martes en turnos de 12 horas desde las 08 hasta las 20 hrs. 5. Remuneración de cada trabajador a la fecha de terminación de la relación laboral: a. Luis Gomez Carvacho: promedio remuneración imponible de últimos 3 meses trabajados $1.023.278. b. Alejandro González Morale

Fallo

por tanto nulo el despido por no pago de cotizaciones previsionales y condenando a las demandadas al pago de las remuneraciones adeudadas entre la fecha del término de la relación laboral y la comunicación que dé cuenta del pago de las cotizaciones informadas como no pagadas, más intereses y reajustes, con costas. En la audiencia preparatoria se acogió una excepción de ineptitud del libelo opuesta por la demandada Codelco División Andina, por lo que el apoderado de la parte demandante corrigió la demanda, señalando que los demandantes durante toda la relación laboral que tuvieron con la demandada principal, prestaron servicios de traslado de personal de cada una de las empresas contratistas para trasladarlos a las faenas de Codelco Andina que se encuentra ubicada en Saladillo, por tanto, están acreditados como trabajadores para entrar a dependencias de Andina durante todo el tiempo de trabajo bajo subordinación y dependencia de H.O.A. Servicios SpA., en virtud de esto el tiempo durante el cual los demandantes prestaron servicios de forma indirecta para la empresa principal fue durante todo el tiempo de la relación laboral, puesto que el traslado de personal en su momento de BBosch S.A. y después de Schwager S.A., fue para trasladar al personal de estos a la faena de Codelco Andina que se encuentra en Saladillo, Comuna de Los Andes. En cuanto a la faena, no tienen la claridad suficiente en cuanto al lugar en específico, puesto que la información que trataron de solicitar los

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Tribunal: Primer Juzgado de Letras de Los Andes. Procedimiento: Aplicación general. Materia: Nulidad del despido. Subcontratación. Carátula: “GONZÁLEZ/H.O.A. SERVICIOS”. RIT: . RUC: 23- 4-0533680-4. Los Andes, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: Primero: Que, a folio 1 y rectificada a folio 16, comparecen Luis Cristopher Gómez Carvacho, RUT N°16306579-7, t

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