1º Juzgado Civil de Puente Alto

MOLINOS IDEAL S.A.C./

Rol

V-416-2024

Fecha

28 de enero de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y derecho que expone: LOS HECHOS: Señala que, con fecha 28 de mayo de 2024, mediante correo electrónico que se acompaña en un otrosí, el Conservador De Bienes Raíces de Puente Alto le notificó que se negó definitivamente a inscribir la carátula N°11650104, en el punto únicamente, pues el punto 1 fue acogido, declarando lo siguiente: “2.- Respecto al complemento de 8 de mayo de 2024, no ha lugar por cuanto el mandato no es suficiente para aumentar la cosa vendida y uno de los cedentes está fallecido a esa fecha” de lo que se estaría dando por el referido ente registral una interpretación errónea, pues no se estaría aumentando la cosa vendida y el hecho del fallecimiento de uno de los cedentes no implicaría la invalidez de la complementación efectuada. Explica que su representada es dueña de derechos en el inmueble ubicado en Puente Alto, Provincia Cordillera, formado por el predio denominado el Molino, ubicado en calle Concha y Toro N°1.441, que según su título deslinda: AL NORTE, en ciento tres metros setenta y cinco centímetros con Fundo Las Rosas de don Ignacio Valdés Ortúzar; AL SUR, Chacra el Carmen, en igual dimensión; AL ORIENTE, camino de Puente Alto, en sesenta y cuatro metros cincuenta centímetros ; y, AL PONIENTE, igual dimensión, con fundo Las Rosas de don Ignacio Valdés Ortúzar. Adquirió dichos derechos por cesión que le hiciera doña Sofia Julia, doña María Cecilia, don José Código: EXCPXSMLJBM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Darío, don Carlos Eduardo, don Gustavo y don Cristian, todos de apellidos Pavez Rodríguez que consta de escritura pública de cesión de derechos y mandato de fecha 24 de noviembre de 1997, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, la cual se inscribió a fojas 7.041 vuelta N°9.935 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1997. Rol 2650-2. Hoy calle Concha y Toro N°2980, comuna de Puent

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, rectificado a folio 3 y 6 comparece don Cristián Rodríguez Cuevas, abogado, en representación convencional de MOLINOS IDEAL S.A.C., quien solicita al Tribunal se proceda a ordenar al Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, proceder a la cancelación de la inscripción de fojas 149 N°132 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1970, por haberse transferido dichos derechos en virtud de la inscripción de fojas 7.041 vuelta N°9.935 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1997; fundado en los argumentos esgrimidos en la parte expositiva. SEGUNDO: Que a folio 8 se encuentra evacuado el informe del Conservador de Bienes Raíces de Puente alto, quien sobre el particular informa lo siguiente: Con fecha 27 de mayo de 2024, se requirió las inscripciones a que diera lugar la escritura pública de complementación de cesión de derechos suscrita entre la solicitante de autos y doña Sofia Julia, doña María Cecilia, don José Darío, don Carlos Eduardo, don Gustavo y don Cristian, todos de apellidos Pavez Rodríguez, la que fue objeto de reparo para su inscripción por cuanto el mandato no es suficiente para aumentar la cosa vendida y uno de los cedentes está fallecido a esa fecha. A su respecto refiere que en virtud del mandato que se le confirió la parte cesionaria, en la calidad que comparece, complementó la escritura señalando que la parte cedente también es dueña de derechos en el inmueble objeto de la escritura por haber adquirido por la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Darío Pavez Romero, cuya inscripción especial de herencia no fue citada en la escritura de cesión de derechos primitiva. Refiere además que el agregar otra inscripción aumenta la cosa vendida. Código: EXCPXSMLJBM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que a fin de acreditar su aserto, el solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Copia de escritura pública de cesión de derechos y mandato de fecha 24 de noviembre de 1997, otorgada por Molinos Ideal S.A.C. y Sofía Julia Pavez Rodríguez y otros, en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot 2) Copia de inscripción de fojas 7.041 vuelta N°9.935 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1997 3) Copia de inscripción de fojas 149 N°132 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1970 4) Copia de escritura pública de Complementación de Cesión de Derechos de fecha 08 de mayo del año 2024, otorgada por Molinos Ideal S.A.C. por sí y en representación de Sofía Julia Pavez Rodríguez y otros, en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien. 5) Copia de ingreso Carátula N°11650104 y de su rechazo por parte del Conservador de Bienes Raices de Puente Alto. CUARTO: Que, el artículo 13 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces dispone que “El

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la solicitud de folio 1, rectificado a folio 3 y 6 comparece don Cristián Rodríguez Cuevas, abogado en representación convencional de MOLINOS IDEAL S.A.C., y en consecuencia, se ordena al Señor Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto proceder a la cancelación de la inscripción de fojas 149 N°132 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1970, por haberse transferido dichos derechos en virtud de la inscripción de fojas 7.041 vuelta N°9.935 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1997. II.- NOTIFÍQUESE al Sr. Conservador de Bienes Raíces, a través de Receptor Judicial. NOTIFIQUESE, REGISTRESE, ARCHIVESE, en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA CLAUDIA PARGA RÍOS, JUEZA SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, veintiocho de enero de dos mil veinticinco. Código: EXCPXSMLJBM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EXCPXSMLJBM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-28T13:27:10-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Puente Alto CAUSA ROL : V-416-2024 CARATULADO : MOLINOS IDEAL S.A.C./ Puente Alto, veintiocho de enero de dos mil veinticinco VISTOS; Que, a folio 1, rectificado a folio 3 y 6 comparece don Cristián Rodríguez Cuevas, abogado, en representación convencional de MOLINOS IDEAL S.A.C., sociedad del giro de su denominación, Rut N°91.265.000-6

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