FAÚNDEZ/
Rol
V-180-2024
Fecha
17 de enero de 2025
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En el folio 1, don Juan Osvaldo Faúndez Vallejos, abogado, domiciliado en calle Carampangue N°330, Departamento 802, comuna de Valdivia, solicitó se le autorice a donar, en forma irrevocable, gratuita y por mera liberalidad, la suma de $70.000.000 (setenta millones de pesos) a su hija Marta Alicia Bernardita Faundez Valenzuela, cédula de identidad N° 6.656.484-3, domiciliada en calle Carampangue Nº 330, Departamento 802, comuna de Valdivia. Agregó que, él y su hija Marta Alicia Bernardita Faúndez Valenzuela, son mayores de edad, como así consta en los certificados de nacimiento que acompañó, en consecuencia, son plenamente capaces y libres administradores de sus bienes, y no han sido declarados inhábiles, de conformidad a lo establecido en los artículos 1.387, 1.388 y 1.389 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a la cosa o cantidad que se trata de donar, señalaron que pretende donar la suma total de $70.000.000 (setenta millones de pesos), y realizar la donación a su hija por mera liberalidad, de forma gratuita e irrevocable. Finalmente señaló que, dispone de bienes suficientes para llevar a cabo la donación objeto de estos autos, sin afectar su subsistencia, ni generarle ningún tipo de detrimento económico significativo en su patrimonio. Que mediante documentos e información sumaria de testigos se acreditará que tiene bienes suficientes y solvencia para realizar la donación que pretende. Asimismo, no tiene cargas familiares, ya que es viudo, y además su hija es adulta, capaz de mantenerse y de subsistir de forma independiente con sus actividades profesionales. De los antecedentes expuestos y cumpliéndose los requisitos legales para que sea procedente la donación, solicitó dar curso a la solicitud y en definitiva autorizarla bajo los términos señalados. En el folio 14, quedaron los autos para fallo. Y teniendo en consideración: PRIMERO: Con relación a la solicitud de autorización para donar, se acompañaron por el compareciente los siguientes antec
Fundamentos
considerando que antecede y a la luz de la documentación acompañada, resulta probado que don Juan Osvaldo Faundez Vallejos es viudo y que, de sus tres hijos nacidos, dos han fallecido, y la tercera, su hija Marta Alicia Bernardita Faúndez Valenzuela, es precisamente la futura donataria. Asimismo, se ha acreditado que es titular de un patrimonio importante que contiene bienes raíces, además del dinero que pretende donar. QUINTO: La ley permite que solo se pueda disponer de un cuarto de la masa hereditaria libremente, la cuarta de libre disposición, y que solo otro cuarto puede ser destinado a mejorar a ciertos herederos, la cuarta de mejoras, luego la Código: JSZSXSXMQMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl donación está sujeta a estas mismas restricciones con el objetivo de no defraudar a los herederos. He ahí el motivo por el cual, Andrés Bello, al redactar el Código Civil, estableció que las donaciones hechas por montos superiores a dos centavos debían tener previamente la autorización del juez civil, a través de la insinuación, para que este velara por el respeto de las cuotas hereditarias. Se entiende cumplido lo anterior, pues lo que se pretende donar no supera el 25% del patrimonio (equivalente al cuarto de libre disposición), del que se ha dado cuenta en esta gestión. En efecto, en el patrimonio del señor Faundez, que se ha probado en esta causa, se han referido dos bienes raíces, además del dinero señalado para ser donado, esto es $70.000.000.-, considerando que el avalúo fiscal de un bien raíz suele ser equivalente a una tercera parte del avalúo comercial, esto es para el rol N° 1041-178 la suma de $594.483.828 y para el rol N° 1101-289 la suma de $74.128.536, más la suma que se pretende donar, sería un total de $738.612.364.- , se puede deducir que lo que se desea donar a su única hija viva, no supera la cuarta parte de sus bienes, la cual correspondería aproximadamente a la suma de $184.653.091.-. SEXTO: Finalmente se ha acreditado, con el certificado del Servicio de Impuestos Internos, el pago del impuesto a la donación, conforme se lee del folio 11. Así las cosas, se dará lugar a lo pedido según se dirá a continuación. Y vistos lo dispuesto en los artículos 1386 y 1401 del Código Civil; y 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara: Que se concede la autorización solicitada por don Juan Osvaldo Faúndez Vallejos, para donar, en forma irrevocable, gratuita y por mera liberalidad, la suma de $70.000.000.- (setenta millones de pesos) a su hija Marta Alicia Bernardita Faundez Valenzuela. Regístrese y notifíquese por correo electrónico. Rol V-180-2024. Dictada por Marcela Alejandra Robles Sanguinetti, Jueza Titular del Segundo Juzgado Civil de Valdivia. Código: JSZSXSXMQMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valdivia, diecisiete de enero de dos mil veinticinco Código: JSZSXSXMQMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-17T16:18:36-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : V-180-2024 CARATULADO : FAÚNDEZ/ Valdivia, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos: En el folio 1, don Juan Osvaldo Faúndez Vallejos, abogado, domiciliado en calle Carampangue N°330, Departamento 802, comuna de Valdivia, solicitó se le autorice a donar, en forma irrevocable, gratuita y por mera liberalid
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