1º Juzgado de Letras de Rengo

DON GANADERO SPA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE RENGO

Rol

I-27-2024

Fecha

27 de diciembre de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS OIDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa RIT N° I-27-2024, se presentó Javier Zapata Vergara, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número 10.776.790-8, mandatario judicial, según se acreditará de Sociedad DON GANADERO SPA, sociedad del giro de carnicería,, rol único tributario número 76.146.262-8, domiciliada para estos efectos en SAN MARTIN 127 Comuna de Rengo, quien interpuso Reclamo Judicial en procedimiento de aplicación general, en contra de la Jefe de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DEL TRABAJO DE RENGO, doña Gabriela Gregoria Miranda Quinteros, siendo el acto reclamado la Resolución N°0997/24/40, de fecha 31 de Julio de 2024, cursada por la Inspección Comunal de Rengo, solicitando desde ya que se deje sin efecto la multa impuesta, en subsidio, rebajar las multas al mínimo legal o rebajarla al monto que se determine conforme al mérito de autos, todo lo anterior con expresa condena en costas, en virtud de las consideraciones de hecho y de Derecho que expuso. En cuanto a los antecedentes de la multa señaló que el día 24 de Julio, a las 11:40 hrs se da inicio a proceso de fiscalización. Ese día concurre a las dependencias del local comercial de su representada un fiscalizador de la Inspección del trabajo de Rengo quien se individualiza como Ariel Gallardo, quien indica que da inicio a proceso de fiscalización normal. Luego, sin levantar acta alguna, el fiscalizador se retira del local, es decir, el fiscalizador no levanta cargos ni realiza observaciones por escrito, pese a lo cual el jefe de local tomó las medidas sugeridas por el fiscalizador y procede en forma inmediata a corregir las observaciones planteadas. 1) Respecto del Cargo nº 1, esto es, No tomar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de los trabajadores, ello debido a camino hacia guardarropía cubierto por una especie de cubre piso despegado, con supuesto riesgo de caída a distinto nivel. Niegan absolutamente esta imputación, su representada protege adecuadamente la vida y salud de sus trabajadores, en la especie, la resolución de la fiscalización realizada por don Ariel Gallardo, indica que habría riesgo de caídas a mismo nivel y a distinto nivel, lo que es imposible. En la especie, una punta del cubrepiso se encontraba efectivamente despegada, pero ello en la junta de la pared, es decir, resultaba imposible que dicho “deterioro” pudiera generar caídas de una persona y, además, al momento de la fiscalización fue cambiado el cubrepiso en forma inmediata.

Fallo

Por tanto, de acuerdo a lo indicado, su parte estima que no existe infracción a las normas pretendidas aplicar en la fiscalización, por lo que solicitará se exima a su representada de este cargo. Respecto del Cargo nº 2, esto es, No proteger las partes móviles transmisiones y puntos de operación de las máquina cortadora de Huesos, refirió que no es efectivo que no se protejan las partes móviles, transmisiones o puntos de operación de la máquina cortadora de huesos.- Tampoco existe una exposición de hechos constatados que pudieran orientarnos. Luego en el local hay una sola máquina cortadora de Huesos y como SS podrá apreciar, en las fotos que se acompañan, el hecho supuestamente constatado (suponemos que se trata de eso) y corregido en forma inmediata, se podría tratar de una correa que no se encontraba debidamente cubierta, ahora bien, ella no es una parte móvil (no se puede remover), tampoco comprende a una parte de transmisión de la máquina ni tampoco comprende el campo de operación, sino que se trata de una etapa accesoria de la máquina que no dice relación con los hechos sancionados. Respecto del Cargo nº 3, esto es, no proteger las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo, de acuerdo con las normas establecidas al no acreditar el cumplimiento con certificados correspondientes: SS, el fiscalizador jamás solicitó certificado alguno. Respecto del Cargo nº 4, no proporcionar elementos de protección personal, de trabajadores Alan Ahumada, Francisco Carrasco, Cri

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Rengo, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro SENTENCIA MATERIA: RECLAMACION MULTA ADMINISTRATIVA RECLAMANTE: DON GANADERO SPA. RECLAMADO: INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DEL TRABAJO DE RENGO RIT I-27-2024 VISTOS OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa RIT N° I-27-2024, se presentó Javier Zapata Vergara, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número 10.776.790-8, mandatario ju

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