VILLALOBOS/
Rol
V-204-2024
Fecha
16 de enero de 2025
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: De la solicitud de cambio de nombre. En lo principal de la presentación de 3 de septiembre de 2024, que se lee en el folio 1, compareció doña María Loreto Alarcón Herrera, técnico en enfermería, chilena, casada, cédula nacional de identidad número 13.837.945-0 y don Luis Miguel Villalobos Suazo, empleado, casado, chileno, cédula nacional de identidad número 14.338.580-9, ambos domiciliados en Avenida Libertad 919, departamento 44, comuna de Viña del Mar, en representación de su hija doña Constanza Belén Villalobos Alarcón, cédula nacional de identidad 23.243.264-0, quienes de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 17.344, solicitaron la modificación de la partida de nacimiento de su hija, en el sentido de que pase a llamarse “Belén Constanza Villalobos Alarcón”, en razón de los siguientes argumentos de hecho y fundamentos de Derecho que se pasan a exponer. Aseveraron, que su hija siempre se ha identificado con el nombre Belén, no ocupa el de Constanza, y así es conocida desde siempre por su familia y amigos, incomodándole que la llamen como Constanza. Añadieron, que se cambió de colegio y la llaman como Constanza, siendo incómodo para ella, por lo que quiere hacer el cambio formal. Refirieron, que se cumple en la especie los requisitos establecidos por la Ley 17.344, esto es, artículo primero letra b): “Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios”.
Fallo
Por tanto, solicitaron se acoja la solicitud de cambio de nombres de su hija por los antecedentes que expusieron, es decir, modificar sus nombres “Constanza Belén”, reemplazándolos por “Belén Constanza”, quedando en definitiva su partida de nacimiento como “Belén Constanza Villalobos Alarcón”. Segundo: De los antecedentes fundantes de la solicitud deducida. Con la finalidad de acreditar los hechos fundantes de la solicitud, los solicitantes acompañaron, en folio 1, el Certificado de Nacimiento de Constanza Belén Villalobos Alarcón, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Tercero: De la información sumaria de testigos. Código: VUXNXSEXGSG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Conforme consta del acta que se lee en el folio 9 de esta carpeta electrónica, el 8 de octubre de 2024, se rindió la información sumaria de testigos, decretada mediante resolución de folio 3, individualizados como don Luis Orlando Manquelaf Bustos, chileno, contratista de la construcción independiente, cédula nacional de identidad número 15.819.845-2, domiciliado en Quetrupillan 1153, San Bernardo, Región Metropolitana; y don Rodrigo Hernán Mardones Abarzua, chileno, operador de grúa torres, cédula nacional de identidad número 14.470.107- 0, domiciliado en Albina Elguin 666, comuna El Bosque, Región Metropolitana; quienes legalmente juramentados declararon lo siguiente: El primer testigo declaró que conoce a to
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Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : V-204-2024 CARATULADO : VILLALOBOS/ Viña del Mar, dieciséis de enero de dos mil veinticinco. Visto y considerando: Primero: De la solicitud de cambio de nombre. En lo principal de la presentación de 3 de septiembre de 2024, que se lee en el folio 1, compareció doña María Loreto Alarcón
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