QUITO CON FS PAVIMENTOS PARA LA CONSTRUCCION E INMOBILIARIAS SPA.
Rol
O-663-2024
Fecha
24 de diciembre de 2024
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, comparece ARNALDO CRISTHIAN QUITO LAZO, Cedula de Identidad Nº26.051.171-8, peruano, domiciliado en Apolo XIII #1674, Cerro Navia, deduciendo demanda por despido injustificado, nulidad del despido y, cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de FS PAVIMENTOS PARA LA CONTRUCCION E INMOBILIARIAS SPA., sociedad del giro de su denominación, rol único tributario Nº77.785.443-7, representada por FELIPE ANDRES SALDIAS NARDI-MEDICI, Cédula de Identidad N°15.778.613-K, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Monjitas #550. Depto. Nº19, Santiago. Expone que el día 08 de septiembre de 2023, inició la relación laboral con la demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia, ejerciendo el cargo de “Instalador de Mármol”, debiendo ejercer funciones en la obra Colegio Médico, ubicado en Esmeralda #678, Santiago. La jornada Laboral, era de carácter ordinaria de 45 horas semanales distribuidas de lunes a viernes desde las 09:00 hasta la 19:00 horas, con una hora de colación, no imputable a la jornada de trabajo. En cuanto a su remuneración mensual, estaba compuesta por un sueldo base de $450.000.-, movilización de $20.000.- y, colación de $30.000.- más, un acuerdo alcanzado con el empleador de $450.000.- por la instalación de “antepechos”, sumando un total de $950.000 que, conforme lo prescrito en el artículo 172 del Código del Trabajo, el cual comprende toda cantidad que estuviere percibiendo el trabajador por la prestación de sus servicios al momento de terminar el contrato, incluidas las imposiciones y cotizaciones de previsión o seguridad social (equivalente a $190.0000), alcanza la suma total de $1.140.000 para todos los efectos legales. El contrato de Trabajo era con una duración por 1 mes a contar de la fecha del contrato, es decir, hasta el 08 de octubre de 2023. El día 05 de octubre de 2023, el ex empleador, el Sr. Felipe Saldias, le cita a su oficina y le señala “a partir de esta fecha estás desvinculado de
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 41 y siguientes, 44, 58, 162 y 453 y siguientes del Código del trabajo y 1698 del Código Civil, se resuelve: I.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda deducida. II.- Que no se condena en costas al actor, por estimar que litigó con motivo plausible. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RIT : O-663-2024 RUC : 24- 4-0546064-1 Pronunciada por ANDREA LEONOR SILVA AHUMADA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que, comparece ARNALDO CRISTHIAN QUITO LAZO, Cedula de Identidad Nº26.051.171-8, peruano, domiciliado en Apolo XIII #1674, Cerro Navia, deduciendo demanda por despido injustificado, nulidad del despido y, cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de FS PAVI
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