1º Juzgado de Letras de Coquimbo

CARVAJAL/

Rol

V-122-2023

Fecha

15 de enero de 2025

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ya descritos. Manifiesta que asimismo, se verifica la causal contemplada en el literal b) del mismo artículo, puesto que Derek ha sido conocido desde el año 2018 como Derek Carvajal Veas, tanto en el colegio al que asiste como ante toda persona, ya sea vecinos, amigos, profesores, compañeros de colegio y parientes, bajo el apellido ya indicado. Refiere que adicionalmente, cabe tener presente lo señalado en el artículo 26 de la Ley 21.430, el cual establece: “Derecho a la identidad. Todo niño, niña o adolescente tiene derecho, desde su nacimiento, a tener un nombre, una nacionalidad, una lengua de origen y a ser inscrito en el Servicio de Registro Civil e Identificación, sin dilación. Tendrá derecho a la nacionalidad chilena cuando corresponda, de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico nacional. Ningún niño, niña o adolescente será privado arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla. Las instituciones públicas y privadas estarán obligadas al reconocimiento y respeto de la identidad de los niños, niñas y adolescentes en conformidad con lo dispuesto precedentemente. Asimismo, tiene derecho a conocer la identidad de sus padres y/o madres, su origen biológico, a preservar sus relaciones familiares de conformidad con la ley, a conocer y ejercer la cultura de su lugar de origen y, en general, a preservar y desarrollar su propia identidad e idiosincrasia, incluida su identidad de género, conforme a la legislación vigente”. Código: TBSXXSSYUBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO Agrega que en este sentido, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en la causa Rol 1077-2022 ha señalado: “Quinto: Que, el nombre de las personas comprende, en un sentido amplio, además del nombre propio, los apellidos, y constituye un elemento de la personalidad que influye en cómo la persona se individualiza en la sociedad, y más específicamente, en gru

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: Señala que, tal como consta del certificado de nacimiento que acompaña en el primer otrosí de la presentación, el nombre de su hijo es Derek Alejandro Bravo Carvajal. Indica que, conforme acredita el mismo documento, el padre biológico de Derek es Joaquín Alejandro Bravo Torres, cédula de identidad número 20.007.153-0, desconociéndose su profesión u oficio y domicilio actuales, pues desde su nacimiento ha, sido un padre ausente en la vida de Derek. Sostiene que en este sentido, durante el año 2019, y para asegurar el adecuado bienestar de Derek, se realizaron una serie de mediaciones en las que se adoptaron acuerdos respecto de alimentos (M-675-2019) y régimen de visitas (M-733-2019). Sin embargo, luego de tres meses, el Código: TBSXXSSYUBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO padre biológico de Derek se negó a seguir pagando la pensión de alimentos, situación que se mantiene hasta el día de hoy. Expresa que de igual manera, si bien está regulado el régimen de visitas, el padre biológico de Derek nunca ha estado presente en sus cumpleaños; tampoco es participe de sus actividades cotidianas (actividades escolares, día del padre, día del niño, navidad, entre otras), y las pocas veces que él se presentaba era debido a que ella se lo exigía, y en general, cada vez que había que hacer alguna actividad relacionada a Derek, que siempre tiene excusas, e inclusive, cuando Derek ha estado enfermo. Expone que es por ello que, si bien Derek sabe que Joaquín es su progenitor, nunca pregunta por él y tampoco lo extraña porque para él no es una figura paterna. Manifiesta que por otra parte, en el año 2018, inició una relación amorosa con don Mario Ignacio Veas Contreras, quien desde un inicio se hizo cargo de Derek, entregándole afecto y cuidados, tomando así el rol paterno y con quien actualmente continúan conviviendo como familia sin interrupciones hasta la fecha. Refiere que a mayor abundamiento, desde el principio de la relación Mario ha querido a Derek y lo ha tratado como su hijo; que es más, Mario ha participado activamente en su crianza y aprendizaje, ha sido parte de todas sus actividades familiares, ha asistido a las actividades escolares de Derek, y siempre lo ha presentado a los demás como su hijo, e inclusive, Derek le ha reconocido como su papá. Agrega además que Derek mantiene una estrecha relación con sus primos y tíos de apellido “Veas”, pues, para él su familia es la de Mario, a quienes conoce y le tratan como parte de la familia, no obstante, él se da cuenta que su apellido es distinto, lo que afecta profundamente a Derek, Código: TBSXXSSYUBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO debido a que ha señalado en múltiples ocasiones que le gustaría tener el mismo apellido que su familia. Añade que así, en la actu

Fallo

FALLO: 04 DE NOVIEMBRE DE 2024 Coquimbo, quince de enero de dos mil veinticinco. V i s t o; Primero: Que consta en carpeta digital que, con fecha 26 de octubre de 2023, compareció doña Natali Eskarlet Carvajal Marín, técnico en enfermería, soltera, en representación de su hijo Derek Alejandro Bravo Carvajal, cédula nacional de identidad número 25.438.125-K, de siete años, cursando primero básico, ambos domiciliados en calle avenida Waldo Alcalde N°1200, Coquimbo, solicitando que se le autorice la modificación de sus apellidos, quedando de esa manera como Derek Alejandro Carvajal Veas, ordenando al efecto se practique las subinscripción en su partida de nacimiento. La peticionaria funda su solicitud en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Señala que, tal como consta del certificado de nacimiento que acompaña en el primer otrosí de la presentación, el nombre de su hijo es Derek Alejandro Bravo Carvajal. Indica que, conforme acredita el mismo documento, el padre biológico de Derek es Joaquín Alejandro Bravo Torres, cédula de identidad número 20.007.153-0, desconociéndose su profesión u oficio y domicilio actuales, pues desde su nacimiento ha, sido un padre ausente en la vida de Derek. Sostiene que en este sentido, durante el año 2019, y para asegurar el adecuado bienestar de Derek, se realizaron una serie de mediaciones en las que se adoptaron acuerdos respecto de alimentos (M-675-2019) y régimen de visitas (M-733-2019). Sin embargo, luego de tres mese

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PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO MATERIA: AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE NOMBRE (A23A) ROL: V-122-2023 SOLICITANTE: NATALI CARVAJAL MARÍN AUTOS PARA FALLO: 04 DE NOVIEMBRE DE 2024 Coquimbo, quince de enero de dos mil veinticinco. V i s t o; Primero: Que consta en carpeta digital que, con fecha 26 de octubre de 2023, compareció doña Natali Eskarlet Carvajal Marín, técnico en

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