2º Juzgado Civil de Santiago

CAM - CÁMARA DE COMERCIO DE SANTIAGO A.G./GONZÁLEZ

Rol

C-16584-2023

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 9 de agosto de 2024, previa gesti n preparatoria compareceó Rodrigo Javier Atal Achelat, abogado, Rut N 8.322.000-7, con domicilio en Avda. Josº é Alcalde D lano N 10545, piso 3, oficina 301, comuna de Lo Barnechea, Santiago, ené ° representaci n convencional de ó CAMARA DE COMERCIO DE SANTIAGO A.G., sociedad an nima del giro de su denominaci n, cuyo gerente general es don Carlosó ó Soublette Larragibel, ingeniero comercial, todos domiciliados en Monjitas N 392,º comuna y ciudad de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva por cobro de factura en contra de FRANCISCO JAVIER GONZALEZ HOCH, ignora profesi n u oficio,ó c dula nacional de identidad N 8.968.011-5, con domicilio en Isidora Goyenechea Né ° ° 3.120, piso 3, oficina 3, comuna de Las Condes, Santiago. Indica que su representada es due a de los siguientes documentos:ñ .- Factura N 146538, de fecha 28 de Marzo del a o 2023, por la suma de° ñ $2.491.007.- .- Factura N 587329, de fecha 28 de Marzo del a o 2023, por la suma de° ñ $296.430.- Refiere que los documentos previamente individualizados, no fueron devueltos al momento de la entrega, y tampoco fueron reclamados de su contenido dentro de los ocho d as corridos siguientes a su recepci n, plazo estipulado en la legislaci n para dichaí ó ó gesti n, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 3 de la Ley N 19.983 stasó í º º é se deben tener por irrevocablemente aceptadas. Lo anterior consta del Registro de Aceptaci n o Reclamos de un DTE, de fecha 28 de Marzo de 2023.ó Concluye solicitando de acuerdo a lo se alado en los art culos 3, 5 y 10 de la Leyñ í N 19.983 y art culo 434 y del C digo de Procedimiento Civil y dem s disposicionesº í ó á legales pertinentes, tener por presentada demanda ejecutiva en contra de FRANCISCO JAVIER GONZALEZ HOCH, ya individualizado, por la suma de $2.787.437.- m sá intereses y reajustes, con costas de la causa. Con fecha 10 de septiembre de 2024, consta la notificaci n de la demanda yó sus resoluciones.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, notificado y requerido legalmente de pago, la parte ejecutada opuso a la ejecuci n las excepciones siguientes:ó .- La del n mero 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es,ú í ó la de prescripci n de la acci n ejecutiva, respecto de la Factura N 146538 poró ó ° $2.491.007.- y la Factura N 587329, por $296.430.- por cuanto fueron emitidas el 28 de° marzo de 2023, por lo que el plazo de 30 d as corridos para sus vencimientos se cumplií ó el 27 de abril de 2023 (Ley 19.983, art. 2). Las acciones ejecutivas de ambas facturas prescribieron un a o despu s, esto es, el 27 de abril de 2024 (Ley 19.983, art. 10), y casiñ é dos meses antes de que se notificara la gesti n preparatoria de la v a ejecutiva, esto es, eló í 17 de junio de 2024 (folio 23 del cuaderno de gesti n preparatoria).ó .- En subsidio de la anterior, opuso la excepci n del art culo 9 el C digo deó í ó Procedimiento Civil, esto es, el pago de la deuda respecto de la Factura N 587329, por° $296.430.-, toda vez que fue pagada el 19 de junio de 2024, seg n consta en elú comprobante de pago acompa ado el 19 de junio de 2024 en el cuaderno principal.ñ .- En subsidio de la anterior, opone la excepci n del n mero 7 del art culo 464ó ú í del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos oó condiciones establecidos por las leyes para que los t tulos tengan fuerza, por cuanto lasí facturas fueron emitidas por un arbitraje anulado por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, lo que motiv el inicio de un juicio ordinario por Asesor as San Patricio Ltda.ó í ante el 19 Juzgado Civil de Santiago contra la se ora Jueza rbitra (Rol C-11.065-° ñ Á 2024), careciendo tales documentos de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que tengan fuerza ejecutiva, pues fueron emitidas por servicios no prestados de conformidad con la ley y los contratos que le dieron sustento. SEGUNDO: Que, la parte ejecutante evacuando el traslado conferido, manifestó lo siguiente: .- En cuanto a la primera excepci n, se allan respecto a la Factura N 146538,ó ó ° por la suma de $2.491.007.- .- En cuanto a la segunda excepci n, se allan respecto de la Factura N 587329.-ó ó ° por un monto de $296.430.- TERCERO: Que, habida consideraci n que la ejecutante se allan a laó ó excepci n de prescripci n respecto a la Factura N 146538, por $2.491.007.- y a laó ó ° excepci n de pago respecto a la Factura N 587329.- por un monto de $296.430.-, yó ° cumpli ndose los requisitos exigidos por la legislaci n vigentes, se deber acoger lasé ó á excepciones opuestas y disponer el alzamiento de la ejecuci n seguida en contra deló ejecutado. Código: MNGEXSZXUQF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16584-2023 CUARTO: Que, en atenci n a lo resuelto en el considerando precedente, seó omitir pronunciamiento respecto a la excepci n opuesta en subsidio de las anteriores.á ó

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 144, 160, 170, 434 N 4, 464, 470, y 471 del C digo de Procedimiento Civil;í º ó 98 y 100 de la Ley N 18.092; ° SE RESUELVE: I.- Que, se acoge la excepci n del n mero 17 del art culo 464 del C digo deó ú í ó Procedimiento Civil, respecto a la Factura N 146538, por $2.491.007.- y a la excepci n° ó del n mero 9 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, respecto de laú í ó Factura N 587329.- por un monto de $296.430.-, opuesta por la parte ejecutada en su° escrito de fecha 17 de septiembre de 2024, y se ordena alzar la presente ejecuci nó seguida en su contra. II.- Que, cada parte soportar sus costas.á REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. ROL C-16584-2023. DICTADA POR MANUEL JESUS FIGUEROA SALAS, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de enero de dos mil veinticinco Código: MNGEXSZXUQF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-14T17:31:33-0300

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C-16584-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16584-2023 CARATULADO : CAM - C MARA DE COMERCIO DEÁ SANTIAGO A.G./GONZ LEZÁ Santiago, catorce de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 9 de agosto de 2024, previa gesti n preparatoria compareceó Rodrigo Javier Atal Achelat, abogado, Rut N 8.322.000-7, con domicilio en Avda. Josº é Alcalde

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