BANCO DE CHILE/ LUCERO AGUILAR CLAUDIO CESAR
Rol
C-2621-2024
Fecha
14 de enero de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En lo principal del escrito ingresado con fecha veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro, a folio 1, comparece Ronald Olivera Retamal, Gaspar Osvaldo Cortes Moya y Camila Videla Concha, todos abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros,í representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco De Chile, sociedad an nimaó bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerenteó general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Miraflores 130, piso 27, Santiago Centro, quienes vienen en interponer demanda ejecutiva en contra de don Claudio Cesar Lucero Aguilar, ignoran profesi n u oficio, domiciliado en Luis Hernandes Parker 2027, Arcos deó Pinamar, La Serena, por los antecedentes que a continuaci n exponen.ó Refieren que, su representado, es due o y leg timo tenedor del pagar a lañ í é vista, suscrito con fecha 26 de abril de 2024, por la suma de $10.418.512, por Sociedad Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A., representada por doné Marcelo Linker Urra, factor de comercio, y este ltimo a su vez en representaci nú ó del deudor, don Claudio Cesar Lucero Aguilar, seg n consta en el contrato deú apertura de cr dito, de afiliaci n al sistema y uso de tarjeta de cr dito, que formaé ó é parte del Contrato Unificado, el que se encuentra firmado por el demandado. Indican que, de acuerdo a lo pactado en el pagar , la cantidad adeudadaé devengar a desde su suscripci n y hasta la fecha del pago efectivo, el m ximoí ó á inter s que permite la ley estipular para operaciones de cr dito de dinero noé é reajustables. Exponen que, presentado a cobro, el documento no fue pagado, adeud ndoseá en consecuencia la cantidad de $10.418.512, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados, los penales y las costas de esta causa. A su vez, el deudor liber al Banco de
Fundamentos
Considerando: PRIMERO: Que, el ejecutado opone la excepci n del art culo 464 N°2, 4,ó í 7, 9 y 11 del C digo de Procedimiento Civil, cuyos fundamentos constan en autosó en escrito de folio 10, los que se resumen en la parte expositiva de este fallo. Código: EKTDXSMTTJF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2621-2024 Foja: 1 SEGUNDO: Que, el ejecutante evacu traslado dentro de plazo legal,ó solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, por los argumentos que en su escrito indica, resumidos en la parte expositiva de este fallo. TERCERO: Que, el ejecutante acompa o a la causa los siguientesñ documentos: 1.- Pagar a la vista Tarjeta de Cr dito N° 5466896200373832 por laé é suma de $10.418.512 a la orden de Banco de Chile, de fecha 26 de abril de 2024, cuyo deudor es don Claudio Cesar Lucero Aguilar y fue suscrito por don Marcelo Linker Urria como apoderado de sociedad operadora de tarjetas de cr dito Nexusé S.A. 2.- Hoja de firma del contrato unificado de productos de personas, suscrito por don Claudio Cesar Lucero Aguilar. 3.- Copia autorizada de escritura p blica, ú Firmado electr nicamente con fecha 29ó de septiembre de 2023 en Santiago, respecto de Mandato de Administraci n de Bienesó Socofin S.A. a Pacheco Cofre Patricio y otros Repertorio N° 12.769-2023. 4.- Copia autorizada de escritura p blica, ú Firmado electr nicamente con fecha 13ó de enero de 2023 en Santiago, respecto de Mandato de Administraci n de Bienes Banco deó Chile a Socofin S.A. Repertorio N° 26.698-2016. 5.- Copia autorizada de escritura p blica, Firmado electr nicamente con fecha 13ú ó de enero de 2023 en Santiago, respecto de Mandato de Administraci n de Bienes Banco deó Chile a Socofin S.A. Repertorio N° 6182-2003. 6.- Copia autorizada de escritura p blica, ú Firmado electr nicamente con fecha 13ó de enero de 2023 en Santiago, respecto de Acta sesi n ordinaria de directorio. Repertorioó N° 2931-2013. 6.- Copia autorizada de escritura p blica, ú Firmado digitalmente con fecha 24 de agosto de 2022 en Santiago, respecto de Protocolizaci n contrato unificado de productos deó personas. Repertorio N° 19.005-2018. CUARTO: Que, dentro del plazo legal, el ejecutado no rindi prueba.ó QUINTO: Que, t tulo fundante de la ejecuci n de autos corresponde alí ó Pagar a la vista Tarjeta de Cr dito N° 5466896200373832 por la suma deé é $10.418.512 a la orden de Banco de Chile, de fecha 26 de abril de 2024, suscrito por Claudio Cesar Lucero Aguilar, firmado por don Marcelo Linker como apoderado de sociedad operadora de tarjetas de cr dito Nexus S.A., constando queé se consigna en el documentos que Nexus S.A. act a como mandatario del suscriptorú en virtud del mandato que se tuvo a la vista, estipul ndose intereses, forma deá pago, as como tambi n los intereses por retardo y, adem s, se libera al Banco deí é á la obligaci n de protesto. ó SEXTO: Que, respecto de la excepci n 464 N° 2 del C digo deó ó Procedimiento Ci
Fallo
Por tanto, previa citas legales, solicit tener por entablada demanda ejecutivaó en contra de don Claudio Cesar Lucero Aguilar, ya individualizado, en calidad de deudor principal, y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo enó Código: EKTDXSMTTJF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2621-2024 Foja: 1 su contra por la suma de $10.418.512, cantidad a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a nuestro representado, todo ello con costas. En lo principal del escrito de fecha treinta de octubre de dos mil veinticuatro, a folio 10, comparece don Claudio Cesar Lucero Aguilar, ejecutado en autos, representado judicialmente por don Israel Alejandro Colombo Bravo, abogado, domiciliado para estos efectos en Santa Luc a N°232, oficina 41,í Santiago., quien opone las siguientes excepciones a la ejecuci n.ó En primer lugar, opone la excepci n del art culo 464 N° 2 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, respecto de la falta de personer a del representante legalí refiere que el apoderado del ejecutante no acompa los documentos fundantes deñó la representaci n legal de su supuesto mandante como la acta de sesi n deó ó directorio, el de juntas ordinarias o extraordinarias de los directores o gerentes, donde se nombran a las personas como apoderados de la sociedad para representarla en diversos aspectos, escritura de poderes,
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C-2621-2024 Foja: 1 FOJA: 29 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-2621-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ LUCERO AGUILAR CLAUDIO CESAR La Serena, catorce de enero de dos mil veinticinco Vistos: En lo principal del escrito ingresado con fecha veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro, a folio 1, comparece Ronald Olivera Retamal, Gaspar O
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