Juzgado de Letras Tocopilla

BALCARCE/

Rol

V-26-2024

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: El 8 de abril de 2024 comparece Vaihtiare Tao Vaihniery Balcarce Araya, terapeuta ocupacional, domiciliada en calle Washington N°1.209, departamento N°12, comuna de Tocopilla, e interpone solicitud de cambio de nombre, solicitando que se elimine su primer apellido “Balcare”, y en su lugar se coloque el apellido “Godoy”, quedando en definitiva su nombre como “Vaihtiare Tao Vaihniery Godoy Araya”. Señala que fue inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación, de la circunscripción de Antofagasta, bajo el N°2696, del año 1999, con el nombre de Vaihtiare Tao Vaihniery Balcarce Araya. Refiere que sus apellidos corresponden a los de las personas que son susprogenitores, sin embargo, no he tenido jamás un vínculo con ellos, y por ende, no he generado algún afecto por ellos. Explica que sin perjuicio de que sus progenitores son Enrique Balcarce y Daniza Araya, estos no tienen un impacto positivo en su vida y que llevar el apellido Balcarce le genera desconexión e incomodidad, al no sentirse identificada con él ni con mis padres biológicos. Desde que tiene memoria ha sido criada por Rossana Godoy Espejo, quien es prima de su progenitora Daniza Araya. Afirma que Rossana es quien siempre ha conocido y reconoce en la actualidad como su madre. En cuanto al derecho, expone que el fundamento legal de su solicitud estriba sobre el literal a) del artículo 1 de la Ley 17.344, toda vez que su apellido paterno le produce menoscabo moral, humillación y erosión a su dignidad, atendida la falta de relación con su padre. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta solicitud de rectificación de partida de nacimiento, admitirla a tramitación y, en definitiva, Código: BJBLXSGNCJF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl_tocopilla@pjud.cl Juzgado de Letras, Familia y Laboral de Tocopilla Manuel Rodr guez N 1280 D, esquina 21 de Mayoí º Tocopilla, II Regi n Antofagasta.ó Fonos (55) 2813208 -

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareció Vaihtiare Tao Vaihniery Balcarce Araya, ya individualizada, e interpone solicitud de cambio de nombre, solicitando que se elimine su primer apellido “Balcare”, y en su lugar se coloque el apellido “Godoy”, quedando en definitiva su nombre como “Vaihtiare Tao Vaihniery Godoy Araya”. Segundo: Que, según lo establecido en instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos, uno de los valores más fundamentales Código: BJBLXSGNCJF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl_tocopilla@pjud.cl Juzgado de Letras, Familia y Laboral de Tocopilla Manuel Rodr guez N 1280 D, esquina 21 de Mayoí º Tocopilla, II Regi n Antofagasta.ó Fonos (55) 2813208 - 2812250 Correo electr nico: ó jl_tocopilla@pjud.cl de la persona humana entendida como ser racional es el reconocimiento de su dignidad, siendo consustancial a la misma el derecho a la identidad, el que se trata de un derecho humano oponible erga omnes que no admite suspensión ni derogación, y cuyo basamento se erige tanto en el principio de la autonomía de la persona como en la idea de que todas deben ser tratadas como iguales, en tanto son fines en sí mismas según sus intenciones, voluntad y propias decisiones de vida. En ese contexto, el derecho a la identidad alimenta su contenido tanto de las normas del derecho internacional como de aquellas que se deriven de los rasgos culturales propios que contemplan los ordenamientos internos de los Estados, concurriendo así a conformar la especificidad del individuo con los derechos que lo hacen único, singular e identificable, tales como el derecho a un nombre propio, a conocer la propia historia filial, al reconocimiento de la personalidad jurídica o a la nacionalidad. (CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. (2017). Opinión consultiva OC-24 de fecha 24 de noviembre de 2017. Serie A n°24.). Tercero: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley N°17.344, toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento, sin perjuicio de lo cual, cualquier persona podrá solicitar por una vez que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los siguientes casos: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente. b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos diferentes de los propios. c) En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueran iguales. Código: BJBLXSGNCJF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pju

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes de la Ley 17.344, en el artículo 18 de la Ley 4.808 y Código: BJBLXSGNCJF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl_tocopilla@pjud.cl Juzgado de Letras, Familia y Laboral de Tocopilla Manuel Rodr guez N 1280 D, esquina 21 de Mayoí º Tocopilla, II Regi n Antofagasta.ó Fonos (55) 2813208 - 2812250 Correo electr nico: ó jl_tocopilla@pjud.cl en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que se acoge la solicitud y, en consecuencia, se ordena la rectificación por el Oficial del Registro Civil de la Circunscripción de Antofagasta, de la partida de nacimiento N°2696, Registro S, del año 1999, perteneciente a la solicitante, en el sentido de eliminar su primer apellido “Balcarce” y remplazarlo por el de “Godoy”, dejando establecido definitivamente que el nombre de la inscrita es “VAIHTIARE TAO VAIHNIERY GODOY ARAYA”. Regístrese y anótese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. En Tocopilla, a catorce de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: BJBLXSGNCJF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl_tocopilla@pjud.cl 2025-01-14T16:59:07-0300

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras, Familia y Laboral de Tocopilla Manuel Rodr guez N 1280 D, esquina 21 de Mayoí º Tocopilla, II Regi n Antofagasta.ó Fonos (55) 2813208 - 2812250 Correo electr nico: ó jl_tocopilla@pjud.cl NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras Tocopilla CAUSA ROL : V-26-2024 CARATULADO : BALCARCE/ Tocopilla, catorce de enero de dos mil veinticinco Vistos: El 8 de abril de 202

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