INMOBILIARIA VEGA MONUMENTAL S.A./NORAMBUENA
Rol
C-7585-2024
Fecha
20 de enero de 2025
Materia
ARRENDAMIENTO,RESTITUCIÓN POR EXPIRACIÓN TIEMPO ESTIPULADO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que a folio 1, rectificado a folio 4, con fecha 18 de octubre de 2024, comparecen los abogados don MAURICIO ORTIZ SOLORZA, y don NICOL S OLIVA LEALÁ , ambos domiciliados en calle avenida Libertador Bernardo O Higgins N 816, oficina N 35, comuna de Concepci n, en’ º º ó representaci n -seg n acredit - de ó ú ó INMOBILIARIA VEGA MONUMENTAL S.A., sociedad del giro de su denominaci n, cuyo representante legal es donó JUAN MANUEL BRAVO RODR GUEZÍ , gerente general, ambos domiciliados en avenida 21 de Mayo, N 3225, de la comuna de Concepci n,º ó deduciendo demanda de RESTITUCI N DE PROPIEDADÓ ARRENDADA POR VENCIMIENTO DEL PLAZO ESTIPULADO en contra de don N STOR NORAMBUENA REYESÉ , comerciante, domiciliado en Postura Fija N 44 de la calle 2 del Mercado Mayorista Vega Monumental, ubicada en Av. 21º de Mayo N 3225, comuna de Concepci n. º ó Fund dicha demanda en que el 16 de abril de 2015, su representadaó celebr contrato de arrendamiento con la demandada respecto del inmuebleó indicado como domicilio de esta ltima, el que entr en vigoú ó r el 15 de abril de 2015 y con vigencia hasta el 30 de abril de 2019, plazo renovable por per odosí iguales y sucesivos de un a o.ñ Agreg que la renta de arrendamiento pactado correspond a a $163.250,ó í debiendo pagarse anticipadamente dentro de quinto d a de cada mes, con clausulaí de reajustabilidad trimestral conforme a la variaci n del ndice de precios aló í consumidor, por lo que, aplicado el reajuste correspondiente, sostiene que actualmente la renta mensual reajustada asciende a $242.426. Asimismo, el arrendatario se oblig a pagar mensualmente los gastos comunes de la bodega oó postura fija, que ascienden a un 15% por sobre la renta mensual reajustada, que equivale a $36.363 pesos chilenos. gastos comunes deben pagarse anticipadamente dentro de quinto d a de cada mes, conjuntamente al pago de la renta. Adem s,í á se ala que el arrendatario est obligado a pagar o reembolsar los gastos porñ á servicios b sicos de que disponga
Fundamentos
fundamentos expuestos, acci n de terminaci n de laó ó t cita reconducci n entre las partes y acci n personal restitutoria del inmuebleá ó ó arrendado en contra de don N STOR NORAMBUENA REYESÉ , ya individualizado, solicitando se declare la terminaci n de la t cita reconducci n deló á ó contrato de arrendamiento, y se condene a la demandada a restituir el inmueble arrendado dentro de tercero d a, o el plazo que determine este Tribunal bajoí apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuerza p blica con facultadesú de allanar y descerrajar si fuere necesario, con costas. Luego, en el primer otros de su presentaci n de folio 1, actora viene ení ó deducir conjuntamente a las acciones descritas precedentemente, la acci n deó condena con reserva sobre indemnizaci n de perjuicios contractuales avaluadosó anticipadamente, en contra de don N STOR NORAMBUENA REYES, yaÉ individualizado, remiti ndose a los fundamentos ya expresados, y declarandoé adem s que, en virtud del contrato objeto de autos, se pact una clausula penal oá ó una avaluaci n anticipada de los da os derivados del incumplimiento contractualó ñ de la obligaci n del arrendatario de restituir oportunamente el inmueble -simpleó retardo-, por la cual se fijo anticipadamente el monto de los da os o perjuicios enñ el equivalente 1/15ava parte (6,667%) de la renta mensual por cada d a deí atraso. Arguye que el contrato de arrendamiento expir el d a 30 de abril deó í 2019 por lo que el demandado se encuentra en retardo de restituir el inmueble desde dicha fecha, por lo que, considerando el monto nominal del canon de arrendamiento fijado, sin reajustes, que equivale a $163.250, la multa corresponder a seg n expresa la actora a la suma de $10.883 por cada d a deí ú í atraso. Sin perjuicio de lo declarado por la demandante, solicite se realice una condena gen rica respecto del monto de los perjuicios adeudados, reserv ndose elé á derecho de demandar en diverso estadio procesal la obligaci n de indemnizaci nó ó Código: RLDTXSPDSWM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » de los perjuicios avaluados convencional o anticipadamente por cada d a de meroí retardo en el cumplimiento de la obligaci n restitutoria.ó En folio 8 el 27 de diciembre de 2024, se notific la demanda y laó resoluci n reca da en ella, y nuevo d a y hora fijado para la audiencia deó í í estilo, en la forma dispuesta en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil.í ó En folio 17, el 6 de enero de 2025, se llev a efecto el comparendo deó estilo mediante video conferencia, con la asistencia de la apoderada de la parte demandante y la comparecencia del abogado de la parte demandada. La parte demandante ratific su demanda de folio 1, rectificada a folio 4.ó La parte demandada vino en contestar la demanda a trav s de sué presentaci n escrita de folio 10, allan ndose a la demanda de autos.ó á Se declar frustrado el llamado a conciliaci n, atendida la falta deó ó fa
Fallo
se resuelve en audiencia, citar a las partes a o r sentencia.í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1 ) ° Que, conforme a lo consignado en la parte expositiva precedente, la demandante INMOBILIARIA VEGA MONUMENTAL S.A., dedujo demanda de restituci n del inmueble arrendado que singulariza, en contra de la parteó demandada N STOR NORAMBUENA REYES, en raz n que el contrato deÉ ó arrendamiento habido entre ambos expir por vencimiento del plazo pactado. Enó subsidio, vino en interponer acci n de terminaci n de la t cita reconducci n y laó ó á ó acci n personal restitutoria del inmueble dado en arrendamiento a la demandada.ó Conjuntamente, en el primer otros de la presentaci n de folio 1 seí ó interpuso acci n de condena con reserva sobre indemnizaci n de perjuiciosó ó contractuales avaluados anticipadamente en contra de la parte demandada ya individualizada, por los mismos fundamentos referidos en la parte expositiva. 2 ) ° Que, de la presentaci n de folio 10, por la cual la parte demandada seó allana a las acciones opuestas por su contraparte, se desprende de forma clara la actitud procesal de la demandada, motivo por el cual, se omite recibir la causa a prueba, y, en consecuencia, se resolver con el solo m rito de los antecedentesá é que obran en el proceso. 3 ) ° Que como la acci n de restituci n entablada se funda en la expiraci nó ó ó del plazo pactado, para determinar la procedencia de la restituci n pedida, seó precisa establecer si el contrato se encuentra terminado o vige
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RIT« » FOJA: 11 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-7585-2024 CARATULADO : INMOBILIARIA VEGA MONUMENTAL S.A./NORAMBUENA Concepci nó , veintiocho de enero de dos mil veinticinco VISTO: Que a folio 1, rectificado a folio 4, con fecha 18 de octubre de 2024, comparecen los abogados don MAURICIO ORTIZ SOLORZA, y don NICOL S OLIVA LEALÁ , ambos dom
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