2º Juzgado de Letras de la Serena

BANCO ITAU CHILE S.A/DÍAZ

Rol

C-1705-2024

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que con fecha 23 de abril de 2024, comparece don Claudio Rojas Lauli ,é abogado, actuando en representaci n judicial de Banco Ita Chile, sociedad an nimaó ú ó bancaria, cuyo Gerente General es don Gabriel Amado de Moura, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en Diego Portales N° 311, oficina N° 52, Edificio Portales y Palazuelos, comuna de Coquimbo, interponiendo demanda ejecutiva en contra de don Rodrigo Antonio D az Villalobos, domiciliadoí en Avenida Bartolom Blanche, departamento N°507, La Serena, en su calidad deé deudor principal, virtud de los antecedentes que a continuaci n se expondr n.ó á Refiere que mediante escritura p blica de compraventa y mutuo hipotecarioú tasa y cuota fijas vivienda, de fecha 20 de diciembre de 2021, Repertorio N°12051-2021, otorgada en la Notar a de La Serena servida por Rub n Reinosoí é Herrera, Banco Ita Chile le otorg al ejecutado un mutuo por la cantidad de 4321ú ó UF, pagaderas en el plazo de 240 meses, a contar del primer d a del mes siguienteí al de la fecha de inscripci n de la primera hipoteca en favor del Banco, por medioó de igual n mero de dividendos mensuales, vencidos y sucesivos; las queú comprender an la amortizaci n a capital y los intereses pactados. Las cuotas debení ó pagarse dentro de los primeros diez d as del mes siguiente a aquel en que seí hubieren devengado. La tasa de inter s real, anual y vencida que devenga elé presente mutuo es de 5,35% anual. Para asegurar el cumplimiento exacto, ntegro y oportuno en capital,í intereses, reajustes gastos y costas de todas y cada una de las obligaciones establecidas en la precitada escritura, la demandada constituy hipoteca de primeró Código: XSLFXSJZKDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1705-2024 Foja: 1 grado en favor de la ejecutante, respecto del inmueble que por dicho instrumento adquiri , inscrito a su nombre a fojas 3191 N°2119 en el Registro de Propiedadó del Con

Fundamentos

considerando que es un pagar a la vista y por loá é mismo la fecha de su vencimiento la determina el beneficiario, que en el caso de autos, no cumpli con la carga de presentar el documento para su pago. ó Por otro lado, se ala que, ñ tal como lo se ala el art culo 6 inciso final de lañ í Ley 18.010 “(…) Ser aplicable a las operaciones de cr dito de dinero queá é realicen los bancos, lo dispuesto en el inciso primero del art culo 17 de la Leyí N°19.496 y la obligaci n de informaci n que contempla la letra c) del art culo 37ó ó í de la misma ley citada, debiendo identificarse el servicio que la origina”; en Código: XSLFXSJZKDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1705-2024 Foja: 1 relaci n con lo dispuesto por el art culo 17 inciso primero de la Ley 19.496 queó í establece: “(…) Los contratos de adhesi n relativos a las actividades regidas poró la presente ley deber n estar escritos de modo claramente legible, con un tama oá ñ de letra no inferior a 2,5 mil metros y en idioma castellano, salvo aquellas palabrasí de otro idioma que el uso haya incorporado al l xico. Las cl usulas que noé á cumplan con dichos requisitos no producir n efecto alguno respecto del consumidorá (…)”. En el caso de autos, el pagar a su juicio- no cumple con el requisitoé – dispuesto por ambas normativas, por cuanto el tama o de letra utilizado en dichoñ instrumento no corresponde al tama o de letra de 2,5 mil metros establecido por lañ í ley; sino que es inferior a ello. Por lo anterior es que al ejecutado, tal cual lo establece el art culo 17 de laí Ley 19.496, aplicable al caso de autos en virtud de lo dispuesto por el art culo 6í inciso final de la Ley 18.010, no le es aplicable ninguna de las cl usulas del pagará é de autos, ya que el art culo 17 de la Ley 19.496 refiere que las cl usulas que noí á cumplan con el requisito del tama o de la letra, no le producen efecto alguno.ñ Finalmente, hace presente que su parte se encuentra en conversaciones con la demandante, y se le han concedido esperas y pr rrogas del plazo para pagar laó obligaci n.ó

Fallo

Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Rodrigo Antonio D az Villalobos -ya individualizado- yí ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó cantidad de 4.208,9756 UF, equivalentes al 08 de abril de 2024 a la suma de $156.366.937.- de acuerdo al valor de la Unidad de Fomento a dicha fecha (Valor UF al 08 de abril de 2024: $37.150,83), m s intereses pactados, intereses penales yá seguros; hasta hacer ntegro y cumplido pago de lo adeudado a la ejecutante coní expresa condenaci n en costas.ó Código: XSLFXSJZKDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1705-2024 Foja: 1 Que con fecha 04 de diciembre de 2024, comparece don Rodrigo Antonio D az Villalobos, demandado en este juicio, oponiendo a la ejecuci n las excepcionesí ó de los numerales 2, 7, 14 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó En primer lugar, refiere que el mandato judicial acompa ado en autos, noñ da fe de la representaci n legal del demandante, toda vez que no consta la calidadó de Gerente General de quien dice serlo. En efecto, no resulta dable presumir que los dichos de una parte son efectivos por el s lo hecho de que sta los pronuncie, es en estrados donde se debeó é acreditar fehacientemente y lejos de toda duda razonable los presupuestos f cticosá que sostienen una pretensi n. ó En este sentido a su juicio- parece poco sensato suponer que

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C-1705-2024 Foja: 1 FOJA: 47 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-1705-2024 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/D AZÍ La Serena, catorce de enero de dos mil veinticinco Vistos: Que con fecha 23 de abril de 2024, comparece don Claudio Rojas Lauli ,é abogado, actuando en representaci n judicial de Banco Ita Chile, sociedad an nimaó ú ó bancari

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