3º Juzgado Civil de Concepción

VILLA/VILLA

Rol

C-4125-2024

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 11 de junio de 2024 (folio 1), comparece don David Ignacio Salinas Rehbein, abogado, domiciliado en O Higgins 650, oficina 502, comuna de Concepci n,’ ó correo electr nico davidsalinasrehbein@gmail.com, en representaci n procesal seg n seó ó ú acreditar de do a á ñ GERALDINE ANDREA VILLA RAM REZ DE ARELLANOÍ , analista, con domicilio en Itata 9090, casa N 5, condominio San Pedro de la Paz,° comuna de San Pedro de la Paz; e interpone demanda de precario en procedimiento sumario en contra de don PATRICIO ALFREDO VILLA RAM REZ DEÍ ARELLANO, trabajador, actualmente domiciliado en Ram n Gil 144, Villa Springó Hill, comuna de San Pedro de la Paz, solicitando que se tenga por interpuesta la demanda, y en definitiva acogerla, resolviendo que se condena al demandado a restituirle a su parte el inmueble ubicado en Ram n Gil 144, Villa Spring Hill, comuna de Sanó Pedro de la Paz, dentro de tercero d a de ejecutoriada la sentencia, o en subsidio en elí plazo que el tribunal estime pertinente, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica, en caso de oposici n, con expresa condena en costas.ú ó Como antecedentes preliminares, manifiesta que su representada do a Geraldineñ Andrea Villa Ram rez de Arellano, es curadora general de su madre do a Luc aí ñ í Margarita Ram rez de Arellano, quien fue declarada interdicta por causa de demencia,í todo en virtud de sentencia de fecha 28 de abril de 2023, dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepci n en causa Rol V-42-2023, la que se encuentra firme o ejecutoriada.ó Tanto la sentencia como el certificado las acompa a en otros . ñ í Agrega que dicha sentencia se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Prohibiciones del Conservador de Bienes Ra ces de San Pedro de la Paz, a fojas 1989,í n mero 1244, del a o 2023, seg n lo acredita certificado acompa ado en otros .ú ñ ú ñ í Enseguida, detalla algunas consideraciones previas, exponiendo que de conformidad a lo dispuesto por el art culo 18- K

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 .- ° Que, don David Salinas Rehbein, abogado, en representaci n de do aó ñ Geraldine Andrea Villa Ram rez de Arellano, interpone demanda de precario ení procedimiento sumario en contra de don Patricio Alfredo Villa Ram rez de Arellano,í solicitando se ordene la restituci n del inmueble de propiedad de su madre, do a Luc aó ñ í Margarita Ram rez de Arellano -quien actualmente se encuentra declarada interdicta,í asumiendo la parte demandante como su curadora general-, cual se ubica en calle Ram n Gil 144, Villa Spring Hill, comuna de San Pedro de la Paz, dentro de terceroó d a de ejecutoriada la sentencia, o en subsidio en el plazo que el tribunal estimeí pertinente, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica, en casoú de oposici n, con expresa condena en costas.ó Código: DWTPXSXFXXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4125-2024 Foja: 1 2 .° - Que, legalmente notificada, la demandada no contest la acci n enderezadaó ó en su contra, raz n por la que deben entenderse controvertidos todos los hechosó expuestos en ella. 3 .- ° Que, la demandante para acreditar los fundamentos de su pretensi n rindió ó la siguiente prueba: a) Copia de sentencia de fecha 28 de abril de 2023, dictada por el 1 Juzgadoº Civil de Concepci n, en causa Rol V-42-2023 (folio 1); ó b) Certificado de secretaria del 1 Juzgado Civil de Concepci n de feca 10 deº ó mayo de 2023 (folio 1). c) Certificado de inscripci n de interdicci n en el Registro de Prohibiciones deló ó Conservador de Bienes Ra ces de San Pedro de la Paz, de fojas 1989, n mero 1244, delí ú a o 2023, emitida con fecha 28 de julio de 2023 (folio 1).ñ d) Copia de Inscripci n de dominio en el Registro de Propiedad del Conservadoró de Bienes Ra ces de San Pedro de la Paz, de fojas 710, n mero 196, del a o 2008,í ú ñ emitida con fecha 27 de marzo de 2024 (folio 1). e) Certificado de dominio vigente de la inscripci n en Registro de Propiedad deló Conservador de Bienes Ra ces de San Pedro de la Paz, de fojas 710, n mero 196, delí ú a o 2008, emitido con fecha 3 de abril de 2024 (folio 1).ñ f) Ebook causa Rol C-2934-2024, autos caratulados VILLA/VILLA , de ingreso“ ” del 1 Juzgado Civil de Concepci n (folio 1). º ó g) Sentencia de fecha 6 de junio de 2024, dictada por el 1 Juzgado Civil deº Concepci n en causa Rol C-2934-2024 (folio 1).ó h) Comprobante de transferencia electr nica de do a Geraldine Villa a do aó ñ ñ Patricia Aravena Bast as, emitido por Banco Scotiabank con fecha 12 de abril de 2023í (folio 14). i) Comprobante de transferencia electr nica de do a Geraldine Villa a do aó ñ ñ Patricia Aravena Bast as, emitido por Banco Scotiabank con fecha 14 de junio de 2023í (folio 14). j) Comprobante de transferencia electr nica de do a Geraldine Villa a do aó ñ ñ Patricia Aravena Bast as, emitido por Banco Scotiabank con fecha 14 de noviembre deí 2022 (folio 14). k) Comprobante de transferencia electr nica de

Fallo

se declara la interdicci n.ó Respecto del derecho, destaca que se dispone el inciso segundo del art culo 2195í de C digo Civil que Constituye tambi n precario la tenencia de una cosa ajena sinó “ é previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del due o .ñ ” En este sentido, la Excelent sima Corte Suprema í en causa Rol 15.566-2017 ha resuelto Que, a fin de resolver si existen los yerros jur dicos que el recurso denuncia,“ í corresponde se alar que la ley consagra un figura sui g neris en el inciso segundo delñ é art culo 2195 del C digo Civil, al disponer Constituye tambi n precario la tenencia deí ó “ é una cosa ajena sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del due o.ñ Lo dicho permite afirmar que el simple precario consiste en una situaci n deó hecho puramente concebida, con absoluta ausencia de todo v nculo jur dico entre due oí í ñ y tenedor de la cosa, una tenencia meramente sufrida, permitida, tolerada o ignorada, sin fundamento, apoyo o t tulo de relevancia jur dica y es justamente esta ltimaí í ú Código: DWTPXSXFXXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4125-2024 Foja: 1 circunstancia la que caracteriza al precario y lo distingue de otras instituciones de derecho que tienen como comunes los dem s elementos .á ” Considera que la norma es clara, y as lo grafica la sentencia citada, en cuanto elí motivo de la ocupaci n sin t tulo es una disyuntiva, pudiendo ser ignorancia o meraó í tol

Texto Completo (Preview)

C-4125-2024 Foja: 1 FOJA: 48 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-4125-2024 CARATULADO : VILLA/VILLA Concepci nó , trece de enero de dos mil veinticinco VISTOS: Con fecha 11 de junio de 2024 (folio 1), comparece don David Ignacio Salinas Rehbein, abogado, domiciliado en O Higgins 650, oficina 502, comuna de Concepci n,’ ó correo electr nico

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica