1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MUÑOZ/ANATIDA SPA

Rol

T-596-2024

Fecha

20 de diciembre de 2024

Materia

Art. 485 inciso 3º CT, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 73, 161, 162, 453, 485 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE la demanda de autos, interpuesta por don Eduardo Ignacio Muñoz Toro, en contra de su empleador Anatida Media S.P.A., representada legalmente por Pablo Contreras Gross y, en consecuencia, se declara: a. Que la demandada ha vulnerado los derechos fundamentales del denunciante, en específico y preciso la garantía y derecho a la indemnidad, por lo que se ordenará la remisión de la sentencia a la Dirección del Trabajo para efectos de que se incorpore al registro pertinente y se cursen las multas respectivas. b. Que, como consecuencia de no haberse pagado íntegramente las cotizaciones previsionales de salud del trabajador, se declara que su despido es nulo, exponiéndose que dichas cotizaciones previsionales y de salud adeudadas en AFP UNO, AFC CHILE y FONASA, deban ser pagadas correspondiente a los últimos cuatro meses del periodo de vigencia de relación laboral. En consecuencia, se aplicará la sanción establecida en el artículo 162 del Código del Trabajo, esto es, el pago de las remuneraciones hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales en AFP UNO, AFC y FONASA, hasta su término o convalidación, en razón de una remuneración adeudada de $857.083.- c. Que conforme lo dispone el artículo 489 del Código del Trabajo, se condena a la demandada al pago de una indemnización por tutela laboral en la suma de $5.142.498, esto es, seis remuneraciones. d. Que se condena a la demandada al pago de la indemnización por falta de aviso previo, esto es, la suma de $857.083.- e. Se condena a la demandada al pago del feriado proporcional ascendente a la suma de $386.879.- f. Se condena a la demandada al pago de un bono por renovación de clientes ascendente a la suma de $200.000.- II. Que las cantidades referidas deberán ser pagadas con los rejustes de interés señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que se condena en cos

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Compareció al proceso don Eduardo Ignacio Muñoz Toro, denunciante cédula de identidad N°18.120.472-9, domiciliado en Bellavista 165, dpto. 1006, comuna de Recoleta quien presenta conjuntamente denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales y demanda de cobro de prestaciones laborales en contra de su ex empleador la empresa ANATIDA MEDIA SPA., R.U.T. N° 76.907.896-7, representada legalmente por don PABLO CONTRERAS GROSS, cédula de identidad N°18.272.102-6, ambos domiciliados para estos efectos en Peatonal Cuatro #3843, comuna de Iquique, región de Tarapacá. Visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 73, 161, 162, 453, 485 y siguientes del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I. Que SE ACOGE la demanda de autos, interpuesta por don Eduardo Ignacio Muñoz Toro, en contra de su empleador Anatida Media S.P.A., representada legalmente por Pablo Contreras Gross y, en consecuencia, se declara: a. Que la demandada ha vulnerado los derechos fundamentales del denunciante, en específico y preciso la garantía y derecho a la indemnidad, por lo que se ordenará la remisión de la sentencia a la Dirección del Trabajo para efectos de que se incorpore al registro pertinente y se cursen las multas respectivas. b. Que, como consecuencia de no haberse pagado íntegramente las cotizaciones previsionales de salud del trabajador, se declara que su despido es nulo, exponiéndose que dichas cotizaciones previsionales y de salud adeudadas en AFP UNO, AFC CHILE y FONASA, deban ser pagadas correspondiente a los últimos cuatro meses del periodo de vigencia de relación laboral. En consecuencia, se aplicará la sanción establecida en el artículo 162 del Código del Trabajo, esto es, el pago de las remuneraciones hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales en AFP UNO, AFC y FONASA, hasta su término o convalidación, en razón de una remuneración adeudada de $857.083.- c. Que conforme lo dispone el artículo 489 del Código del Trabajo, se condena a la demandada al pago de una indemnización por tutela laboral en la suma de $5.142.498, esto es, seis remuneraciones. d. Que se condena a la demandada al pago de la indemnización por falta de aviso previo, esto es, la su

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO TUTELA LABORAL (AUDIENCIA REMOTA) FECHA Santiago, 19 de diciembre de 2024 RUC 24- 4-0554807-7 RIT T-596-2024 CARATULADO MUÑOZ/ANATIDA SPA MAGISTRADO Mauricio Alejandro Vidal Caro ADMINISTRATIVO DE ACTAS Rodrigo Valenzuela Ponce HORA DE INICIO 10:21 HORA DE TERMINO 10:51 SALA 2.1 Nº REGISTRO DE

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