Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

MEDINA/RICARDO ANTONIO ZURITA IBAÑEZ PIZZERIAS BAR Y SERVICIOS GASTRONOMICOS EIRL

Rol

O-533-2024

Fecha

20 de diciembre de 2024

Materia

Despido indirecto, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Por estas consideraciones y teniendo presente las disposiciones legales citadas, se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña NATALIA ANDREA MEDINA BECERRA en contra de RICARDO ZURITA IBÁÑEZ, PIZZERÍAS, E.I.R.L., ambos ya individualizados, declarándose terminado el contrato de trabajo entre las partes por despido indirecto, en los términos del artículo 171 del Código del Trabajo, condenándose a la demandada a pagar al actor a las siguientes sumas: a) $557.667.- por concepto indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $4.461.336.- por concepto indemnización por 8 años de servicio. c) $2.230.668.- por concepto recargo del 50% por despido indirecto. d) $979.635.- por concepto de feriado legal y proporcional adeudado. II. Que se condena en costas a la demandada, regulándose las costas personales en la suma de $300.000.- Las sumas que se ordenan pagar, deberá hacerlo con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 Código del Trabajo, según corresponda. Las partes se entienden legalmente notificadas en este acto de todo lo que se ha resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió y resolvió don FERNANDO ANDRES STEHR GESCHE, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente las disposiciones legales citadas, se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña NATALIA ANDREA MEDINA BECERRA en contra de RICARDO ZURITA IBÁÑEZ, PIZZERÍAS, E.I.R.L., ambos ya individualizados, declarándose terminado el contrato de trabajo entre las partes por despido indirecto, en los términos del artículo 171 del Código del Trabajo, condenándose a la demandada a pagar al actor a las siguientes sumas: a) $557.667.- por concepto indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $4.461.336.- por concepto indemnización por 8 años de servicio. c) $2.230.668.- por concepto recargo del 50% por despido indirecto. d) $979.635.- por concepto de feriado legal y proporcional adeudado. II. Que se condena en costas a la demandada, regulándose las costas personales en la suma de $300.000.- Las sumas que se ordenan pagar, deberá hacerlo con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 Código del Trabajo, según corresponda. Las partes se entienden legalmente notificadas en este acto de todo lo que se ha resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió y resolvió don FERNANDO ANDRES STEHR GESCHE, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada de forma Semipresencial) FECHA 20 de diciembre de 2024 Registro de audio en remoto 7 RUC 24-4-0564612-5 RIT O-533-2024 MAGISTRADO FERNANDO ANDRES STEHR GESCHE ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yasna Hernández Reyman HORA DE INICIO 12:13 horas HORA DE TERMINO 12:30 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440564612-5-134

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