BELTRÁN/
Rol
V-49-2024
Fecha
13 de enero de 2025
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en folio 1, compareció ante este Tribunal don EXEQUIEL ANDRES BELTRAN JARA, chileno, soltero, Ingeniero Civil Industrial, cédula nacional de identidad 11.965.393-2, domiciliado en Calle Arauco N°1402 de la comuna de Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos, en representación de EOLICO LA CUMBRE SPA, Rut: 77.696.105-1 con domicilio en Av. Vitacura 2939, oficina 701 de la comuna de Las Condes, Provincia de Santiago, Región Metropolitana, solicitando se otorgue concesión minera de exploración de sustancias minerales concesibles denominada “LA CUMBRE 7”, en la comuna de Los Muermos, sobre una superficie de 200 hectáreas. Su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Los Muermos, provincia de Llanquihue, región de Los Lagos, y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes: NORTE: 5.416.400,00 metros. ESTE: 623.500,00 metros. El pedimento solicitado fue ingresado a este Tribunal mediante oficina judicial virtual de este Tribunal, con fecha 9 de julio de 2024, a las 12:26 horas. SEGUNDO: Que a folio 4, se acompañó comprobante de pago de patente proporcional de concesiones mineras de exploración y comprobante de pago de la tasa fiscal que dispone el artículo el artículo 51 del Código de Minería. TERCERO: Que con fecha 29 de julio de 2024, el pedimento solicitado fue inscrito a fojas 38, número 26 en el Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Minas de Los Muermos del año 2024. CUARTO: Que, se acompañó juego de planos de la solicitud de exploración. QUINTO: Que, en edición de fecha 8 de agosto de 2024, número 43.920, del Boletín Oficial de Minería, consta la publicación del pedimento minero de autos. SEXTO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería con fecha 29 de noviembre de 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe Ord. N° 001782 consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión “LA CU
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 34, 35 ,37, 43, 46, 52, 55, 56, 57, 87, 89, 90, 112, 112 Bis de la Ley 18.248 del Código de Minería y artículo 42 de su reglamento y Ley 21.420 y 21.649 que introducen modificaciones al Código de Minería, SE DECLARA: QUE SE TIENE POR CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada LA CUMBRE 7 y se APRUEBA el plano correspondiente a la referida concesión, ubicada en comuna de Los Muermos, provincia de Llanquihue, con una superficie de 200 hectáreas, a favor de EOLICO LA CUMBRE SPA, ya individualizada. Publíquese extracto dentro de plazo legal. Entréguese por el interesado plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Requiérase la inscripción de la presente sentencia en la forma y plazo que indica el artículo 89 del Código de Minería, y archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Los Muermos. Anótese y notifíquese por el estado diario la presente sentencia. Regístrese y obténgase las copias del sistema de tramitación digital, en su oportunidad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Muermos, trece de enero de dos mil veinticinco Código: HXLXXSBTZZD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-13T12:19:41-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Los Muermos CAUSA ROL : V-49-2024 CARATULADO : BELTR N/Á Los Muermos, trece de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en folio 1, compareció ante este Tribunal don EXEQUIEL ANDRES BELTRAN JARA, chileno, soltero, Ingeniero Civil Industrial, cédula nacional de identidad 11.9
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