CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO (DS 755, LOTE 69-A)/FERREIRA
Rol
C-5567-2023
Fecha
8 de enero de 2025
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que se present donó Alvaro S ez Willerá , Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, persona jur dica deí derecho p blico, ambos domiciliados en Arturo Prat N 847, oficina 202,ú ° Temuco, correo electr nico notificacionestemuco@cde.cl, quien enó representaci n del ó Fisco de Chile, dedujo demanda en juicio ordinario de hacienda en contra de do a ñ DILIA FERREIRA YEVENES, se desconoce profesi n u oficio, con domicilio en la comuna de Temuco, en calle Lasó Tranqueras N 01790, a objeto de que sea condenada a restituir el inmueble° fiscal que ilegalmente ocupa y que se individualiza m s adelante en estaá demanda, con costas, reserv ndose al Fisco de Chile el derecho de discutir sobreá la especie y monto de los frutos y perjuicios en la etapa de cumplimiento del fallo o en otro juicio diverso, a su elecci n. Sostuvo lo siguiente:ó El Fisco de Chile es DUE O Ñ del inmueble ubicado en la comuna de Temuco, correspondiente al Lote N 2 de la manzana K del conjunto habitacional Los° Granaderos, ubicado en calle Las Tranqueras N 01790, y que deslinda: Norte,° en 10 metros con calle uno hoy Las Tranqueras; Sur, en 10 metros con rea deá reserva n mero uno de la manzana K; Oriente, en 20 metros con lote tres;ú Poniente, en 20 metros con lote uno de la manzana K, de una superficie de 200 metros cuadrados, que se encuentra graficado en el plano N 09101-20.628-C.U.° del Ministerio de Bienes Nacionales. El dominio del mencionado inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del Fisco de Chile a fojas 7634 bajo el n mero 3888 del Registro deú Propiedad del a o 2019 del Conservador de Bienes Ra ces de Temuco, sirviendoñ í de t tulo la respectiva posesi n efectiva inscrita bajo el n mero 32574 del a oí ó ú ñ 2018, en el Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Chile, seg n Resoluci nó ú ó Ex. N 7005 de fecha 31 de mayo de 2018. ° De ah que el Fisco de Chile sea due o del inmueble de que se trata, porí ñ haberlo adqui
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que expongo: Conforme al m rito del proceso, esto es la Demanda deé Autos, y su contestaci n, soy ocupante, en calidad de poseedora irregular, deló inmueble de Avenida Las Tranqueras 01790 de la ciudad de Temuco, y actualmente me encuentro obligada a su restituci n a manos del Fisco. Dado queó debo proceder a restituir el inmueble, cuya posesi n material adquir de Buenaó í “ fe , conforme al art culo 706 del C digo Civil, vengo a solicitar al tribunal que,” í ó que ordenando la Restituci n del inmueble por el Imperio de la Ley, opere enó estos autos la Instituci n de Las Prestaciones Mutuas, conforme a la cual enó conjunto con la restituci n, sea condenado el reivindicador al pago del total deó las mejoras que de buena fe introduje al inmueble, y adem s al pago de laá conservaci n del inmueble, por los ltimos 20 a os. Fundamentos de Hecho y deó ú ñ Derecho: Obtuve de manos de don Sergio Leonel Garrido Hidalgo, la posesi nó material tranquila y pac fica del inmueble, luego que este ltimo, reput ndoseí ú á como nico heredero de do a Dominga Hidalgo Hidalgo, desde el a o 1988,ú ñ ñ estando en posesi n material del inmueble en calidad de Heredero Putativo meó “ ” traspas en el a o 2004, su posesi n material, como acuerdo preliminar deó ñ ó liquidaci n de bienes comunes, al del cese de nuestra convivencia. En este puntoó se reproducen los hechos narrados en la contestaci n, de la forma como donó Sergio Garrido entro a poseer materialmente el inmueble. En los hechos y para los efectos de esta demanda reconvencional, cabe considerar que entre la muerte de do a Dominga Hidalgo, anterior propietaria y el traspaso del al Fisco,ñ transcurri un plazo de 31 a os, al momento de la notificaci n de la demandaó ñ ó en la actualidad han transcurrido 35 a os, de estos 35 a os, yo he ocupado elñ ñ inmueble los ltimos 20 a os, con nimo de se ora y due a, sin reconocerú ñ á ñ ñ dominio ajeno, posesi n irregular que adquir de Buena Fe en el a o 2004,ó í ñ calidad jur dica, que fue interrumpida, el d a 8 de enero de 2023, fecha en queí í fui notificada de la acci n principal, y que he perdido al momento de contestaró la demanda, lo cual he hecho en lo principal, allan ndome a ella. Que conformeá al libelo, el actor ha fijado el marco normativo de su acci n el Art culo 915 deló í C digo Civil, correspondiente a una Acci n Restitutoria, norma que indicaó ó textualmente: Las reglas de este t tulo se aplicar n contra el que poseyendo a“ í á nombre ajeno retenga indebidamente una cosa ra z o mueble, aunque lo haga siní nimo de se or. Las reglas a las cuales se refiere el t tulo, corresponden a lasá ñ ” í reglas de las prestaciones mutuas que se deben entre el poseedor vencido y el reivindicador, siendo estas normas en consecuencia el marco legal dentro de la cual se fija la presente Demanda Reconvencional de Indemnizaci n deó perjuicios, solicito sea condenado al Fisco Chile al pago del total de las prestaciones mutuas, que proceden conforme
Fallo
fallo o en otro juicio diverso, a su elecci n. Sostuvo lo siguiente:ó El Fisco de Chile es DUE O Ñ del inmueble ubicado en la comuna de Temuco, correspondiente al Lote N 2 de la manzana K del conjunto habitacional Los° Granaderos, ubicado en calle Las Tranqueras N 01790, y que deslinda: Norte,° en 10 metros con calle uno hoy Las Tranqueras; Sur, en 10 metros con rea deá reserva n mero uno de la manzana K; Oriente, en 20 metros con lote tres;ú Poniente, en 20 metros con lote uno de la manzana K, de una superficie de 200 metros cuadrados, que se encuentra graficado en el plano N 09101-20.628-C.U.° del Ministerio de Bienes Nacionales. El dominio del mencionado inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del Fisco de Chile a fojas 7634 bajo el n mero 3888 del Registro deú Propiedad del a o 2019 del Conservador de Bienes Ra ces de Temuco, sirviendoñ í de t tulo la respectiva posesi n efectiva inscrita bajo el n mero 32574 del a oí ó ú ñ 2018, en el Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Chile, seg n Resoluci nó ú ó Ex. N 7005 de fecha 31 de mayo de 2018. ° De ah que el Fisco de Chile sea due o del inmueble de que se trata, porí ñ haberlo adquirido por sucesi n por causa de muerte, siendo ste el modo deó é adquirir el dominio. LA DEMANDADA OCUPA ACTUALMENTE DICHO INMUEBLE, SIN TENER TITULO ALGUNO QUE LO HABILITE PARA ELLO. El art culo 19 del Decreto Ley N 1939, del a o 1977, es categ rico al reputarí º ñ ó como “OCUPANTE ILEGAL a quien se encuentre ocupando un bien
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C-5567-2023 Foja: 1 FOJA: 57 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-5567-2023 CARATULADO : CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO (DS 755, LOTE 69-A)/FERREIRA Temuco, ocho de enero de dos mil veinticinco VISTOS: Que se present donó Alvaro S ez Willerá , Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, persona ju
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