Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

BAEZ/CIBELES MACHINE RENTALS SPA

Rol

O-917-2024

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS X · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE X · OFRECE PRUEBA DEMANDADO X · DILIGENCIAS DECRETADAS X · CITACIÓN A AUDIENCIA DE JUICIO X · OMITE CITACIÓN A AUDIENCIA DE JUICIO X · ACUMULACIÓN X · DESISTIMIENTO X · APERCIBIMIENTO X · SENTENCIA X · SUSPENSIÓN X Constancia Se deja constancia que efectuados los tres llamados de rigor en las dependencias del Tribunal, no se encuentra presente la demandada Cibeles Machine Rentals SPA., ni nadie ha comparecido en representación de ella. Relación. El Tribunal realiza una breve relación de la causa. Conciliación. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce atendida la incomparecencia de la demandada. Solicitud parte demandante. La parte demandante solicita al Tribunal atendida la rebeldía de la demandada, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso séptimo y 453 N°3 inicio segundo, ambos del Código del Trabajo, se omita la recepción de la causa a prueba, se dicte sentencia definitiva y se den por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda. El Tribunal resuelve: Como se pide, el Tribunal procederá a dictar sentencia de forma inmediata. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA. Valparaíso, a dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema. VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones, visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 41 y siguientes, 63, 66 y siguientes, especialmente 73, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 446 y siguientes, especialmente 453 N°1 inciso séptimo y N° 3 inciso segundo, todos del Código del Trabajo, SE DECLARA: I. Que, se hace lugar a la demanda interpuesta por doña Yana Stephanie Baez Dollenz, en contra de Cibeles Machine Rentals SPA., y en consecuencia se declara que el despido del que se le hizo objeto a la actora el 19 de abril de 2024, es injustificado por incausado. En consecuencia, se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y recargos: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo: $825.606.- b) Indemnización por años de servicio: $1.651.212.- c) Recargo de 50% de indemnización por año de servicio, conforme artículo 168 Letra b del Código del ramo: $825.606.- II. Que se acoge la demanda de cobro de prestaciones y en consecuencia se dispone que la demandada deberá pagar a la actora las siguientes: a) Remuneraciones de 23 de febrero a 19 de abril de 2024, a razón de: $1.232.900.- b) Indemnización compensatoria de feriado anual y proporcional correspondiente a todo el periodo trabajado, a razón de: $853.967.- c) Cotizaciones de seguridad social, salud y cesantía, a razón de: $825.606., mensuales o fracción de mes, correspondiente al periodo de 23 de febrero a 19 de abril de 2024, las que deberán enterarse las instituciones de seguridad social, salud y cesantía a las que se encuentra af

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Valparaíso, a 18 de diciembre de 2024. RUC 24-4-0593705-7 RIT O-917-2024 MAGISTRADO Ximena Adriana Cárcamo Zamora ADMINISTRATIVO DE ACTAS Valentina Cornejos Vicent SALA DE AUDIENCIA VIRTUAL 1 HORA DE INICIO 10:06 horas. HORA DE TÉRMINO 10:30 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 2440593705-7-1338 PARTE DEMANDANTE Yana Stepha

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica