TORRES OCARANZA MAESTRANZA LIMITADA/ICT MAIPÚ
Rol
I-419-2024
Fecha
18 de diciembre de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X RECLAMADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE RECLAMANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE RECLAMADA X SENTENCIA X Autoriza poder: Al escrito de delegación de poder de la parte reclamante en la abogada habilitada, doña Ingrid Carola Yáñez González presentado con fecha de hoy 18 de diciembre de 2024: Téngase presente. Al escrito “Acompaña patrocinio y poder” de la parte reclamada de fecha de hoy 18 de diciembre de 2024, el Tribunal resuelve: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: Téngase por acompañados los documentos. A los escritos de acompaña documentos o medios de prueba de ambas partes de fecha 17 de diciembre de 2024, el Tribunal resuelve: Téngase por digitalizados los documentos, sin perjuicio de su ofrecimiento e incorporación en la etapa procesal respectiva. Contestación al reclamo: La parte reclamada evacúa el trámite de contestación al reclamo. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce, en atención a la postura de la parte reclamada en este tipo de causas. Fija hechos controvertidos: 1) Efectividad de haber incurrido la demandada en error de hecho manifiesto al aplicar la sanción. 2) Efectividad de haber dado la demandante integro cumplimiento a la norma infringida. Medios de Prueba: LA PARTE RECLAMANTE OFRECIÓ E INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Resolución de multa número 1504/23/151, de fecha 01 de diciembre de 2023, de la Inspección Comunal del Trabajo de Maipú, que ordena las multas 1504/2023/151-1 y 1504/2023/151-2 en contra de Torres Ocaranza Maestranza Limitada. 2) Escrito de solicitud de reconsideración administrativa de multa administrativa, interpuesto ante la Inspección Comunal del Trabajo de Maipú, con fecha 23 de enero de 2024, en contra de las multas 1504/2023/151-1 y 1504/2023/151-2. 3) Resolución exenta número 1309-11800/
Fundamentos
motivos plausibles para litigar, regulándose las costas personales en la suma de $200.000.- III. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día; en caso contrario, conforme lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo, y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional respectivo. Asimismo, una vez ejecutoriada la sentencia devuélvanse los documentos a las partes a su sola petición verbal. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Lorena Flores Canevaro, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 420 y siguientes, 453, 454 y siguientes, 496 y siguientes, 505 y siguientes, todos del Código del Trabajo, artículos 29, 30, 31 del DFL Nº2 de 1967 del Ministerio del Trabajo Y Previsión Social, se resuelve: I. Que SE RECHAZA la demanda interpuesta por don Víctor Alejandro Jesam Torres en representación de TORRES OCARANZA MAESTRANZA LIMITADA en contra INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE MAIPÚ, representada legalmente por don Javier Cueva Ojeda, en todas sus partes. II. Que se condena en costas a la parte reclamante, por estimarse que no tuvo motivos plausibles para litigar, regulándose las costas personales en la suma de $200.000.- III. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día; en caso contrario, conforme lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo, y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional respectivo. Asimismo, una vez ejecutoriada la sentencia devuélvanse los documentos a las partes a su sola petición verbal. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Lorena Flores Canevaro, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de lo
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ACTA DE CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO FECHA 18 DE DICIEMBRE DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 RUC 24-4-0579922-3 RIT I-419-2024 MAGISTRADA LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 13:38 HORAS HORA DE TÉRMINO 14:23 HORAS N° REGISTRO DE A
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