2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CORTÉS/BIGFOOT CHILE SPA

Rol

O-278-2024

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos genéricos, abstractos, sin explicación suficiente. Suscribió finiquito, estampando reserva de derechos, accionando por el recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicios, el monto de contado por AFC y una diferencia por el valor de la UF considerado a la fecha del pago (5 de diciembre de 2023), prestaciones todas avaluadas, la que solicita con recargos legales copas de la causa. La demandada contestó pidiendo rechazo de la demanda, reconociendo la relación de trabajo, la extensión de los servicios, la suscripción de un finiquito en que trabajadores tampoco reserva y los recuentos efectuados. Alegó haber dado cumplimiento a los requisitos de forma del despido, indicando los montos pagados por concepto de indemnización por años de servicios. La comunicación de término contiene claramente los hechos tenidos en consideración antecedentes para despedir, relacionado con los drásticos y sostenidos cambios en la economía y, especialmente, en el competitivo mercado del comercio, cuando se vio fuertemente afectado, habiendo adoptado una serie de medidas paliativas de optimización productiva, con el objetivo de dar continuidad al negocio y así permanecer en el país, interviniendo diversas áreas de la empresa, incluida el área donde el actor prestaba servicios. Las funciones del demandante, como se indicó serían absorbida por el personal ya existente en la empresa, por lo que su cargo no seguía objeto de reemplazo. Alude a cambios en la economía que han repercutido fuertemente en las empresas de comercio, tanto presencial como electrónico, refiriendo índices estadísticos, datos sobre la disminución en las ventas minoristas del año 2023 en relación al año 2022, afectando mayormente a las ventas de vestuario y calzado, por tratarse de contracción de bienes no esenciales. Aporta datos sobre informe de ventas online de la Cámara de Comercio, de tres trimestres de 2023, en el rubro vestuario y calzado, señalando que la demandada experimentó una disminución de m

Fundamentos

FUNDAMENTOS DE DERECHO. 1. La controversia principal recayó en la justificación de la causal aplicada, contenida del inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo. Al actor, le fueron pagadas las indemnizaciones derivadas de la causal, aplicándose el tope legal de 90UF, y el descuento por concepto de “aporte del empleador de AFC” de $6.450.685. 2. El demandante era, al término de los servicios, “subgerente de servicios”. La demandada desarrolla la venta mediante sitio web o aplicación de productos de vestuario y calzado. 3. La comunicación de término hace la siguiente relación de hechos: “Bigfoot Chile SpA es una empresa cuyo giro comercial radica en las operaciones de e commerce (sic) y moda, industria que exige un permanente y constante estudio de las condiciones de mercado y de la economía, conforme a las cuales es posible proyectar las decisiones de negocio, operacionales y financieras cada año. Conforme dichas proyecciones, que analiza la demanda de productos y servicios que se estima para el corto y mediano plazo, y en base a ello se efectúa la contratación del personal necesario para poder cumplir con tales proyecciones de demanda. No obstante, lo anterior, existen circunstancias exógenas a la compañía, propias del mercado de la contingencia que afectan a la economía nacional e internacional que modifican el escenario comercial, financiero y que provocan efectos sobre la marcha normal de la empresa” “En ese contexto, se han generado variables negativas que afectan gravemente la continuidad operacional de la empresa, generando la necesidad de aplicar urgentemente medidas tendientes a reducir costos y aumentar las deficiencias operacionales maximizándose los recursos con una estructura de gastos más acotada. Estas deficiencias, entre otras, se producen reduciendo. Derivados y puestos de trabajo cuyas funciones pueden ser reabsorbidas por personal preexistente la compañía, sin que exista una nueva contratación posterior que reemplace a los puestos de trabajo suprimidos.” “Pues bien, durante el transcurso del año 2023, diversos hitos han afectado de forma negativa la situación financiera de la Empresa, circunstancias que, de forma objetiva grave y permanente, afectan la continuidad financiera y operacional de la Compañía, siendo necesario tomar medidas inmediatas para asegurar su viabilidad financiera. En efecto, que la inflación de casi 5.3% en lo que va acumulado del presente año, y la disminución de las ventas en más de 20% comparación al 2022 son circunstancias y condiciones del mercado y la economía, ajenas a la Empresa y no atribuibles a esta, pero que inciden directamente en los costos de la Compañía en un escenario de ingresos menores que no permiten mantener la misma estructura de gastos sin poner en riesgo la continuidad de la Empresa” “Estas circunstancias se ha mantenido en el mediano plazo, y no han logrado revertirse, por lo que la Empresa, considerando el escenario de permanencia de estas condiciones de mercado desfa

Fallo

Por estas razones, se ha tomado necesidad de reestructurar el área en la cual usted se desempeña, con el objeto de buscar deficiencias en la organización, reducir costos y maximizar ingresos, debiendo reducirse los gastos de personal, principalmente asociados a aquellos puestos de trabajo en su área. De esta forma la Empresa ha tomado la decisión de poner término a su contrato de trabajo, eliminando su puesto de trabajo, siendo sus funciones reabsorbidas por el personal ya existente en la Compañía, no siendo reemplazada su posición de una forma pura alguna nueva contratación posterior” 4. La carta satisface un estándar de imputación mínimo en cuanto a los hechos invocados (párrafos tercero, a quinto), los que relacionados con un proceso de reestructuración pueden y suelen ser comunes a un grupo de trabajadores, por lo que no cabe tachársela de genérica ni ajena una formulación de hechos determinados que posibiliten una defensa adecuada. 5. La demandada demuestra la existencia de una reestructuración de la dotación, mediante despidos (de ejecutivos), renuncias y eliminación de cargos directivos, a contar de marzo de 2023 (listado/demandada); todo en el marco de una empresa que opera en cuatro países de Latinoamérica, que el área del actor disponía de dos subgerencias, una para cada país y que tras su despido, queda bajo el mando unificado de subgerente de Colombia. 6. La prueba entonces, da cuenta del proceso de despidos masivos (ejecutivos) y, en ese marco, de la eliminació

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. ANTECEDENTES Don Daniel Amariel Cortés Agurto, domiciliado en Santiago, dedujo demanda en procedimiento de aplicación general del trabajo contra Bigfoot Chile SpA, domiciliados en Las Condes, fundado en vínculo laboral iniciado el 7 de noviembre de 2012, y concluido el 5 de diciembre de 2023, por aplicación de la causal del artículo yendo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica