1º Juzgado de Letras de Rengo

ONG PATHER NOSTRUM/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE RENGO

Rol

I-38-2024

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA PARTE RECLAMANTE X · PRUEBA DOCUMENTAL X · PRUEBA TESTIMONIAL X · INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA PARTE RECLAMADA X · PRUEBA DOCUMENTAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE RECLAMANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE RECLAMADA X · DICTA SENTENCIA X Se da inicio a la audiencia con la individualización de las partes asistentes. Respecto al escrito denominado “Designa patrocinante y apod.”, presentado por doña Gabriela Miranda Quinteros, se provee: A lo principal y segundo otrosí: téngase presente; al primer otrosí: téngase por acompañado, sin perjuicio de su ofrecimiento e incorporación en audiencia; y al tercer otrosí: estese al mérito de lo resuelto. Respecto al escrito denominado “Acompaña documentos”, presentado por don Vladimir González Segovia, se provee: téngase por acompañado, sin perjuicio de su ofrecimiento e incorporación en audiencia. Respecto al escrito denominado “Acompaña documentos”, presentado por don Vladimir González Segovia, se provee: téngase por acompañado, sin perjuicio de su ofrecimiento e incorporación en audiencia. Se omite relación somera de la reclamación. CONTESTACIÓN PARTE RECLAMADA: La parte reclamada viene en evacuar el traslado y contestar la reclamación judicial interpuesta por la parte reclamante, solicitando desde ya que se rechace dicha reclamación judicial en todas sus partes con condena en costas, cuyos argumentos se encuentran íntegramente registrados en audio. El Tribunal Resuelve: Se tiene por evacuada la contestación. LLAMADO A CONCILIACIÓN: El Tribunal realiza el llamado a conciliación, a lo que el abogado de la parte reclamada expresa que no cuenta con facultades para arribar a un acuerdo, teniéndose por frustrado el llamado a conciliación. HECHOS A PROBAR: 1.- Efectividad de existir un error de hecho al momento de imponer la sanción. 2.- Hechos y circunstancias que permitan razonar sobre la proporcionalidad de la multa

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO PATHER NOSTRUM, persona jurídica del giro de su denominación, con domicilio en Cruchaga N° 357, Curacaví, representada por don Cristián Gonzalo Espinoza Camus, tecnólogo médico, del mismo domicilio, quien interpone reclamación en contra de la resolución N° 3587-24-241, de fecha 4 de noviembre de 2024 emanada de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE RENGO, con domicilio en calle Alonso de Ercilla N° 305, Rengo, representada por la Inspectora Comunal del Trabajo doña Gabriela Miranda Quinteros o quien lo subrogue o represente. Funda su reclamación, en síntesis, en que por la resolución N° 3587-24-241 de 4 de noviembre de 2024 se constató la siguiente infracción por su parte: “No informar al trabajador don Francisco Alexander Torres Gálvez por escrito el estado de pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido, adjuntando los comprobantes que lo justifiquen. Infracción constatada en audiencia de conciliación de fecha 04-11-2024”. La infracción anotada fue sancionada en su rango máximo con multa de 60 Unidades Tributarias Mensuales. Como fundamento de la reclamación, refiere que existe un error de hecho al sancionar únicamente por los dichos de la persona que asiste al comparendo de conciliación, para con ello concluir que no se habría remitido la comunicación de pago de cotizaciones previsionales junto con la carta de aviso de despido. Agrega que la persona que asistió al comparendo de conciliación no es quien redactó ni envió la carta de aviso de despido, porque no es esa su función, de manera que no podría haber sabido cuál era el contenido del sobre en que se envió dicha carta. Aclara que la comunicación del estado de pago de las cotizaciones previsionales adeudadas hasta el último día del mes anterior al del despido del trabajador se remitió conjuntamente con la carta de aviso de despido, lo que consta en la misma con la leyenda “Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo, le informamos en este acto que sus cotizaciones previsionales y de seguro de cesantía se encuentran pagadas, según certificado que acompañamos en este acto”. Previas citas legales, y demás consideraciones de hecho y de derecho, que se dan por reproducidas por razones de economía procesal, solicita se deje sin efecto la multa; en subsidio, se rebaje el quantum de la misma; y, en subsidio, se sustituya por capacitaciones laborales. SEGUNDO: Que, comparece la parte reclamada, quien solicita el rechazo de la reclamación en todas sus partes. En síntesis, manifiesta que a los inspectores del trabajo les asiste la presunción de veracidad. Asimismo, refiere que la multa fue correctamente impuesta, sin evidenciarse ningún error de hecho. Así también, refiere que la sola mención en la carta de despido de que las cotizaciones se encuentran pagadas no implica que esta información haya sido debidamente comunicada al trabajador, tal

Fallo

SE RESUELVE: I. Que SE ACOGE, PARCIALMENTE, la reclamación interpuesta por ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO PATHER NOSTRUM en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE RENGO, únicamente en cuanto a rebajar en un 50% el quantum de la multa impuesta por la Resolución N° 3587-24-241, esto es, a la suma de 30 Unidades Tributarias Mensuales, rechazándose en todo lo demás. II. Que no se condena en costas a ninguna de las partes, por no haber sido ninguna de ellas totalmente vencida. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Quedan las partes notificadas de todo lo obrado y resuelto en esta audiencia. Dirigió la audiencia y resolvió don SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Rengo. jl1_rengo@pjud.cl Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes. Rengo, 18 de diciembre de 2024.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA 18 de diciembre de 2024 TRIBUNAL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE RENGO RUC 24-4-0625833-1 RIT I-38-2024 MATERIA RECLAMO MULTA ADMINISTRATIVA MAGISTRADO DON SEBASTIAN IGNACIO BRAVO IBARRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ana María Arce Marmolejo HORA DE INICIO 12:43 horas HORA DE TÉRMINO 13:43 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440625833-1-111 PA

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