Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

CEDEÑO/CONDOMINIO CUMBRES DEL BOSQUE

Rol

M-1088-2024

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, atendido a que el demandado no cumplió con su carga impuesta en el artículo 452 del Código del Trabajo. En esos términos, se procede a dictar sentencia de inmediato. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA. Se deja constancia que conforme al artículo 501 del Código del Trabajo se procede a dictar sentencia íntegra en forma verbal dejando la transcripción del acta solo de su parte resolutiva, conforme lo dispone artículo 62 del auto acordado 71, de la Excelentísima Corte Suprema, de 16 de junio de 2016. Valparaíso, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 10 y siguientes, 420 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I.- Que, se acoge a la demanda en cuanto se declara que la demandada deberá pagar las cotizaciones previsionales en FONASA; AFP MODELO y AFC con base de cálculo de ingreso mínimo en cada periodo, de los siguientes meses: Año 2023: agosto, septiembre, octubre y diciembre. Año 2024: enero, febrero, marzo y abril. II.- Que para el cobro de las cotizaciones previsionales deberá oficiarse a las instituciones previsionales que correspondan para que ejerzan las acciones de cobranza previsional. III.- Que se condena en costas a la demandada regulándose las costas personales en la suma de $500.000.- Téngase a las partes notificadas del fallo en audiencia. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad, remitiéndose al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso. RIT: M-1088-2024 RUC: 24-4-0608413-9 Dictada en audiencia por Sebastián Bueno Santibáñez, juez suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Siendo las 11:11 horas se pone terminó a la presente audiencia. Se deja constancia que la presente audiencia se realizó bajo la modalidad de videoconferencia y el registro oficial de la misma se encuentra grabado en audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Val

Fundamentos

considerando que no hay hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, atendido a que el demandado no cumplió con su carga impuesta en el artículo 452 del Código del Trabajo. En esos términos, se procede a dictar sentencia de inmediato. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA. Se deja constancia que conforme al artículo 501 del Código del Trabajo se procede a dictar sentencia íntegra en forma verbal dejando la transcripción del acta solo de su parte resolutiva, conforme lo dispone artículo 62 del auto acordado 71, de la Excelentísima Corte Suprema, de 16 de junio de 2016. Valparaíso, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro.

Fallo

Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 10 y siguientes, 420 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I.- Que, se acoge a la demanda en cuanto se declara que la demandada deberá pagar las cotizaciones previsionales en FONASA; AFP MODELO y AFC con base de cálculo de ingreso mínimo en cada periodo, de los siguientes meses: Año 2023: agosto, septiembre, octubre y diciembre. Año 2024: enero, febrero, marzo y abril. II.- Que para el cobro de las cotizaciones previsionales deberá oficiarse a las instituciones previsionales que correspondan para que ejerzan las acciones de cobranza previsional. III.- Que se condena en costas a la demandada regulándose las costas personales en la suma de $500.000.- Téngase a las partes notificadas del fallo en audiencia. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad, remitiéndose al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso. RIT: M-1088-2024 RUC: 24-4-0608413-9 Dictada en audiencia por Sebastián Bueno Santibáñez, juez suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Siendo las 11:11 horas se pone terminó a la presente audiencia. Se deja constancia que la presente audiencia se realizó bajo la modalidad de videoconferencia y el registro oficial de la misma se encuentra grabado en audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR VIDEOCONFERENCIA FECHA Valparaíso, martes 17 de diciembre de 2024. RUC 24-4-0608413-9 RIT M-1088-2024 MAGISTRADO SEBASTIÁN BUENO SANTIBÁÑEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paulina Altamirano Arenas.- SALA Sala Virtual N° 8 HORA DE INICIO 11:05 horas HORA DE TERMINO 11:11 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440608413

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