Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

EFE SUR S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN

Rol

I-174-2024

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Por estas circunstancias y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1°, 34, 33 y siguientes del código del trabajo, 503 y siguientes 1698 del código del trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la reclamación deducida por FERNANDO ANDRÉS BELMAR JARA, en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, representada legalmente por Carmen Gloria Araneda Escobar todos ya individualizados, sólo en cuanto se rebaja la Resolución de Multa N° 3452/24/48-1-2-3, quedando en 10 Unidades Tributarias Mensuales cada una. II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese y actívese en su oportunidad. RIT: I-174-2024 RUC: 24-4-0599806-4 Las partes quedan notificadas de todo lo resuelto en esta audiencia. Sentencia dictada por doña ANGELA MABEL HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.

Fundamentos

Fundamentos en registro de audio. · Traslado a la parte reclamada: Registro en audio. · Tribunal: Se acoge el desistimiento de la parte reclamante, manteniéndose únicamente la petición subsidiaria, en el sentido de rebajar la multa. INCORPORACIÓN MEDIOS DE PRUEBA PARTE RECLAMANTE: Documental: 1. Registro de asistencia de los siguientes trabajadores: a. Cristobal Alejandro Bustamante Bustamante, correspondiente a los meses de julio, agosto y octubre; b. Felipe Ernesto Garretón Castro, correspondiente al mes de octubre; c. Luis Leandro Carrizo Pradenas , correspondiente a los meses de septiembre y octubre; d. Patricio Alberto Donoso Cea, correspondiente a los meses de agosto, septiembre y octubre; 2. Correo electrónico enviado por Claudia Benavente Millar, sub gerente de personas zona sur, en que se indican los sindicatos involucrados en paralización del mes de Julio de 2024; 3. Contrato de trabajo celebrado entre EFE Sur S.A. y Cristobal Bustamante Bustamante con fecha 20 de julio de 2022, suscrito por ambos; 4. Contrato de trabajo celebrado entre EFE Sur S.A. y Luis Carrizo Pradenas, con fecha 05 de julio de 2022, suscrito por ambos; 5. Contrato de trabajo celebrado entre EFE Sur S.A. y Patricio Alberto Donoso Cea, con fecha 01 de febrero de 2021, suscrito por ambos; 6. Contrato de trabajo celebrado entre EFE Sur S.A. y Felipe Ernesto Garretón Castro, con fecha 01 de febrero de 2021, suscrito por ambos; 7. Impresión de pantalla de página Red Movilidad www.red.cl en que se publica noticia de fecha 24 de junio de 2024 sobre plan de contingencia por paro nacional de trabajadores; 8. Impresión de pantalla página de gobierno www.gob.cl en que se publica noticia de fecha 25 de junio de 2024 sobre paro de trabajadores EFE y el plan de contingencia en regiones; 9. Impresión de pantalla publicación “comunicado oficial” de Efe biotren en plataforma “x”, de fecha 23 de junio de 2024; 10. Impresión de pantalla página EFE www.efe.cl en que se publica noticia de fecha 26 de junio de 2024 sobre acuerdo con trabajadores y reanudación de servicios; 11. Escrito de multa cursada correspondiente a la multa que se reclama N°3452/ 24/48 de fecha 19 de julio de 2024, y el correo electrónico de notificación de la misma de 27 de julio de 2024. Testimonial: Renuncia. PARTE RECLAMADA: Documental: 1. Activación de fiscalización, de fecha 24.6.2024, comisión 1343/2024. 2. Carátula de Informe de Exposición, comisión 1343/2024. 3. Informe de Exposición, comisión 1343/2024. 4. Resolución de multa N° 3452/24/48, de fecha 19.7.2024. OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Ambas partes formulan observaciones. Tribunal: Téngase por formuladas las observaciones a la prueba. Atendido lo dispuesto en el artículo 457 del código del trabajo, se procede a dictar sentencia. SENTENCIA DICTADA VERBALMENTE (Se transcribe solo lo resolutivo) Concepción, a dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

Fallo

Por estas circunstancias y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1°, 34, 33 y siguientes del código del trabajo, 503 y siguientes 1698 del código del trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la reclamación deducida por FERNANDO ANDRÉS BELMAR JARA, en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, representada legalmente por Carmen Gloria Araneda Escobar todos ya individualizados, sólo en cuanto se rebaja la Resolución de Multa N° 3452/24/48-1-2-3, quedando en 10 Unidades Tributarias Mensuales cada una. II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese y actívese en su oportunidad. RIT: I-174-2024 RUC: 24-4-0599806-4 Las partes quedan notificadas de todo lo resuelto en esta audiencia. Sentencia dictada por doña ANGELA MABEL HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO RECLAMACIÓN (Audiencia semipresencial) FECHA 18 de diciembre de 2024 Registro de audio en Remoto 1 RUC 24-4-0599806-4 RIT I-174-2024 MAGISTRADO ANGELA HERNANDEZ GUTIERREZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Beatriz Núñez Gutiérrez HORA DE INICIO 12:15 HORA DE TERMINO 12:29 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440599806-4-1343 RECLAMANTE EFE SUR S.A. 96

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