PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./SEPÚLVEDA
Rol
C-1327-2024
Fecha
7 de enero de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A Folio 1, con fecha 24 de mayo de 2024, se presenta do a Hedy Mattheiñ Fornet, abogada, en representaci n judicial de Promotora CMR Falabella S.A., sociedadó comercial, representada convencionalmente por los se ores don Gaston Bottazzini,ñ economista, y don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingeniero civil, los tres ltimosú domiciliados en calle Moneda 970, piso 18, comuna de Santiago, deduciendo demanda ejecutiva en contra de don Iv n Antonio Sep lveda Soto, ignora profesi n u oficio, coná ú ó domicilio en calle Mariposas parcela 37, comuna de San Clemente, por la deuda de que da cuenta el Pagar N 2099676, por la suma de $é ° 4.715.771, con vencimiento el d a 12í de marzo de 2024. Indica el actor que el pagar fue suscrito por la sociedad Promotora CMRé Falabella S.A., representada por los se ores don Jos Benavides Feliu, don Gonzalo Vialñ é Yunge, do a Alejandra Ramos Hern ndez, do a Mar a Gonz lez Darauche, do añ á ñ í á ñ Ver nica N ez S nchez y do a Paola Mart nez Ismail, en representaci n, a su vez, deló úñ á ñ í ó deudor. Afirma que el deudo no pag en su totalidad el pagar a la fecha de suó é vencimiento, y que a la fecha de presentaci n de la demanda a n no lo ha hecho,ó ú encontr ndose en mora desde la fecha de vencimiento en el pago de la suma deá $4.715.771 por concepto de capital, m s los intereses moratorios y costas.á Concluye se alando que el deudor relev al portador del documento de lañ ó obligaci n de protesto, que la firma del representante de la sociedad aceptante poró mandato fue autorizada por Notario P blico, que la obligaci n es l quida, actualmenteú ó í exigible y su acci n no est prescrita.ó á Por lo anteriormente se alado, solicita se despache en contra del demandadoñ mandamiento de ejecuci n y embargo, por la suma de $4.715.771, m s los interesesó á moratorios que se devenguen desde la fecha de la mora y hasta el d a del pago efectivo,í con costas. Al Folio 7, con fecha 13 de junio de 2024, el demandado se opuso a la ejecuci nó a
Fundamentos
considerando: Primero: Que, como se desprende de la demanda ejecutiva de autos, el actor se ha dirigido en contra de don Iv n Antonio Sep lveda Sotoá ú , cobrando la suma de Código: TSXYXSZXFYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 $4.715.771, m s los intereses moratorios que se devenguen desde la fecha de la mora yá hasta el d a del pago efectivo, con costasí , los que derivar an del pagar que acompa aí é ñó estos autos. Segundo: Que, en la presente causa, el ejecutado se defendi a trav s de lasó é excepciones que se indicaron en la parte expositiva de la sentencia, por los fundamentos que en cada caso se se alan, de manera que aquellas constituyen la discusi n en autos.ñ ó Tercero: Que la ejecutante acompa a estos autos los siguientes medios deñó prueba para ser ponderados por el tribunal: A folio 1: 1. Copia simple de pagar N 2099676, cuyo original se encuentra custodiado poré ° este tribunal bajo el N 1060-2024.° 2. Copia autorizada de Hoja de Resumen de Contrato de Apertura de L nea deí Cr dito y de Afiliaci n al Sistema y Uso de la Tarjeta CMR Falabella, de fechaé ó 30 de agosto de 2019. 3. Copia autorizada de Poder Especial, de repertorio N 26415-2017, otorgado ante° notario suplente, do a Paola Miralles Rodr guez, con fecha 04 de mayo de 2017.ñ í 4. Copia autorizada de Poder Especial, de repertorio N 23.497-2023, otorgado ante° notario de Santiago, don Francisco Varas Fern ndez, con fecha 17 de octubre deá 2023. Cuarto: Que, por su parte, el ejecutado no acompa a la causa medios deñó prueba para ser ponderados por el tribunal. Quinto: Que, en cuanto a la primera excepci n, esto es, la falta de capacidad deló demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca en su nombre,í ó contemplada en el art culo 464 N 2 del C digo de Procedimiento Civil, cabe precisarí ° ó que el ejecutante acompa a folio 1, copia autorizada con firma digital de Poderñó Especial de 04 de mayo de 2017, otorgado en la Segunda Notar a de Santiago, por elí cual, en la cl usula Primero p gina 2, se otorg poder necesario para la representaci ná á ó ó de dicha entidad bancaria a la abogada compareciente Hedy Matthei Fornet, el que se encuentra plenamente vigente, pues no consta que haya sido revocado por causal alguna; por lo dem s, se tuvo por acompa ado con citaci n y no fue objetado por el ejecutado.á ñ ó En dicho instrumento, se dej constancia que la personer a de quienesó í comparecieron por el mandante Promotora CMR Falabella S.A.- consta de la escritura– p blica de 29 de julio de 2014, que no se insert por ser conocida del notario queú ó autoriz , lo que, en concepto del tribunal, es suficiente para efectos de acreditar que losó representantes de la entidad demandante contaban con poder para efectos de conferir el mandato de que se trata. De esta forma, constando en el documento referido precedentemente la personer a de quien act a por el actor, no siendo necesaria
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, recibi ndose laé causa a prueba. Al Folio 21, con fecha 02 de enero de 2025, se cit a las partes a o r sentencia.ó í Y considerando: Primero: Que, como se desprende de la demanda ejecutiva de autos, el actor se ha dirigido en contra de don Iv n Antonio Sep lveda Sotoá ú , cobrando la suma de Código: TSXYXSZXFYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 $4.715.771, m s los intereses moratorios que se devenguen desde la fecha de la mora yá hasta el d a del pago efectivo, con costasí , los que derivar an del pagar que acompa aí é ñó estos autos. Segundo: Que, en la presente causa, el ejecutado se defendi a trav s de lasó é excepciones que se indicaron en la parte expositiva de la sentencia, por los fundamentos que en cada caso se se alan, de manera que aquellas constituyen la discusi n en autos.ñ ó Tercero: Que la ejecutante acompa a estos autos los siguientes medios deñó prueba para ser ponderados por el tribunal: A folio 1: 1. Copia simple de pagar N 2099676, cuyo original se encuentra custodiado poré ° este tribunal bajo el N 1060-2024.° 2. Copia autorizada de Hoja de Resumen de Contrato de Apertura de L nea deí Cr dito y de Afiliaci n al Sistema y Uso de la Tarjeta CMR Falabella, de fechaé ó 30 de agosto de 2019. 3. Copia autorizada de Poder Especial, de repertorio N 26415-2017, otorgado ante° notario suplente, do a Paola Miralles Rodr guez, con fe
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-1327-2024 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./SEP LVEDAÚ Talca, siete de enero de dos mil veinticinco. Visto: A Folio 1, con fecha 24 de mayo de 2024, se presenta do a Hedy Mattheiñ Fornet, abogada, en representaci n judicial de Promotora CMR Falabella S.A., sociedadó comercia
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