SOCIEDAD INCAR SEGURIDAD S.P.A/INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO PONIENTE
Rol
I-280-2024
Fecha
17 de diciembre de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT I -280-2024 por reclamación de multa administrativa. El reclamo fue interpuesto por don Manuel de la Castilleja Mendoza, abogado, cédula nacional de identidad número 16.477.910-6, domiciliado en Paseo Huérfanos 786, oficina 503, comuna de Santiago, en representación de Sociedad INCAR Seguridad SPA, rol único tributario. 76.049.666-9, con domicilio en calle Primera Transversal 10.651, comuna de El Bosque, en contra de Inspección Provincial del Trabajo Santiago Poniente, rol único tributario 61.502.000-1, representado por doña Claudia Andrea Toro Roa, cédula nacional de identidad 13.451.674-7, abogada, Jefe de la Inspección Provincial del Trabajo, ambos domiciliados en Neptuno 856, Comuna de Lo Prado, respecto de la Resolución Multa 6354/24/18, 1, 2 y 3 de fecha 21 de marzo de 2024, remitida por correo electrónico enviado con fecha 22 de marzo de 2024, y notificada por tanto con fecha 26 de marzo de 2024. Considerando. Primero. Argumentos y pretensiones de la parte demandante. Expone en síntesis que le fueron cursadas 3 multas bajo el N° 6354/24/18. La N° 1 lo fue por no entregar comprobante de pago de remuneraciones o entregar sin las indicaciones legales, por 60 UTM, esto es $ 3.887.580. Indica que, la multa indicada, se sustenta en el siguiente fundamento: “No entregar junto con el pago de las remuneraciones un comprobante con indicación del monto pagado, de la forma cómo se determinó y de las Deducciones efectuadas, en el período de diciembre 2023 hasta febrero 2024, respecto de los trabajadores Johana Osorio rut 16.389.471-8, Cristián Sáez rut 14.176.236-2, Anderson Hernández rut 33.524.695-0, Luis Gómez rut 33.519.688-0, Jesús Mateo rut 27.139.179-k, Yahaahira Ariza rut 33.749.668-7, hechos constatados con fecha 11 de marzo 2024” Argumenta que en la imposición de la multa transcrita existe una infracción al principio de proporciona
Fundamentos
considerando que la infracción corresponde a errores en el registro de entrada y salida de tres trabajadores fiscalizados. Finalmente la multa Nº 6354/24/18-3 fue impuesta por no actualizar en el contrato trabajo la remuneración, por 60 UTM, esto es $ 3.887.580. La multa, transcrita es del siguiente tenor “ No actualizar el contrato de trabajo a lo menos una vez al año el aumento de remuneración derivado de reajuste legal respecto del trabajador don Cristian Sáez rut 14.176.236-2.,monto del contrato de trabajo no coincide con el pagado en liquidaciones de sueldo por $469.426.- de periodo de diciembre 2023 hasta febrero 2024, hechos constatados con fecha 11 de marzo 2024 en revisión documental entregada por el empleador” Manifiesta que, el fiscalizador argumentó que la infracción consistía en no consignar un aumento de remuneración derivado de un reajuste legal. Sin embargo, dicho aumento no se originó en un reajuste legal, sino en un acuerdo entre las partes. Conforme al Tipificador Infraccional de la Dirección del Trabajo, este tipo de situaciones se encuentra regulado bajo dos códigos diferentes: el código 1009-b, que sanciona la falta de actualización en el contrato de trabajo de una remuneración derivada de un reajuste legal, contrato colectivo o
Fallo
por tanto con fecha 26 de marzo de 2024. Considerando. Primero. Argumentos y pretensiones de la parte demandante. Expone en síntesis que le fueron cursadas 3 multas bajo el N° 6354/24/18. La N° 1 lo fue por no entregar comprobante de pago de remuneraciones o entregar sin las indicaciones legales, por 60 UTM, esto es $ 3.887.580. Indica que, la multa indicada, se sustenta en el siguiente fundamento: “No entregar junto con el pago de las remuneraciones un comprobante con indicación del monto pagado, de la forma cómo se determinó y de las Deducciones efectuadas, en el período de diciembre 2023 hasta febrero 2024, respecto de los trabajadores Johana Osorio rut 16.389.471-8, Cristián Sáez rut 14.176.236-2, Anderson Hernández rut 33.524.695-0, Luis Gómez rut 33.519.688-0, Jesús Mateo rut 27.139.179-k, Yahaahira Ariza rut 33.749.668-7, hechos constatados con fecha 11 de marzo 2024” Argumenta que en la imposición de la multa transcrita existe una infracción al principio de proporcionalidad, ya que la conducta contraria a derecho y el monto de la multa aplicada carecen de justificación adecuada. No se desarrollan argumentos que fundamenten la aplicación del máximo legal establecido, el cual se aplicó sin razón explícita. Según los documentos internos de la Dirección del Trabajo, específicamente el Tipificador Infraccional y el Manual de Fiscalización Laboral, la infracción referida (1046-c) contempla sanciones en un rango variable, determinado por el tamaño de la empresa y la graved
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT I -280-2024 por reclamación de multa administrativa. El reclamo fue interpuesto por don Manuel de la Castilleja Mendoza, abogado, cédula nacional de identidad númer
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