CONSTRUCTORA Y ALUMINIOS DIAZ SPA/CORPORACION MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA
Rol
C-2882-2024
Fecha
7 de enero de 2025
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 04 de septiembre de 2024, comparece do a Patricia Alfaroñ Ulloa, abogada, domiciliada en calle Independencia N°515, Ovalle en representaci n de Constructora y Aluminios D az SpA., ó í sociedad del giro de su denominaci n, ambos domiciliados en Lote 14-B,ó El Olivo, Ovalle, interponiendo demanda ejecutiva en contra de la Corporaci n Municipal Gabriel Gonz lez Videlaó á de La Serena, representada por don Jorge Gino Enriko D az Torrej n,í ó ingeniero en administraci n p blica, ambos domiciliados en Anima de Diego N°550, La Serena,ó ú en base a lo siguiente. Refiere que su representada es due a de la ñ Factura Electr nica N°1263ó , de fecha 23 de enero de 2024, debidamente notificada judicialmente de su cobro a don D az Torrej n, en calidad de representante legal de í ó la Corporaci n Municipaló Gabriel Gonz lez Videla de La Serenaá , por concepto de adquisici n materiales deó construcci n para Cesfam Comuna de La Serena, referencias: Gu a de Despachoó í Electr nica N°397 del 2024-01-22; Gu a de Despacho Electr nica N°398 deló í ó 2024-01-22; y Orden de Compra N°750301-3- AG24 del 2024-01-17, por la suma de $863.732. La factura antes individualizada se encuentra irrevocablemente aceptada por la demandada, toda vez que la misma no fue objetada de reclamaci n, a trav s deó é ninguna de las formas que establece en la Ley N°19.983. De manera que su pago es actualmente exigible, toda vez que la acci n para su cobro se encuentra vigenteó de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 10 inciso 3 de la Ley 19.983.í Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la Corporaci n Municipal Gabriel Gonz lez Videla de Laó á Serena, representada por don Jorge Gino Enriko D az Torrej n -ambos yaí ó individualizados- ordenando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo enó su contra por la cantidad de $863.732.- m s intereses; ordenando se siga adelanteá esta ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de dicha c
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que como lo ha se alado en reiteradas ocasiones lañ jurisprudencia, la ineptitud del libelo procede cuando el incumplimiento de los requisitos exigidos por el art culo 254 del C digo de Procedimiento Civil es de talí ó entidad que vuelve ininteligible la demanda; es decir, debe sustentarse en hechos de gravedad e importancia que la hagan vaga y confusa respecto de las personas, la causa de pedir o la cosa pedida, de forma tal que impidan al demandado efectuar una adecuada defensa. Pues bien, en la demanda se explica claramente que el actor es due o de lañ Factura Electr nica N°1263ó , de fecha 23 de enero de 2024, por concepto de adquisici n de materiales de construcci n para el Cesfam de la Comunaó ó de La Serena, teniendo como referencias la Gu a de Despacho Electr nica N°397 delí ó 2024-01-22; la Gu a de Despacho Electr nica N°398 del 2024-01-22; y la Ordení ó de Compra N°750301-3- AG24 del 2024-01-17, por la suma de $863.732. Adem sá , se indic que la factura ó se encuentra irrevocablemente aceptada por la demandada, toda vez que la misma no fue reclamada oportunamente. De manera que su pago es actualmente exigible, toda vez que la acci n para su cobro seó encuentra vigente de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 10 inciso 3 de la Leyí 19.983. As las cosas, y expresando claramente el libelo que lí a ejecutada adeuda la suma de $863.732.- por concepto de adquisici n de materiales de construcci n paraó ó Cesfam Comuna de La Serena, m s intereses, no se har lugar a la excepci n delá á ó numeral 4 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, referida a laí ó ineptitud del libelo. SEGUNDO: Que los antecedentes no pormenorizados en lo que antecede en nada alteran o modifican lo ya concluido.
Fallo
Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la Corporaci n Municipal Gabriel Gonz lez Videla de Laó á Serena, representada por don Jorge Gino Enriko D az Torrej n -ambos yaí ó individualizados- ordenando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo enó su contra por la cantidad de $863.732.- m s intereses; ordenando se siga adelanteá esta ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de dicha cantidad, con costas.ó Código: EWQXXSECWKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2882-2024 Foja: 1 Que con fecha 30 de octubre de 2024, comparece don Marcelo Esteban R os Lobos, abogado en representaci n de la demandada, oponiendo a la ejecuci ní ó ó la excepci n del art culo 464 N°4 del C digo de Procedimiento Civil,ó í ó argumentando que en el libelo no se detalla la relaci n contractual entre las partesó de la cual surgi la obligaci n de pago que se cobra; ni tampoco se especifican losó ó productos que se habr an entregado, a fin que su parte tenga la posibilidad deí entender la causa de la obligaci n reclamada. ó Al efecto, el demandante menciona de manera gen rica que la facturaé impaga corresponde a la adquisici n de materiales de construcci n para el Cesfamó ó Comuna de La Serena, sin indicar qu tipo de materiales, y a qu centro de saludé é fueron destinados, productos, precios, cantidades, etc. El demandante no indica el a o o fecha del eventual contrato, lasñ
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C-2882-2024 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-2882-2024 CARATULADO : CONSTRUCTORA Y ALUMINIOS DIAZ SPA/CORPORACION MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA La Serena, siete de enero de dos mil veinticinco Vistos: Que con fecha 04 de septiembre de 2024, comparece do a Patricia Alfaroñ Ulloa, abogada, domiciliada en calle Indepe
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