Juzgado de Letras de Colina

SAAVEDRA/FEDERAL SEGURIDAD INTEGRADA S.A.

Rol

M-356-2023

Fecha

17 de diciembre de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Subterfugio

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · INCORPORACION PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE X · INCORPORACION PRUEBA CONFESIONAL DEMANDANTE X · INCORPORACION EXHIBICION DOCUMENTAL DEMANDANTE X · INCORPORACION PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDADA X · INCORPORACION PRUEBA CONFESIONAL DEMANDADA X · INCORPORACION PRUEBA TESTIMONIAL DEMANDADA X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA AMBAS PARTES X · DICTACION DE SENTENCIA X · Se deja constancia que esta audiencia se lleva a efecto en modalidad presencial. · Se deja constancia que se ha acreditado la identidad de los comparecientes, previa exhibición de la cédula de identidad. · Relación de la demanda · Excepciones Las demandadas oponen excepción de incompetencia y de finiquito conforme los argumentos que constan en registro de audio. La demandante evacúa traslado de las excepciones, solicitando el rechazo de las mismas. El Tribunal resuelve: En cuanto a la excepción de incompetencia, en atención a que justamente se está solicitando reconocimiento de una relación laboral, cuestión que es competencia única y exclusivamente de este Tribunal laboral y no de otra jurisdicción, entiende esta Juez que no procede en consecuencia la excepción invocada. En este sentido voy a rechazar sin costas la excepción de incompetencia. En cuanto a la de finiquito, voy a dejar su resolución para definitiva. · Llamado a conciliación El Tribunal propone como bases de acuerdo el pago de $800.000.-, lo cual es aceptado por la demandante, pero rechazado por la demandada, por lo cual se tiene por frustrada esta etapa. · Hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos 1. Efectividad de existir una relación laboral en los términos del artículo séptimo del Código del Trabajo entre las partes. 2. Fecha de inicio y termino de la misma. 3. Remuneración que percibía el demandante; composición y monto. 4. Efectividad de haber sido despedido verbalmente el trabajador y sin expresión de causa. 5. Procedencia del feriado legal que solicita la par

Fallo

SE RESUELVE: I. Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por ERCIO SAMUEL SAAVEDRA ARAVENA, C.I. N° 7.521.979-2 en contra de FEDERAL SEGURIDAD INTEGRADA S.A., RUT N° 77.257.312-K y FEDERAL SEGURIDAD MOVIL S.A., RUT N° 76.823.410-8.        II. Que se omite pronunciamiento respecto a la excepción de finiquito y la acción de unidad económica. III. Que se condena en costas al demandante por haber resultado totalmente vencido, suma que se fija prudencialmente en 500.000 pesos. Anótese, regístrese, y archívese en su oportunidad. Se entiende a las partes notificadas en este acto de la presente sentencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo, comenzando entonces a regir los plazos legales correspondientes para las impugnaciones. La prueba documental incorporada materialmente será mantenida en custodia bajo el número 3878-2024. Esta será mantenida en custodia y, una vez ejecutoriada la sentencia, permanecerá a disposición del Tribunal por los siguientes 10 días corridos. Si ninguno de dichos documentos ha sido reclamado por las partes, se procederá a su destrucción inmediata. DICTÓ AMÉRICA ANTONIA ROJAS ROJAS, Juez Titular del Juzgado de Letras de Colina. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de Colina, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro.- Registro de audio

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 16/12/2024 RUC 23-4-0528028-0 RIT M-356-2023 MAGISTRADO AMÉRICA ANTONIA ROJAS ROJAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS CARLOS VALENZUELA VÁSQUEZ HORA DE INICIO 12:18 HORAS HORA DE TERMINO 15:09 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340528028-0-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE ERCIO SAMUEL SAAVEDRA ARAVENA  ABOGADO A

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