SOTO/
Rol
V-169-2024
Fecha
31 de diciembre de 2024
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 11 de julio de 2024, a folio 1, comparece don Iván Sebastián Soto Huircán, jardinero, con domicilio en Avenida Ecuador n°5.211, departamento n°410, comuna de Lo Prado, quien debidamente representado solicita se ordene la rectificación de su partida de nacimiento en el sentido de sustituir sus apellidos “Soto Huircán” por “Huircán Araya”, quedando inscrito en definitiva como “Iván Sebastián Huircán Araya”. Funda su solicitud en que, si bien fue reconocido por su padre e incluso se encontró bajo su cuidado personal, aquel nunca se preocupó de su persona y efectivamente se encuentra totalmente ausente de su vida hasta el día de hoy, razón por la cual no se siente identificado con él ni con el apellido “Soto”, solo siendo su madre quien se hizo cargo de su crianza y educación. Por estas razones, y a modo de agradecimiento, empezó a utilizar el apellido de su madre, “Huircán”, como su primer apellido. Del mismo modo, añade que también ha recibido un gran apoyo moral y emocional de toda su familia materna y de un gran amigo suyo, don Mario Fernando Araya Villalobos, quien le ha brindado toda su ayuda cuando más lo ha necesitado, como si fuera un hermano mayor, motivo por el cual ha utilizado su apellido “Araya”, como su segundo apellido, ello como forma de agradecimiento y de cariño. De este modo, afirma que actúa habitualmente y ha sido conocido desde hace más de cinco años a la fecha como “Iván Sebastián Huircán Araya”. Código: LXQXXRMXQXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Por tanto, previas citas legales, solicita en definitiva se ordene la rectificación por una sola vez de su partida de nacimiento inscripción n°1759, registro S, año 2000, circunscripción de Santiago, en el sentido de sustituir sus apellidos “Soto” y “Huircán” por “Huircán” y “Araya”, quedando en definitiva su nombre completo como “Iván Sebastián Huircán Araya”. Con fecha 13 de agosto de 2024, a fo
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Iván Sebastián Soto Huircán, ya individualizado, quien debidamente representado solicita se ordene la rectificación de su partida de nacimiento en el sentido de sustituir sus apellidos “Soto Huircán” por “Huircán Araya”, quedando inscrito en definitiva como “Iván Sebastián Huircán Araya”, por los fundamentos de hecho y argumentos de derecho reseñados en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que, según lo establecido en instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Código: LXQXXRMXQXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Americana de Derechos Humanos, uno de los valores más fundamentales de la persona humana entendida como ser racional es el reconocimiento de su dignidad, siendo consustancial a la misma el derecho a la identidad, el que se trata de un derecho humano oponible erga omnes que no admite suspensión ni derogación, y cuyo basamento se erige tanto en el principio de la autonomía de la persona como en la idea de que todas deben ser tratadas como iguales, en tanto son fines en sí mismas según sus intenciones, voluntad y propias decisiones de vida. TERCERO: Que, el nombre como atributo de la personalidad constituye una expresión de la individualidad que tiene por finalidad afirmar la identidad de una persona ante la sociedad y en las actuaciones frente al Estado. Se trata de un derecho humano reconocido en el artículo 18 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y con él se busca lograr que cada persona posea un signo distintivo y singular frente a los demás, con el cual pueda identificarse y reconocerse como tal, y sin el cual una persona no puede ser reconocida por la sociedad ni registrada ante el Estado. CUARTO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 17.344, toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento, sin perjuicio de lo cual, cualquier persona podrá solicitar por una vez que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los siguientes casos: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente. b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos diferentes de los propios. c) En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueran iguales. d) Cuando el solicitante desee invertir el orden de los apellidos fijado en su inscripción de nacimiento. e) Cuando el solicitante desee usar uno u otro apellido de un ascendiente en línea recta hasta el segundo grado. Código: LXQXXRMXQXY Este documento tiene firma electrónica
Fallo
Por estas razones, y a modo de agradecimiento, empezó a utilizar el apellido de su madre, “Huircán”, como su primer apellido. Del mismo modo, añade que también ha recibido un gran apoyo moral y emocional de toda su familia materna y de un gran amigo suyo, don Mario Fernando Araya Villalobos, quien le ha brindado toda su ayuda cuando más lo ha necesitado, como si fuera un hermano mayor, motivo por el cual ha utilizado su apellido “Araya”, como su segundo apellido, ello como forma de agradecimiento y de cariño. De este modo, afirma que actúa habitualmente y ha sido conocido desde hace más de cinco años a la fecha como “Iván Sebastián Huircán Araya”. Código: LXQXXRMXQXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Por tanto, previas citas legales, solicita en definitiva se ordene la rectificación por una sola vez de su partida de nacimiento inscripción n°1759, registro S, año 2000, circunscripción de Santiago, en el sentido de sustituir sus apellidos “Soto” y “Huircán” por “Huircán” y “Araya”, quedando en definitiva su nombre completo como “Iván Sebastián Huircán Araya”. Con fecha 13 de agosto de 2024, a folio 11, consta informe del Servicio de Registro Civil e Identificación y extracto de filiación y antecedentes de la solicitante. Con fecha 5 de septiembre de 2024, a folio 18, se certif icó que el día 2 de septiembre de 2024 se efectuó la publicación legal en el Diario Oficial de la República de Chile
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 15 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-169-2024 CARATULADO : SOTO/ Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 11 de julio de 2024, a folio 1, comparece don Iván Sebastián Soto Huircán, jardinero, con domicilio en Avenida Ecuador n°5.211, departamento n°410, comuna de Lo Prado, quien deb
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