ARAYA/SANTELICES
Rol
C-124-2024
Fecha
2 de enero de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 y posteriores rectificaciones de folio 7 y 12, comparece ELSA VALENTINA ARAYA ELOI, domiciliado en calle Luis Cruz Martínez N°1449 de la ciudad de Iquique, quien interpone demanda de prescripción adquisitiva en juicio ordinario de mayor cuantía, en contra de JESSICA JIMENA SANTELICES GONZALEZ, viuda, sus labores, EDUARDO RAFAEL ARENAS SANTELICES, psicólogo y JESSICA JIMENA ARENAS SANTELICES, labores de casa, domiciliados en Santa Rosa 3544, La Tortuga, Alto Hospicio y de PATRICIA NOELIA ARENAS ARAYA, empleada, con domicilio en Luis Cruz Martínez 1449 de Iquique, CHRISTIAN EDUARDO ARENAS ARAYA, empleado, con domicilio en pasaje El Carmelo 2996, El Tamarugal III de Iquique y JEAN PIERRE ARENAS ARAYA, empleado con domicilio en Luis Cruz Martínez 1449 de Iquique. Expone que estuvo casada en sociedad conyugal con Eduardo Andrés Arenas Hodgson, relación que terminó por sentencia de divorcio el día 21 de octubre de 2011 en causa C-2057 de 2011. Indica que el bien raíz ubicado en el Pasaje El Carmelo N°2996 correspondiente al sitio 11 de la manzana B de la Población El Tamarugal III de la comuna de Iquique, inscrito a fojas 13002 numero 2123 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2015, fue adquirido por su ex cónyuge; refiere que según un acuerdo entre su ex cónyuge y ella, este le entregó por concepto de compensación económica la totalidad de los derechos sobre la propiedad individualizada, pero dado el fallecimiento de su marido, no se alcanzó a realizar la inscripción, razón por la que interpone la presente acción para que se declare la prescripción Código: BVREXRZWPNY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl adquisitiva, dado que desde la entrada en posesión de la cosa han transcurrido más de 10 años. Por lo tanto, al mérito de lo expuesto y previas normas que indica, solicita se declare la prescripción adquisitiva extraordinaria de la heredad que se i
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho, expuestos al contestar la demanda. A folio 45, se llevó a cabo el comparendo de estilo solo con la asistencia del abogado Luis Cruz Jiménez, por la parte demandante y don Claudio Chamorro Olguín en representación de Patricia Arenas, Jean Arenas y Christian Arenas, y en rebeldía de los demás demandados, llamadas las partes a conciliación, esta no se produce por la inasistencia de los demás demandados. En cuanto a los demandados comparecientes, manifiestan su intención de allanarse a lo pretendido por la actora. A folio 47, se recibió la causa a prueba, fijándose los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. A folio 65, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 y posteriores rectificaciones de folio 7 y 12, comparece Elsa Valentina Araya Eloi, quien por los motivos señalados en la parte expositiva, interpone demanda de prescripción adquisitiva en juicio ordinario de mayor cuantía, en contra de Jessica Jimena Santelices González, Eduardo Rafael Arenas Santelices, Jessica Jimena Arenas Santelices, Patricia Noelia Arenas Araya, Código: BVREXRZWPNY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Christian Eduardo Arenas Araya y Jean Pierre Arenas Araya, solicitando se declare la prescripción adquisitiva extraordinaria de la heredad que se indica, con el objeto de que se proceda a inscribir su regulación, con costas. SEGUNDO: Que a folio 21, comparece Juan Márquez Garay, en representación de Jessica Jimena Santelices González, Eduardo Rafael Arenas Santelices y Jessica Jimena Arenas Santelices, quien viene en contestar la demanda, solicitando el total rechazo de la demanda interpuesta, por los motivos señalados en la parte expositiva. TERCERO: Que la parte demandada correspondiente a Patricia Arenas, Jean Arenas y Christian Arenas, se allanaron a lo pretendido por la actora. CUARTO: Que la parte demandante a fin de acreditar su pretensión acompañó los siguientes documentos: 1. Copia de la solicitud de divorcio, en el que consta el acuerdo completo y suficiente. 2. Copia de la sentencia dictada por el Tribunal de Familia de fecha respecto del divorcio de común acuerdo de fecha 21 de octubre de 2011, que hace lugar al acuerdo completo y suficiente. 3. Copia del certificado de matrimonio en el que consta el divorcio entre Eduardo Hernán Arenas Hodgson y Elsa Valentina Araya Eloi. 4. Copia autorizada de escritura en la que consta la transferencia desde el Fisco a don Eduardo Arenas Hodgson, inscrita debidamente en el registro de propiedad del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente a la propiedad ubicada en el pasaje El Carmelo 2996 de la Población Tamarugal III de la comuna y Provincia de Iquique. 5. Certificado de dominio vigente de la propiedad de don Eduardo Arenas, ubicada en el pasaje El Carmelo 2996 de la Población Tamarugal III de la comuna de Iquique de fecha 25 de abril de 2018.
Fallo
se declara aprobado. 7. Certificado de residencia de la demandante de autos, que da cuenta que doña Elsa Araya Eloy tiene su residencia en calle Carmelo 2996 de Iquique, desde el año 1991 a la fecha. 8. Copia de pago de insumo de energía eléctrica de la propiedad señalada realizada en sencillito. 9. Recibo de cuenta de pago de luz de la propiedad sublite. 10.Recibo de cuenta de pago de agua de la misma propiedad. Documentos acompañados con citación, no objetados. CUARTO: Que la parte demandada correspondiente a Jessica Jimena Santelices González, Eduardo Rafael Arenas Santelices, Jessica Jimena Arenas Santelices, acompañaron el siguiente medio de prueba: A folio 60, oficio emitido por el Servel, donde figura domicilio de la demandante Elsa Valentina Araya Eloi. QUINTO: Que a folio 68, se decretaron las siguientes medidas para mejor resolver: 1. Certificado de dominio vigente respecto del inmueble sublite, documento que se tuvo por acompañado con citación a folio 72. 2. Traer a la vista expediente seguido ante el Tercer Juzgado de Letras de Iquique, bajo el rol C-4489-2023, acompañado a folio 71. SEXTO: Que, según lo expuesto, toca establecer si la demandante puede adquirir por prescripción adquisitiva extraordinaria, el dominio del inmueble ubicado en Pasaje El Carmelo N°2996, correspondiente Sitio 11 de la manzana B de la población El Tamarugal III de la comuna de Iquique. SÉPTIMO: Que al respecto, el artículo 2492 del Código Civil define la prescripción en los sig
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-124-2024 CARATULADO : ARAYA/SANTELICES Iquique, dos de enero de dos mil veinticinco VISTO: A folio 1 y posteriores rectificaciones de folio 7 y 12, comparece ELSA VALENTINA ARAYA ELOI, domiciliado en calle Luis Cruz Martínez N°1449 de la ciudad de Iquique, quien interpone demanda de prescripción adquisitiva en
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