ALVARADO/
Rol
V-125-2024
Fecha
30 de diciembre de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En lo principal de la presentaci n de ó 22 de septiembre de 2024, a folio 1, comparece do a Mar a Albertina Alvarado Hern ndez, chilena, c dula de identidadñ í á é N 6.518.965-8, divorciada, pensionada, domiciliada en calle Aldunate N 1586, de la° ° ciudad y comuna de Coyhaique, solicitando se le ordene al se or Conservador de Bienesñ Ra ces de esta ciudad, practicar la inscripci n especial de herencia respecto del biení ó inmueble registrado a fojas 992 vuelta, N 1108 del Registro de Propiedad del° Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique, correspondiente al a o 1994.í ñ Fundamenta su accionar en los siguientes hechos: Refiere ser hija de do a Ernestina Hern ndez Obando y don Jos Vicenteñ á é Alvarado Mu oz, c nyuges bajo el r gimen matrimonial patrimonial de sociedadñ ó é conyugal y que, en virtud de su calidad, tramit la posesi n efectiva de su padre,ó ó mediante certificado N 1031 a o 2024, folio 00012081096, c digo de verificaci n° ñ ó ó 1451425208109613250321. Explica que el inventario da cuenta que la masa hereditaria se compone por m sá de un bien, y dentro de dicho inventario, se encuentra el inmueble correspondiente al sitio 90, de la manzana 29 de la Poblaci n Ampliaci n Gabriela Mistral de la comunaó ó de Coyhaique, ubicada en calle Lautaro N 1508, inscrito a fojas 992 vuelta, N 1108 del° ° Registro de Propiedad del a o 1994, del Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique.ñ í Menciona que su madre estando viuda y sin haber tramitado la posesi n efectiva de suó c nyugeó , cedi sus derechos hereditarios respecto al bien inmueble antes singularizado, laó cual, para perfeccionarse, qued sujeta a condici n suspensiva, de acuerdo con loó ó dispuesto en el art culo 1479 del C digo Civil.í ó Que as las cosas, y una vez iniciada la posesi n efectiva, solicita la inscripci ní ó ó especial de herencia del inmueble aludido, negando su registro el Conservador de Bienes Ra ces de esta ciudad, en el siguiente tenor, el cual se transcribe textual: í “Coyhaique,
Fundamentos
CONSIDERANDO:Ú 1.- Que con fecha Código: XKXXRXPEJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 26 de marzo de 2024, a las 12:35 horas, ante el oficio del Conservador de Bienes Ra cesí de Coyhaique, ha comparecido do a Mar a Alvarado Hern ndez, solicitando lañ í á inscripci n de Herencia y Sucesi n del causante don Jos Vicente Alvarado Mu oz,ó ó é ñ relativa al inmueble inscrito a nombre del causante a fojas 992 vta. n mero 1108, en elú Registro de Propiedad del a o 1994, a mi cargo. 2.- Que acompa a a su petici n losñ ñ ó siguientes documentos: 2.1.- Certificado de Posesi n Efectiva, 2.2.- Certificado deó Vencimiento de los Plazos Legales, 2.3.- Certificado de Aval o Fiscal, 3.- Que revisadoú el t tulo inscrito a nombre del causante y el Certificado de Posesi n Efectiva, se advierteí ó una disconformidad entre ellos, ya que al margen del t tulo ya individualizado se registraí la transferencia de la totalidad de los derechos hereditarios que pose a la c nyuge delí ó causante, do a Ernestina Hern ndez Obando sobre el inmueble en comento, ello porñ á medio de escritura p blica de fecha 10 de octubre del a o 2002 suscrita en la Primeraú ñ Notar a de Coyhaique; por su parte el referido certificado reconoce su calidad deí heredera respecto del inmueble referido, en circunstancias que enajen el a o 2002ó ñ todos sus derechos hereditarios sobre l. é
Fallo
POR TANTO, resultando legalmente inadmisible, seg n el art culo 13 del Reglamento del Conservador de Bienes Ra ces;ú í í quien suscribe el presente como Conservador titular de Bienes Ra ces de Coyhaique,í resuelve que: 1.-Se reh sa practicar la inscripci n de Herencia, solicitada por do aú ó ñ Mar a Alvarado Hern ndez. 2.- E informa a la peticionaria que seg n el art culo 18 delí á ú í Reglamento del Conservador de Bienes Ra ces puede intentar impugnar la anteriorí determinaci n ante el Juzgado de Letras de Coyhaique, si as lo estima pertinente.- Sinó í otro particular, le saluda atentamente; Archivo hoy en incluida la presente con el n mero 346 al final de mi Registro de Propiedad del a o 2024.ú ñ ” Agrega que ante la negativa del Conservador de Bienes Ra ces de esta ciudad,í recurre al Servicio de Registro Civil, con objeto de obtener la rectificaci n de la posesi nó ó efectiva de su padre, seg n antecedente de rectificaci n N 187 de fecha 13 de junio deú ó ° 2024, neg ndose el servicio referido, mediante ordinario N 261 de fecha 27 de junio deá ° 2024, exponiendo textual; En relaci n con la Solicitud de Rectificaci n de Posesi n“ ó ó ó Efectiva N 187 presentada por usted, con fecha 13-06-2024 en la Oficina° COYHAIQUE, de este Servicio, respecto del (la) causante JOS VICENTEÉ ALVARADO MU OZ, RUN N 1.451.425-2, a trav s de la cual solicitaba rectificar laÑ ° é solicitud N 447 de la oficina COYHAIQUE de fecha 18-12-2023, informo a usted que° se ha determinado rechazar la soli
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Coyhaiqueº CAUSA ROL : V-125-2024 CARATULADO : ALVARADO/ Coyhaique, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: En lo principal de la presentaci n de ó 22 de septiembre de 2024, a folio 1, comparece do a Mar a Albertina Alvarado Hern ndez, chilena, c dula de identidadñ í á é N 6.518.965-8, divorciada,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica