Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

GONZÁLEZ/FISCO DE CHILE

Rol

O-1794-2023

Fecha

12 de diciembre de 2024

Materia

Asignación familia, Bonos, Feriado proporcional

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos fueron denunciados al área de Recursos Humanos del Hospital Militar del Norte, así como al área Comercial de la misma institución y como consecuencia de estas conductas sufrió un perjuicio personal, profesional y patrimonial. Por lo anterior, con fecha 14 de enero de 2022, decidió poner término a la relación laboral invocando el auto despido o despido indirecto. Expresó que, con fecha 23 de marzo de 2022, interpuso una demanda por despido indirecto y cobro de prestaciones laborales. En dicha acción, solicitó el pago de la indemnización por años de servicio, la indemnización sustitutiva del aviso previo, las remuneraciones correspondientes a los días trabajados en enero de 2022 y otros conceptos adeudados. Añadió que, el 24 de abril de 2023, el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta falló a su favor, concediendo las indemnizaciones solicitadas y el pago de la remuneración correspondiente al mes de enero de 2023. Sin embargo, ciertos conceptos no fueron considerados en la demanda inicial ni objeto de pronunciamiento por parte del tribunal, motivo por el cual se presentan como adeudados en esta acción. Entre dichos conceptos destacó una diferencia en el pago de la asignación familiar, evidenciada en las liquidaciones de sueldo acompañadas, que reflejan disminuciones e incluso la ausencia de pago en ciertos periodos que se presentan a continuación: Diciembre de 2019: Se realizó un pago parcial de $4.796, quedando un saldo adeudado de $11.350. Enero y febrero de 2020: Se verificaron pagos incompletos. Noviembre de 2020: No se realizó pago alguno, adeudándose $16.146. Febrero de 2021: Tampoco se realizó pago de asignación. Septiembre, octubre y noviembre de 2021: Se efectuaron pagos parciales de $8.488 por mes, quedando un saldo adeudado de $7.960 en cada período. Diciembre de 2021: Se realizó un pago de $1.415, quedando un saldo adeudado de $15.033. Enero de 2022: No se realizó pago alguno, adeudándose $16.976. Señaló que, en total, la deuda por con

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO. Demanda. A folios 2, 7 y 9, con fechas 14, 18 y 22 de diciembre de 2023, compareció doña ROSA GONZÁLEZ MORENO, cédula de identidad N° 11.615.882-5, domiciliada en calle El Caito N°603, de la comuna de Antofagasta, quien interpuso demanda en procedimiento de aplicación general por cobro de prestaciones adeudadas en contra del HOSPITAL MILITAR DEL NORTE, RUT N° 61.101.086-9, representado legalmente por don Baldo Espinoza Cohen, cédula de identidad N° 10.816.105-1, o por quien lo represente en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, domiciliados en Avenida General Borgoño N°957, comuna de Antofagasta, y conjuntamente en contra del FISCO DE CHILE, RUT N° 61.806.000-4, representado legalmente por el procurador fiscal del Consejo de Defensa del Estado, don Carlos Bonilla Lanas, o por quien lo represente de conformidad con el artículo 4° del Código del Trabajo, todos con domicilio en calle Arturo Prat N°482, oficina 301, comuna de Antofagasta. Mencionó que la demandante comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia el día 10 de octubre de 2017, desempeñándose como administrativa en sección de admisión y que estas labores se realizaban para el Hospital Militar del Norte, ubicado en calle General Borgoño N°957. Agregó que la jornada laboral era de carácter ordinaria y se distribuía de lunes a viernes, desde las 08:00 hasta las 17:00 horas. Añadió que, en un inicio, la remuneración de la demandante era de $498.007. Posteriormente, con fecha 1 de septiembre de 2019, se suscribió un anexo al contrato mediante el cual se modificaron sus funciones, pasando a desempeñarse como administrativa encargada de revisión y recaudación. Este cambio incluyó un aumento en su remuneración, que ascendió a $588.455. Explicó que dicha remuneración estaba compuesta por un sueldo base de $475.502 y por concepto de asignación familiar la suma de $16.976, entre otros conceptos. Además, esgrimió que existían una serie de conceptos remuneracionales que no se pagaban mes a mes. Entre ellos destacaban el bono de vacaciones, que se pagaba en los meses de enero de cada año, y un bono escolar por hijo o hija en edad de estudio, que se pagaba en los meses de marzo y julio de cada año. Señaló que el contrato de trabajo era de carácter indefinido. En cuanto al término de la relación laboral refirió que, durante la relación laboral, la parte empleadora incumplió las normas del contrato de trabajo que vinculaban a las partes, al no respetar la función para la cual la demandante fue contratada, asignándole funciones distintas sin entregar explicación alguna, realizó descuentos improcedentes en su remuneración, y mantuvo un trato displicente hacia ella. Estos hechos fueron denunciados al área de Recursos Humanos del Hospital Militar del Norte, así como al área Comercial de la misma institución y como consecuencia de estas conductas sufrió un perjuicio personal, profesional y patrimonial. Por lo anterior, con fecha 1

Fallo

se declarare que se condena a las demandadas: al pago del feriado proporcional correspondiente, por un monto de $93.172; al pago de la diferencia en concepto de asignación familiar correspondiente a los meses de diciembre de 2019, enero, febrero y noviembre de 2020, y febrero, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021, así como enero de 2022, por un total adeudado de $122.533; al pago del bono de vacaciones correspondiente al año 2022, por una suma de $100.000; al pago del bono COVID, correspondiente a un monto de $200.000; en todos los casos o lo que el tribunal determine conforme al mérito del proceso; con reajustes, intereses y costas. SEGUNDO. Contestación. A folio 14, con fecha 15 de abril de 2024, compareció don CARLOS BONILLA LANAS, abogado procurador fiscal de Antofagasta, del Consejo de Defensa del Estado, ambos con domicilio en calle Prat N° 482, oficina 301, comuna de Antofagasta, por la demandada HOSPITAL MILITAR DEL NORTE-FISCO DE CHILE. Reconoció que doña Rosa González Moreno inició su relación laboral con el Hospital Militar del Norte el 10 de octubre de 2017; que en un comienzo se desempeñó como administrativa en la sección de admisión, pasando posteriormente, desde el 1 de septiembre de 2019, a ocupar el cargo de administrativa encargada de revisión y recaudación; que la demandante puso término a la relación laboral mediante despido indirecto con fecha 14 de enero de 2022. En relación con esto último, indicó que se tramitó un juicio laboral por de

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Ordinario. Aplicación General. MATERIA: Ordinario. DEMANDANTE: ROSA PAMELA GONZÁLEZ MORENO. DEMANDADA: FISCO DE CHILE-HOSPITAL MILITAR DEL NTE DEL CIRUJANO JEFE DEL EJERCITO DR J M. RIT: O-1794-2023 RUC: 23- 4-0535094-7 ___________________________________________________________/ Antofagasta, doce de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Dema

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