1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CABRERA/COMPANIA DE ASEO Y SERVICIOS INTEGRALES LTDA

Rol

M-2389-2024

Fecha

12 de diciembre de 2024

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos y

Fundamentos

Considerando en este caso la ausencia de la demandada y definitivamente entiendo que los antecedentes que constan en la causa son suficientes para la dictación de una sentencia el tribunal procederá a dictar sentencia inmediata omitiendo la recepción de la causa a prueba. En Santiago, a diez de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y oídos y considerando: Primero; que ha comparecido ante este Primer Juzgado De Letras Del Trabajo De Santiago, Maira Alejandra Cabrera Moreno, cédula identidad 17.331.451-7, con domicilio en Avenida Circunvalación Américo Vespucio Norte N° 2880, Edificio Santiago Norte, Comuna de Conchalí, interponiendo demanda en procedimiento monitorio, en contra de Compañía De Aseo Y Servicios Integrales LTDA, Rut N° 76.292.345-9, representada por Bernardita Del Rosario Torres Figueroa, cédula de identidad N°9.281.872-1, con domicilio en Sucre #2342, comuna de Ñuñoa. Sostiene la demandante hacer sido contratada el 23 de agosto del 2021 como auxiliar de aseo y que se desempeñaba conforme una jornada de trabajo de 45 horas semanales de lunes a viernes con una remuneración de $599.571.-, en cuanto a la duración del contrato, era indefinida y dice que en definitiva se le comunica en este caso con fecha 2 de febrero del 2024 de manera verbal, respecto de la circunstancia del término de la relación laboral por necesidades de la empresa conforme al artículo 161 inciso primero del Código Del Trabajo, la que se haría efectiva a más tardar el 3 de marzo del 2024, añade que la carta nunca llegó el domicilio no obstante hay una impresión de un comprobante de carta aviso para la determinación del contrato de trabajo. Finalmente la empresa no ha pagado ninguna de las indemnizaciones o prestaciones que tienen por término de contrato y además se la deuda el feriado proporcional las remuneraciones de febrero y marzo del 2024 y además dice que hay cotizaciones previsionales que se deben de los 3 institutos previsionales desde diciembre del 2023 hasta marzo del 2024, por lo que pide que se haga efectiva la sanción de nulidad del despido sobre el particular.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 41, 42, 54, 58, 63, 71, 73, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 452, 453, 459, 496, 500 y 501 del Código Del Trabajo, se declara; Primero; que se acoge la demanda interpuesta por Maira Alejandra Cabrera Moreno, cédula identidad 17.331.451-7 ya individualizada, en contra de Compañía De Aseo Y Servicios Integrales LTDA, Rut N° 76.292.345-9, debiendo en este caso declararse que el despido sufrido con fecha 3 de marzo del 2024 es improcedente correspondiendo en este caso pagar por concepto de recargo legal del 30% la suma de $539.613. Segundo; Que el despido sufrido por la parte demandante no ha producido el efecto de poner término a la relación laboral en los términos que establece el artículo 162 del Código Del Trabajo, debiendo la demanda pagar remuneraciones y más prestaciones de origen laboral desde la fecha del despido hasta la fecha de la convalidación, entendiendo la fecha de esta última, la del pago efectivo de las cotizaciones previsionales y entendiendo que corresponde aquellas cotizaciones que se adeudaban respecto del período efectivamente trabajado a razón de la suma de $599.571.-, mensuales. Tercero; que la demandada deberá pagar además las siguientes prestaciones de naturaleza laboral: A; Indemnización por años servicio por un $1.798.713.-. B: Feriado proporcional por $174.874.-. C: Remuneraciones de febrero del 2024 por $599.571.-. D: Remuneracio

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio Audiencia telemática FECHA 10/12/2024, Santiago RUC 24- 4-0577747-5 RIT M-2389-2024 CARATULADO CABRERA/COMPANIA DE ASEO Y SERVICIOS INTEGRALES LTDA MAGISTRADO EDUARDO ALEJANDRO RAMIREZ URQUIZA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Maria Victoria Escobar Vega HORA DE INICIO 10:33 HORA DE TERMINO 10:45 SALA 4.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440577747-5-1

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